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31 de marzo de 2023

VALENCIA: La actuación de un vigilante de seguridad de una empresa de paquetería clave para destapar un red de tráfico de drogas


Prisión para cuatro detenidos por tráfico de drogas a través de paquetería

Un juzgado de Torrevieja (Alicante) ha decretado el ingreso en prisión de los cuatro miembros -dos hombres y dos mujeres- de una organización criminal dedicada al tráfico de drogas a nivel internacional a través de paquetería desarticulada por la Guardia Civil de Valencia.

La denominada operación "Fepama" comenzó a principios de 2022, cuando los agentes tuvieron conocimiento, a través de un vigilante de seguridad privada, de la sospecha del contenido de 5 paquetes los cuales podían contener alguna sustancia estupefaciente en una empresa de paquetería de Picanya (Valencia). Una vez fueron inspeccionados los paquetes, se pudo constatar que en su interior había 25 kilogramos de hachís cuyo destino final era Irlanda y Reino Unido, según fuentes de la Guardia Civil, que añaden que, además, los datos que figuraban en dicho envío eran falsos.

Tras las primeras indagaciones, se pudo determinar que se trataba de una banda organizada con una intensa actividad delictiva, cuya actividad principal era el envío de droga en paquetes utilizando una empresa de paquetería situada en el municipio valenciano de Picanya. A mediados de diciembre de 2022 se detectaron dos nuevos envíos llegados al punto de distribución en Picanya, en los que los agentes hallaron 14 kilogramos de hachís y 6 kilogramos de marihuana.

Fruto de la investigación se pudieron localizar otros puntos donde fueron entregados los paquetes, uno en la delegación de Murcia y el otro en la delegación de Riba-roja de Túria (Valencia), según las fuentes, que han indicado que el primer envío había sido entregado en la delegación de Torrevieja (Alicante). A raíz de la primera aprehensión, la organización decidió cambiar de lugar de entrega para dificultar la labor policial, motivo por el cual los llevó a desplazarse hasta Murcia, Riba-roja de Túria y Torrevieja.

Ante las continuas aprehensiones realizadas por los agentes, la organización criminal decidió nuevamente cambiar de delegación, viendo que la sustancia estupefaciente entregada en Alicante, Murcia y Valencia no llegaba a su destino. Por ello, se desplazaron hasta la delegación ubicada en el aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas para hacer entrega de varios paquetes con hachís y marihuana, aunque en los controles del personal de la UDAIFF (Unidad de Análisis e Investigación Fiscal y de Frontera) de la Guardia Civil, uno de los miembros de la organización fue descubierto y detenido.

Según las fuentes, para no levantar sospechas la organización enviaba la droga en un paquete a través de una empresa de paquetería, haciéndolo pasar por un envío legal, y estos paquetes se distribuían en embalajes al vacío con la sustancia estupefaciente para evitar que el olor delatase el contenido. También se introducían datos falsos en el albarán de transporte para evitar que se relacionaran los envíos entre sí y dificultar el trabajo de los investigadores, y además, la banda criminal usurpaba ilegalmente cuentas de clientes de la empresa de paquetería para realizar los envíos.

Estas cuentas eran utilizadas para uno o dos envíos para no ser descubiertos por el cliente o por la propia empresa. De este modo, no pagaban los portes y los datos de la cuenta nunca se relacionaban con los verdaderos autores, quienes aseguraban su anonimato. El paquete en cuyo interior se ocultaba la droga era remitido al extranjero bajo la apariencia de remisión de piezas de automóvil en el caso del hachís, y de ropa en el caso de la marihuana.

DIRECCIÓN DE LA ORGANIZACIÓN CRIMINAL Con el avance de la investigación, los agentes comprobaron cómo dentro del grupo organizado había un líder, que era el encargado de obtener la información relacionada con las cuentas y contraseñas de los clientes, y el resto del grupo se encontraba perfectamente estructurado donde cada miembro tenía su tarea asignada. Unos eran los “remitentes” que se encargaban de conseguir la sustancia estupefaciente de Marruecos, y otros eran los “receptores” que se encargaban de recuperar la droga una vez en el país de destino. Esta banda estaba asentada en la provincia de Alicante, concretamente en las localidades de Torrevieja y Rojales, donde al pasado 1 de marzo los investigadores realizaron 4 registros.

En ellos se intervinieron 65 kilogramos de hachís y 25 kilogramos de cogollos de marihuana, 2 vehículos utilizados para trasladar la droga a las delegaciones, maquinaria para envasar, plásticos de envasar, cajas específicas para realizar el envío, báscula para el pesado, 4.215 euros en metálico, elementos electrónicos y diversa documentación. Todo ello valorado en cerca de 60.000 euros.

Finalmente, la operación culminó con la detención de un total de 4 personas, dos hombres y dos mujeres, con edades comprendidas entre 35 y 45 años y de nacionalidades británica, colombiana, irlandesa y rumana, a los que se les imputa los delitos de pertenencia a organización criminal, tráfico de drogas, blanqueo de capitales y estafa. Las diligencias han sido entregadas en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 2 de Torrevieja (Alicante) y se ha decretado el ingreso en prisión de los detenidos. EFE

30 de marzo de 2023

Clece lanza 18 ofertas de empleo para vigilantes de seguridad: No se necesita experiencia ni estudios

La empresa nacional Clece busca vigilantes de seguridad para incorporarse en abril

Lanza 18 ofertas de empleo para vigilantes de seguridad: No se necesita experiencia ni estudios. ¿Tienes disponibilidad para incorporación inmediata? El grupo multiservicio, líder en servicios integrales y Facility Services, termina el mes de marzo actualizando su portal de empleo.

