Las cuantías del complemento de ayuda a la infancia de la Seguridad Social también se han revalorizado un 8,5% en 2023
El Gobierno de España ha aprobado en los Presupuestos Generales del Estado una revalorización del 15% en las cuantías del Ingreso Mínimo Vital (IMV). En concreto, mantiene la revalorización extraordinaria que hizo de esta prestación de la Seguridad Social en abril de 2022, en el paquete de medidas anticrisis por la inflación de precios. Se trata de una medida beneficiosa para las personas que perciben el IMV en 2023. Con la revalorización del 15%, la cuantía garantizada para un solo beneficiario es de 565,37 euros al mes y 6.784,44 euros al año. Así, hay que tener en cuenta que la cuantía a percibir depende de la estructura de cada unidad de convivencia.
La Seguridad Social recuerda que «el Ingreso Mínimo Vital es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas».
Ayuda de la Seguridad Social por hijo Además de las cuantías garantizadas, la Seguridad Social contempla el complemento de ayuda a la infancia para los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital en España. Se trata de una cuantía económica mensual que tiene como objetivo reducir el riesgo de pobreza infantil. La cuantía del complemento de ayuda a la infancia varía en función de la edad de los hijos menores que figuren en la misma unidad de convivencia. Este complemento de ayuda a la infancia también se actualiza en función del IPC del año anterior, al igual que las pensiones contributivas.
Estas son las cuantías de este complemento de la Seguridad Social en 2023:
-Un total de 115 euros al mes por cada hijo menor de 3 años.
-Una cuantía de 80,50 euros al mes por cada hijo entre 3 y 6 años de edad.
-Un total de 57,50 euros al mes para personas entre 6 y 18 años de edad.
Desde BBVA aclaran que «el reconocimiento del complemento de ayuda para la infancia está sujeto a que, en el año inmediatamente anterior al de la solicitud, los ingresos computables sean inferiores al 300% de la renta garantizada por el Ingreso Mínimo Vital y el patrimonio neto sea inferior al 150% de los límites señalados en el siguiente apartado, siempre que se cumpla el límite de activos no societarios».
Complemento de ayuda a la infancia La Seguridad Social informa que los ciudadanos no tienen que realizar ninguna solicitud para cobrar el complemento de ayuda a la infancia, ya que este propio organismo lo concederá de oficio a las personas que cumplan los requisitos para su percepción. Por ejemplo, las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital o personas que han solicitado el IMV y se encuentran en trámite de reconocimiento. También tienen derecho a esta ayuda las personas beneficiarias de la prestación de protección familiar y cumplen los requisitos. Así, la Seguridad Social habilita en su Sede Electrónica un simulador para que los ciudadanos puedan conocer si tienen derecho a percibir el Ingreso Mínimo Vital en 2023. Con este simulador, también sabrán si les corresponde percibir el complemento de ayuda a la infancia con las cuantías actualizadas.
¿En qué consiste el complemento a la infancia? Es un complemento mensual por cada menor de la unidad de convivencia, que varía según la edad del niño/a a 1 de enero:
-Menores de 3 años: 100 euros.
-Mayores de 3 años y menores de 6 años: 70 euros.
-Mayores de 6 años y menores de 18 años: 50 euros.
Este complemento lo pueden solicitar aquellas unidades de convivencia que no superen el 300% de la renta garantizada y el 150% del límite de patrimonio establecidos para el IMV Además, no debe superar 6 veces la renta garantizada de un adulto, o el incremento que corresponda para la unidad de convivencia según lo establecido en el Anexo III de la Ley 19/2021 (Test de activos)
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