La empresa propiedad 100 % de ACS, lanza una oferta con 18 plazas para trabajar de vigilante de seguridad. En este sentido, las vacantes están distribuidas por todo el territorio nacional, haciendo más incidencia en Barcelona y Sevilla. Además hay que recalcar la accesibilidad, ya que no se exige experiencia ni estudios superiores. El proceso de selección ya ha comenzado por lo que no pierdas tiempo y envía el currículum cuanto antes.

Hoy vamos a dedicar un espacio a dar visibilidad a las ofertas de empleo Clece. La anterior es una compañía dedicada a ofrecer servicios integrales a todo tipo de clientes. Con más de 30 años de historia, Clece ha ido diversificándose y abriendo nuevas líneas de negocio. Entre las anteriores, nace Clece Seguridad, destinada a garantizar entornos seguros y tranquilos.

Actualmente, la empresa presidida por Florentino Pérez, ha incluido en este mes de marzo un total de 18 vacantes para trabajar de vigilante de seguridad. De esta manera, los requisitos exigidos se basan en disponer el TIP expedido por el Ministerio del Interior. Además, tal y como se especifica en los anuncios, los contratos son indefinidos con jornadas completas o parciales. Las anteriores, están distribuidas en turnos, que varían según la posición y ubicación del puesto. En cuanto a los sueldos, estos dependerán de las horas efectivamente trabajadas, siendo el salario de un vigilante de seguridad de Clece de 1.200 euros aproximadamente.

Oferta de empleo Clece para trabajar de vigilante de seguridad A continuación vamos a mostrar algunas de las ubicaciones donde se necesitan vigilantes de seguridad:

-Sevilla: Se ofrece una jornada parcial.
-Barcelona: La jornada es completa en turnos de lunes a viernes o de lunes a domingo, según las necesidades del servicio.
-Alcalá de Guadaira, Sevilla: Se brinda una jornada parcial.
-Renfe en Córdoba: La jornada parcial en turnos de lunes a domingo.
-Barcelona: En este caso, la jornada es completa de lunes a sábado de 9 a 21h (Disponibilidad las 12h, normalmente de 9 a 13:30h y de 16:30 a 20:30).
-Ámbito sanitario en Girona: La jornada es completa en horario rotativo de lunes a domingo.
Enviar el currículum a Clece Seguridad

Una vez que has comprobado que cumples con los requisitos, ya puedes apuntarte a las ofertas de empleo de Clece. Para ello, es necesario que compruebes que el documento laboral está al día. A continuación solo tienes que seguir estos pasos para enviar el currículum para trabajar de vigilante de seguridad.

Aunque te inscribas en esta oportunidad laboral, existen numerosas ofertas de empleo en España a las cuales puedes enviar el currículum. Para ello, entra en esta plataforma y consulta todas las empresas anunciadas en la misma. Comparte esta noticia con todo aquel que le interese trabajar en Clece de vigilante de seguridad.

Así fue el atraco en el MediaMarkt de Badalona

Una banda de cacos encañonó con armas de fuego al vigilante de seguridad y se llevó objetos del comercio de electrónica en menos de dos minutos

En menos de dos minutos. Así se perpetró el atraco al Mediamarkt de Badalona (Barcelona) ayer, que acabó con robo de dispositivos digitales por parte de una banda organizada.

Según el vídeo al que ha accedido este medio, el grupo, vestido de negro y con el rostro cubierto con cascos de moto, entró en el establecimiento arma en mano amenazando al vigilante de seguridad poco después de las 9:54 horas de la mañana. Sin solución de continuidad encañonaron con pistolas --reales o simuladas-- al profesional y al resto de trabajadores y comenzaron a llenar unas bolsas de deporte que llevaban.

En menos de dos minutos Según avanzó Metrópoli, el suceso ocurrió en el Centro Comercial Montigalà. Allí, los cacos se cebaron con el MediaMarkt sin tocar ningún otro establecimiento. En estos momentos se desconoce quién perpetró el asalto.

Tercer ataque Sea como fuere, el atraco del Mediamarkt de Badalona supone el tercer asalto a un establecimiento de la multinacional alemana en los últimos años. En las últimas semanas, los vándalos se cebaron con la nueva tienda del centro de Barcelona. Antes, como explicó este medio, ya hubo un intento en el Via Sabadell, que también fue atacado poco después de abrir.

BARCELONA: Los vigilantes del metro denuncia que aún no tienen las herramientas para frenar a grafiteros

Más de 7 millones de euros para limpiar grafitis del metro en Barcelona

Los vigilantes de seguridad aún no tienen las herramientas para afrontar el problema y siguen arriesgándose a recibir agresiones por parte de los grafiteros.

El incivismo es un problema. El incivismo violento aún es más problema. TMB (Transports metropolitans de barcelona) destinó el año pasado casi 8 millones de euros a limpiar grafitis del metro, 9 millones largos con IVA. Esta pasada madrugada ha ocurrido un nuevo enfrentamiento entre grafiteros violentos empeñados en "decorar" un convoy de metro y vigilantes de seguridad que querían impedirlo.

¿Pero qué está pasando? Lo que ocurre es que no llegan las herramientas para impedirlo. Está ya aprobado el uso de esprays de gel para frenar este tipo, y otras, de acciones. Pero no llegan. El espray de gel es un simil del de pimienta pero si ser aerosol. Como su nombre indica utiliza gel urticante pero en cuanto se aplica agua desaparece su efecto. Mucho más seguro. Mientras estas herramientas no llegan los grafiteros actúan con total impunidad costando millones de euros sus "decoraciones" en los convoys de metro. Si incluimos los vagones de RENFE afectados la cifra de coste se dispara.

Vigilantes agredidos el el transporte público Las agresiones a los vigilantes del metro es ya habitual "carecemos de apoyos" explican desde el sindicato ADN. La situación cada vez es más difícil para estos trabajadores que siguen esperando lo prometido, y aprobado, para poder actuar minimamente. "No hay una solución a corto plazo" explica el portavos de ADN Sindical, Sergio Sánchez, en Herrera en COPE Catalunya. Mientras tanto el coste, el problema y la impunidad se siguen agravando a costa de la integridad física de los vigilantes del suburbano barcelonés.


Tensión en el metro de Barcelona: unos vandálicos agreden a los vigilantes de seguridad

Los agentes denuncian "la pasividad" de TMB y reclaman herramientas de trabajo para hacer frente a los delincuentes

Nueva noche de tensión en el metro de Barcelona. Tres jóvenes que pintaban grafitis en un tren se han enfrentado a los vigilantes de seguridad al pedirles que dejasen de hacerlo. Los hechos ocurrieron este miércoles a las cinco de la madrugada en el primer tren de la L5, en la parada del Hospital Clínic.

Piden más herramientas Tras lo ocurrido, fuentes de ADN sindical han lamentado "la pasividad" de Transportes Metropolitanos de Barcelona (TMB), que no les dota de herramientas para hacer frente a los vandálicos pese a que están autorizados a tenerlas. "Cada día nos enfrentamos solos y sin herramientas de trabajo, y eso que están autorizadas", expresan en declaraciones a Crónica Global.

Desde el sindicato más representativo del sector de la seguridad privada en Cataluña han vuelto a denunciar la falta de efectivos y ha reclamado a las autoridades competentes que dote a los trabajadores de los instrumentos para repeler estos ataques. En este sentido, solicitan que las empresas proporcionen sprays pimienta a los vigilantes, cuyo uso fue avalado hace ya dos años por el Departament de Interior. "Un spray de pimienta es efectivo desde dos metros de distancia, por lo que puedes evitar que el agresor se acerque al vigilante".

UCSP INFO: Recomendaciones en materia de autoprotección y criterios de actuación ante comisión de atentados terroristas

 ACCEDE a la información de la UCSP AQUÍ

UCSP: Reforzamiento de intensidad de medidas del nivel 4, Plan de Prevención, Protección y Respuesta Antiterrorista

 

Condenan a un instructor por disparar en una pierna un policía local durante una prácticas

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Huelva ha condenado a un instructor de tiro a una pena de multa de diez meses, con cuota diaria de seis euros, a un año y un día de inhabilitación para el ejercicio del derecho de uso de armas y a indemnizar en más de 66.000 euros al denunciante, un policía local de Isla Cristina, al que disparó en 2017 durante un curso de tiro "sin comprobar que su arma se encontrase totalmente limpia de balas y sin aplicar el protocolo de seguridad, que él mismo había elaborado e implantado".

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Huelva ha condenado a un instructor de tiro a una pena de multa de diez meses, con cuota diaria de seis euros, a un año y un día de inhabilitación para el ejercicio del derecho de uso de armas y a indemnizar en más de 66.000 euros al denunciante, un policía local de Isla Cristina, al que disparó en 2017 durante un curso de tiro "sin comprobar que su arma se encontrase totalmente limpia de balas y sin aplicar el protocolo de seguridad, que él mismo había elaborado e implantado".

Según recoge la sentencia, este instructor, policía local de Huelva, ha sido condenado como autor "penalmente responsable" de un delito de lesiones por imprudencia grave, toda vez que el Tribunal considera probado que el acusado "no sometió su arma a la comprobación de seguridad, ni se la entregó al auxiliar encargado de supervisarla antes de cada una de sus intervenciones para comprobar que no estuviera cargada ni tuviera balas en la recámara, generando con ello un grave y altamente probable riesgo de detonación de munición que se materializó en el disparo".

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, señala que el acusado fue contratado en 2017 por el Centro de Formación Ocupacional, ahora CEFO, dependiente de la Mancomunidad de Islantilla, como instructor de tiro en el curso de formación 'Armamento y tiro Policial', que los ayuntamientos de Isla Cristina y Lepe organizaron en el marco del XX Plan agrupado de formación continua para el año 2017 y que estaba dirigido a 20 policías locales de las plantillas de ambos ayuntamientos. De este modo, tras la parte teórica se pasó a la galería de tiro donde se llevaba a cabo la formación práctica, para cuya realización se implantó un protocolo de seguridad en el manejo del arma, elaborado por el propio acusado, siguiendo este protocolo de seguridad, de forma que los dos auxiliares del instructor revisaban una a una las armas de los asistentes para que todas entraran a la galería "limpias" de munición, es decir, "sin cargador y sin balas propias".

Así las cosas, para explicar la diferencia de presión entre dos arma, el instructor jefe cogió su pistola que, al ser de otro modelo (Glock MVH 521 modelo 17 calibre 9mm/pb Gic 1887), poseía diferente recorrido del gatillo y "efectuó un disparo que, en este caso sí, impactó en la pierna izquierda de uno de los policías que participaban en el curso". La sentencia recoge que consecuencia del disparo del acusado, el policía local accidentado "sufrió lesiones consistentes en herida de entrada y salida por arma de fuego en muslo izquierdo; rotura de arteria femoral superficial con sangrado activo; síndrome compartimental y trombosis venosa profunda y que para sanar permaneció ingresado y atendido por cirugía vascular y rehabilitación", así como que "empleó 534 días en alcanzar la estabilidad lesional de los cuales 520 días fueron de pérdida temporal de la calidad de vida moderada y 14 días de ingreso hospitalario".

Además, añade que como secuelas el agente "sufrió daño estético valorado en siete puntos, lesión parcial del nervio ciático poplíteo interno distal y moderada valorada en cinco puntos; trastorno arterial de tipo postraumático tipo uno claudicación a larga distancia valorado en un punto y trastorno por estrés postraumático en grado moderado valorado en cinco puntos". Como consecuencia de las lesiones residuales el lesionado se encuentra laboralmente apto para el servicio como policía local, pero en situación provisional de segunda actividad. La sentencia indica asimismo que el acusado contaba con formación específica como monitor de tiro por la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía y estaba habilitado por el Ministerio del Interior para impartir enseñanzas de armamento y tiro además de protección y seguridad, en los centros de formación, actualización y adiestramiento de personal de seguridad privada desde el año 2006; como instructor jefe del curso de 'Armamento y tiro policial'.

Así, apunta que "incumplió los más elementales deberes de cuidado al ejecutar un disparo con su arma reglamentaria sin comprobar que no estuviera cargada, descuidando las mínimas reglas de seguridad incluidas en el protocolo de manejo de armas que él mismo había elaborado e implantado en el desarrollo de los cursos; con esta omisión generó un inminente y altamente probable riesgo de disparo con arma de fuego que se materializó en el accidente sufrido". 

"CINCO AÑOS NEGANDO LOS HECHOS" Por su parte, desde la acusación particular se ha señalado que "desde el primer momento el acusado negó los hechos" y que "en su primera declaración el 5 de diciembre de 2017, una semana después del incidente, ante la Policía Nacional no reconoció la autoría de los mismos", así como que "en todos los estamentos donde ha comparecido ha negado sistemáticamente la autoría de los hechos, dejando la puerta abierta a un disparo fortuito producido por el mismo lesionado o una tercera persona".

En este sentido, ha lamentado que "durante más de cinco años se ha alargado este proceso con recursos pueriles y sin fundamento que no conseguían resultado positivo en ningún Tribunal y que sólo servían para dilatar el asunto", pero que en la vista oral celebrada en enero de este año "el acusado reconoció la autoría de los hechos, conformándose con la pena que las acusaciones ejercían contra él tras un acuerdo entre partes".  Por otra parte, con respecto al agente herido, ha indicado que "en un principio el equipo médico se planteó la posibilidad de amputar la pierna herida para no perder la vida", pero que "en última instancia y tras un giro médico de última hora, se consiguió intervenir sin perder la pierna".

Participa en el estudio de ‘Seguritecnia’: «Seguridad Privada en España: hacia 2030»

La revista Seguritecnia llega a su número 500 tras más de cuatro décadas publicando la mejor información y análisis de los profesionales de la seguridad.

Para celebrarlo, estamos preparando un número especial en el que queremos contar con todo el sector a través del estudio «Seguridad Privada en España: hacia 2030». Este análisis nos permitirá conocer cómo creen los profesionales de la seguridad que evolucionará este sector de aquí al año 2030 y elaborar un análisis que publicaremos en la edición 500 de la revista.

Te invitamos a participar a través de una breve consulta sobre 10 aspectos clave en materia de seguridad privada (amenazas, medidas, formación, negocio…). Responder no te llevará más de 5 minutos. ¡Participa y contribuye con tus opiniones a conocer cómo debe evolucionar la seguridad privada en España! La consulta es anónima, pero te damos la opción de dejarnos tus datos para que recibas el estudio en tu e-mail una vez esté elaborado. Así que no lo dudes y hazte eco en nuestro número 500.

Las claves de la ley de familias: quiénes pueden acceder a las nuevas ayudas

El Consejo de Ministros aprobó este martes la norma, que incluirá la ampliación de prestaciones ya vigentes, así como nuevos permisos por cuidados

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes en segunda vuelta el anteproyecto de la nueva Ley de Familias. El proyecto, que se estima con un coste de 700 millones de euros anuales, deberá todavía hacer frente a su último examen en el Parlamento.

“Lo que busca esta ley es garantizar el pleno reconocimiento jurídico de todo tipo de familias a través de los distintos servicios sociales” ha afirmado la portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, acompañada por la vicepresidenta primera, Nadia Calviño y el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá. La principal impulsora del proyecto, la ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra, no ha participado de la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, pero celebró y explicó los nuevos avances en su perfil de Twitter. “España vive una emergencia de conciliación”, ha diagnosticado la dirigente de Podemos.

El texto gira alrededor de cuatro pilares fundamentales: la ampliación de la protección social a las familias, el derecho a la conciliación, el reconocimiento de los distintos tipos de familias y el cuidado de los derechos de los niños y adolescentes. Por ejemplos, se estima que 300.000 familias monoparentales con dos hijos puedan acceder a los mismos beneficios que los hogares numerosos, como facilidades para recibir una beca, reducción de tasas o bonificaciones en el transporte público. El Gobierno ha defendido que la nueva ley busca apoyar a los hogares que más lo necesitan. Ya no se habla de “familias numerosas”, sino de “mayores necesidades de apoyo a la crianza”.

¿Qué son las familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza?Además de los hogares con tres o más hijos, nuevos tipos de uniones podrán percibir los beneficios fiscales y otras ayudas que hasta ahora estaban reservadas a familias numerosas. Ahora, cuando un hijo o un progenitor tengan discapacidad o los monoparentales con dos hijos podrán acceder a estas ayudas. Al mismo tiempo, la “categoría especial” existente para los hogares con cinco hijos ahora se rebaja hasta cuatro descendientes. A la vez, esto incluye a las familias con tres hijos en caso de parto múltiple, en vez de cuatro como hasta ahora, y a quienes tienen tres hijos y bajos ingresos (hasta el 150% del IPREM) Para los hogares con un solo progenitor, la ley prevé “protección social, jurídica y económica que atienda a sus necesidades específicas”. Las administraciones autonómicas serán las responsables por acreditar esta condición.

¿Qué permisos se incorporan? La ley crea tres nuevos permisos retribuidos para el trabajador por un total de hasta nueve días al año, a la vez que se mantienen las dos jornadas ya existentes en caso de fallecimiento de familiar.

〰Cinco días por “accidente o enfermedades graves o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise de reposo” tanto del conyúge, pareja de hecho o parientes de segundo grado (abuelos, nietos o hermanos) o afinidad. La novedad es que se incluye cualquier conviviente.

〰Otras cuatro jornadas por “causa de fuerza mayor” cuando sea necesario por “motivos familiares urgentes e imprevisibles” en relación a casos de enfermedad o accidentes. Estos se podrán disfrutar por horas. Belarra ejemplificó que este permiso se podrá utilizar cuando “te llamen del colegio porque el niño o la niña se ha puesto enfermo”

Además, habrá un nuevo permiso parental al que las familias tienen acceso hasta que los hijos cumplan ocho años, que en 2023 será de seis semanas y en 2024 se elevará a ocho. Los padres podrán utilizarlo de forma “continúa o discontinua”, tanto “a tiempo completo o en régimen de jornada a tiempo parcial conforme a lo establecido reglamentariamente”. La duda hasta este martes era si el mismo debía ser remunerado, como recoge la directiva europea, o no.

Los padres también tendrán derecho a solicitar una excedencia por un plazo máximo de tres años para hacerse cargo de sus hijos o parientes cercanos, si es que no existen parientes que puedan hacerse cargo de los mismos.

¿Cuáles son las nuevas medidas de cuidado? El Gobierno ha incluido un nuevo permiso para quienes necesiten cuidar a sus hijos mayores de ocho años, así como a su cónyuge o pareja de hecho, así como otros familiares de hasta segundo grado de consanguinidad. En estos casos, el empleado deberá justificar el porqué de cada decisión. Además, se incorpora como despido nulo el que se realice a trabajadores que disfruten de jornada adaptada por cuidado de familiares de hasta segundo grado. Serán considerados de igual manera los despidos de quienes estén haciendo uso del permiso parental de ocho semanas, así como del permiso de cinco días.

Al mismo tiempo, las parejas de hecho podrán disponer de 15 días libres cuando formalicen sus situaciones, al igual que los recién casados. En diciembre, Escrivá ya había resaltado que este cambio permitiría que este tipo de familias “accedieran a todas las prestaciones, complementos e indemnizaciones en igualdad de condiciones con los matrimonios”. Para esto, el ministró adelantó en diciembre que se creará un registro estatal.

¿Hay modificaciones en los permisos de nacimiento? La nueva ley prevé que el progenitor no gestante podrá anticipar en 10 días respecto al nacimiento de su niño o niña el comienzo de sus 16 semanas de permiso, con “el objeto de cuidado de la madre biológica durante ese tiempo”. En enero de este año, el Tribuna Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña reconoció que una familia monoparental puede acumular las 32 semanas de prestación en un único beneficiario. En ese fallo, los jueves del TSJ argumentan que la previsión que el progenitor no gestante debe disfrutar las primeras semanas de su suspensión inmediatamente después de nacimiento, de forma ininterrumpida y sin posibilidad de transferir su ejercicio, como prevé actualmente la regulación, “tiene sentido exclusivamente en el caso de las familias biparentales” Sin embargo, la nueva ley no recoge ningún cambio en este sentido.

¿Existen otros tipos de prestaciones económicas? La actual prestación de 100 euros al mes que perciben las mujeres trabajadoras con hijos de hasta tres años en forma de deducción fiscal reembolsable también estará disponible para aquellas madres que cobren una prestación por desempleo o hayan cotizado al menos 30 días a la Seguridad Social. A la vez, ahora se incorporan aquellas madres que trabajen a tiempo parcial, que cobrarán la ayuda de manera completa. Anteriormente, este beneficio era incompatible con el complemento a la infancia que perciben las familias que reciben el Ingreso Mínimo Vital. Según los cálculos del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 esta medida beneficiará a 250.000 nuevas madres en España.

29 de marzo de 2023

Soy vigilante en un centro de la Seguridad Social y nos dan directrices incoherentes

Trabajo como vigilante en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social y me gustaría añadir a esta
otra carta que, además de lo expuesto, muchas veces se nos dan directrices incoherentes.

Por ejemplo, respecto a la cita previa, unas veces se nos dice que sin ella no entra nadie y otras veces que entre todo el mundo aunque no la tengan. Todo esto mientras se publican artículos diciendo que la cita previa es anticonstitucional y que te tienen que atender aunque no se disponga de ella, cosa que la gente lee y luego nos lo esgrime en la puerta.

También nos dicen que la atención al público es de 9 a 14 horas y en la página de la Seguridad Social figura que es hasta las 14:30 horas, con lo cual si ya el público está bastante indignado e irritado, ante estas situaciones su enfado aumenta.

LA IMAGEN DEL DÍA


 

El TSJC tumba el despido de un empleado por buscar trabajo estando de baja médica

El tribunal considera improcedente la decisión de la empresa y aumenta la indemnización para el afectado

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha determinado que una empresa no puede despedir a un trabajador por buscar otro empleo mientras está de baja médica. Así lo ha dictaminado en una sentencia divulgada este miércoles por el bufete de abogados Sammos Legal, encargado de la defensa del cesado. El tribunal considera que negociar con otra compañía mientras rige una baja por incapacidad temporal no vulnera la buena fe contractual y que la primera compañía se extralimitó aplicando un despido disciplinario al afectado. Es por ello que corrige el fallo del juzgado de primera instancia, da la razón al trabajador cesado y obliga a la empresa a indemnizarle en consecuencia.

Los hechos juzgados se remontan al inicio de la pandemia, cuando el director de un hotel que estaba en proceso de liquidación empezó a intercambiar correos electrónicos con otra compañía, que sondeaba su incorporación. Dicho director se encontraba en aquel momento en baja por incapacidad temporal derivada de un covid persistente, fruto del cual tuvo que ser ingresado durante "meses", según afirman sus abogados.

Mientras él está de baja el traspaso del hotel de una propiedad a otra se materializa. Y, cuatro meses después de la operación, la nueva propiedad le remite un buromail comunicándole "su despido disciplinario por haber mantenido conversaciones por correo electrónico relativas a un proyecto empresarial de terceros". Para la empresa, ese comportamiento suponía un quebrantamiento de la buena fe contractual y abuso de confianza al considerarlo equiparable a estar prestando servicios para otra empresa mientras estaba de baja médica.

Si bien el juzgado de primera instancia aceptó este argumento como válido, los magistrados del TSJC no opinan del mismo modo. "La inclusión en copia de correos electrónicos no supone trabajar en tareas propias de la profesión de director comercial, y el hecho de que estuviera en situación de baja no supone una transgresión de la buena fe contractual", dictamina la sentencia, citada por Sammos Legal.


El Supremo obliga a readmitir a 30 trabajadores de seguridad privada en el campamento de migrantes Canarias 50

El Supremo confirma que la contrata Cenpol despidió de manera irregular a 30 trabajadores al rechazar su subrogación cuando se hicieron con la gestión del servicio de seguridad

El Tribunal Supremo ha decidido confirmar la nulidad del despido de 30 trabajadores de seguridad privada de Canarias 50, uno de los centros de Gran Canaria donde ingresan los migrantes llegados a las costas de la isla. Los jueces entienden que la decisión de la empresa Cenpol de no subrogar a todos los trabajadores que prestaban sus servicios con la anterior contratista supuso un despido colectivo de facto que debe ser anulado y los 30 afectados readmitidos e indemnizados por los salarios que no han cobrado en este tiempo.

El Ministerio de Migraciones anunció en enero de 2021 la apertura de Canarias 50, entonces un nuevo espacio de acogida para migrantes con más de 400 plazas en las instalaciones del antiguo regimiento militar con el mismo nombre. La medida, enmarcada en un plan que había arrancado en noviembre de 2020, pretendía trasladar a los migrantes desde los hoteles donde eran alojados de manera urgente y transitoria a lugares como el Colegio León o El Sebadal. Antes habían estado, dice la Justicia, en “inhumanas e insalubres condiciones” en el muelle de Arguineguín.

A medida que se iba produciendo esta transición, la gestión del servicio de vigilancia y seguridad también fue cambiando de manos. Cruz Roja, a quien se había encomendado su gestión, contrató a Eulen y posteriormente con Cenpol. En ese tránsito, Cenpol subrogó a 25 trabajadores y dejó sin subrogar a un total de 30 más. Todos reclamaron en procesos de despido pero el sindicato Unión Sindical Obrera (USO) planteó un proceso judicial por la vía del despido colectivo.

El Tribunal Superior de Canarias entendió en un primer momento que, efectivamente, Cenpol había ejecutado un despido colectivo de manera irregular, que esos 30 despidos era nulos y que tenía la obligación de readmitir a todos los trabajadores no subrogados. “Llega a constituir sarcasmo que a quienes han prestado su labor en términos francamente penosos, ahora, cuando el servicio aparece configurado, se les niegue continuar con su encomiable labor”, denuncio el TSJ de Canarias.

La empresa Cenpol llevó el caso hasta el Supremo y ahora, según ha sabido elDiario.es, los jueces de lo social han decidido declarar firme la nulidad de los 30 despidos. “No ha asumido una parte importante de la plantilla que venía adscrita precedentemente a la vigilancia y custodia de los inmigrantes atendidos en centros provisionales o definitivos” con más o menos de siete meses de antigüedad en el servicio. Cuando Cenpol rechazó contar con 30 de los trabajadores, dice el Supremo, “aun sin pretenderlo está incurriendo en un despido colectivo”. Esta resolución da firmeza a lo dicho por el Tribunal Superior de Canarias: que la empresa Cenpol debe readmitir a los 30 trabajadores de seguridad privada a los que no quiso subrogar, además de pagarles los sueldos que no han cobrado desde su despido hasta la fecha.

Sólo un 14% de los vigilantes de seguridad privada en España son mujeres

En 2021 el sector de las empresas de seguridad españolas generó un volumen de negocio de 5.100 millones de euros, lo que supone un 4,0% más que en 2020, alcanzando un máximo histórico.

El desarrollo de nuevas tecnologías y su contribución a la optimización y mayor eficacia y eficiencia del servicio, una de las fortalezas del sector. El documento también cuenta con una entrevista a Luis Gabriel González Rodríguez, presidente de la Asociación Española de Empresas de Seguridad (ASECOPS).

En 2021, sólo 12.000 de los cerca de 85.700 profesionales de la seguridad privada en España eran mujeres, lo que suponía un 14% del total de trabajadores de este sector, un porcentaje que solo ha crecido en un punto desde 2015. Este es uno de los datos más relevantes que presenta el documento Grandes Cifras 2022 Sector de Seguridad, elaborado por la Comisión de Research y Formación de IFMA España. Además de esta cifra sobre la brecha de género, el sector de las empresas de seguridad españolas generó en 2021 un volumen de negocio de 5.100 millones de euros, lo que supone un 4,0% más que en 2020, alcanzando un máximo histórico y creciendo en tres de sus categorías más relevantes.

De este modo, los servicios de vigilancia sumaron 2.704 millones, +1,3% y fueron el 53% del total de los 5.100 millones antes citados. En el mercado de transporte de fondos se facturaron 336 millones, + 6,3% y supuso el 6,6 del total del negocio. Y donde se creció especialmente fue en el nicho de derivado de la actividad de instalación, mantenimiento y conexión a las Centrales Receptoras de Alarmas (CRA), donde se incrementó en +7,6% respecto a 2020, alcanzado los 2.060 millones de euros y suponiendo un 40,4% del total.

En cuanto a otros indicadores del sector plasmados en el estudio Grandes Cifras 2022 Sector de Seguridad elaborado por la Comisión de Research y Formación de IFMA España, cabe destacar también que la principal procedencia de negocio es del sector privado (75%); y que en cuanto a los segmentos de demanda de vigilancia destaca la Industria y Energía junto a Comercio y Servicios; donde ambos segmentos se sitúan en el 16,5% de la facturación. A continuación, Infraestructuras de Transporte representa el 15,6%, seguido de Edificios e Instalaciones de Organismos Públicos, con un 11,8%.

Las nuevas tecnologías como fortaleza En lo que al ecosistema empresarial se refiere, en 2021 se censaron un total de 1.796 empresas con CNAE. A pesar del amplio número de empresas autorizadas para operar en el mercado, la oferta presenta una notable y creciente concentración en el grupo de compañías líderes. Los cinco primeros operadores reunieron en 2021 de forma conjunta el 57% del valor total del mercado, elevándose al 71% al contar el grupo de los diez primeros. Por último, destacar que el sector de la seguridad privada contempla la escasez de rentabilidad, la competencia desleal y los bajos precios de licitación (en especial referidos a la Administración Pública) como las tres principales debilidades y amenazas que sufre el Sector. Sin embargo, una de las fortalezas que caracterizan al sector, todavía muy intensivo en gestión de personas, es el desarrollo de nuevas tecnologías, dado que contribuyen a la optimización y mayor eficacia y eficiencia del servicio.

Entrevista al presidente de ASECOPS El estudio Grandes Cifras 2022 Sector de Seguridad también cuenta con una entrevista a Luis Gabriel González Rodríguez, presidente de la Asociación Española de Empresas de Seguridad (ASECOPS), quien explica el importante incremento en el número de vigilantes y el carácter plurianual del convenio colectivo sectorial.

El presidente de ASECOPS también expone las dificultades con las que se están topando las empresas a la hora de revisar los precios de los contratos de servicios del sector público debido a la ley de indexación; además de los efectos negativos de la aplicación del cambio de criterio jurisprudencial operado por la sentencia 873/2018 dictada en unificación de doctrina dictada por la sala de lo social del Tribunal Supremo.Una sentencia “por la que en casos de subrogación de servicios, la empresa adjudicataria debe asumir las deudas de la empresa cesante, lo que penaliza a la empresa que no ha sido responsable de la creación de la deuda, entrando en conflicto con la subrogación convencional”, señala Luis Gabriel González Rodríguez.

28 de marzo de 2023

ALICANTE: Igualdad participa en la formación en violencia de género de 200 vigilantes de seguridad


La Concejalía de Igualdad participa en la formación en violencia de género de 200 vigilantes de seguridad que desempeñan su labor en Alicante.

La concejala de Igualdad, María Conejero, ha mantenido una reunión con la responsable de Recursos Humanos de Protemax, Carmen Valle, para organizar esta iniciativa. Para la edil es “importante que estos profesionales reciban formación en violencia de género para disponer de las herramientas necesarias para la prevención y para ofrecer información, así como para hacer frente a posibles situaciones de violencia machista que se puedan encontrar en su actividad diaria”.

La responsable de Protemax ha explicado que “nuestros vigilantes reciben formación continua en diversas materias, desde el uso de desfibriladores hasta formación psicosocial. Pensamos que es muy útil que reciban también una formación específica en violencia de género y por eso nos hemos puesto en contacto con la concejalía”. De hecho, Valle considera que “todas las empresas de seguridad deberían recibir este tipo de formación, esperamos que se vayan sumando y entre todos seamos capaces de reaccionar de manera adecuada cuando sospechamos de un posible caso de violencia de género o somos testigos directos de ello”.

Los 200 vigilantes de esta empresa recibirán cursos específicos sobre violencia de género que durarán dos días y que constarán de una parte teórica y una parte práctica. Los trabajadores se dividirán en grupos de 25 y se formarán a partir del próximo 25 de abril. Por parte de la concejalía de Igualdad participarán una agente de Igualdad, una trabajador social y una psicóloga.

Anulado el preaviso de las elecciones sindicales de Pycseca (centro de trabajo Dos Hermanas) y todo su proceso electoral

Desde el principio de este proceso electoral, SPV consideró que no tenía validez el preaviso realizado por la CSIF, y así lo impugnó ante la autoridad competente en la materia. Sin esperar la resolución del CMAC, la mesa electoral, cuyo presidente era el coordinador del servicio, continuó con las elecciones sindicales, en las que como ya denunciamos sucedieron una serie de graves irregularidades (VER AQUÍ) desde el horario de las reuniones y de las elecciones a horas intempestivas, falta de información y documentación en tiempo y forma a los sindicatos participantes, ocultación del lugar de votación hasta el último momento etc. para finalmente obtener tres delegados de personal la citada CSIF.

Tras la publicación del Laudo Arbitral, se estimó la impugnación presentada por SPV y se anuló el preaviso de las elecciones sindicales para el centro de trabajo de Pycseca en Dos Hermanas, declarándose su falta de validez, así como todo el proceso electoral que de él trae causa, pudiendo ser impugnada por la parte interesada ante la jurisdicción social la presente resolución denegatoria.


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La grabación oculta de una conversación por un tercero será prueba lícita si cuenta con el consentimiento de uno de los interlocutores

El Tribunal Supremo apunta que la prueba no sería lícita si la grabación se realiza desde una posición de superioridad

El Tribunal Supremo (TS) establece que la grabación de una conversación por parte de una persona no interviniente en la misma es una prueba lícita y valorable siempre y cuando cuente con el consentimiento de uno de los participantes.

Es la respuesta de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, en la sentencia 746/2023, a un recurso de uno de los condenados por la Audiencia Provincial de Barcelona como coautores por un delito de asesinato con alevosía en concurso con un delito de incendio a penas de 18, 16 y 5 años respectivamente. Tres hombres prendieron fuego a la chabola en la que vivía el padre de la ex pareja de uno de ellos, con discapacidad y ebrio, acabando con su vida para vengarse de la mujer.

En el recurso de casación, la defensa de uno de los condenados, pide que se expulse del acervo probatorio una grabación- que no es la única en la que se sustenta la acusación- en la que él participaba y reconocía su participación en los hechos porque considera que se trata de una prueba ilícita en cuya obtención, a juicio del recurrente se vulneraron el derecho a la intimidad y el secreto de las comunicaciones contemplados en el artículo 18 de la Constitución. El TS señala que “su versión no es acogida por la sentencia (de la Audiencia Provincial): la grabación fue consentida por uno de los interlocutores. Con eso pierda todo sustento la petición. La grabación corrió a cargo de la mujer de uno de los participantes, que con la autorización de éste, la entregó a la hija de la víctima del asesinato.” De esta forma diluye la barrera entre el participante y el tercero a la hora de realizar la grabación, siempre que exista el consentimiento de uno de los interlocutores.

Cita el recurrente la sentencia de instancia la sentencia del Tribunal Constitucional 114/1984, de 29 de noviembre, “resolución emblemática por cuanto de ella emanó todo el discurso y desarrollo de la teoría de la prueba ilícita en nuestro ordenamiento.” y asegura que “la doctrina de esa sentencia solo legitimaría en el entendimiento del recurrente el uso de la grabación subrepticia de una conversación efectuada por uno de los interlocutores. La intromisión de un tercero ajeno supondría una vulneración del artículo 18 CE.” Ante lo cual el tribunal responde que “la utilizabilidad de ese medio de prueba no queda supeditada a la conformidad en la grabación de todos los partícipes o contertulios; ni a la ausencia de toda connotación subrepticia o de engaño u ocultación por parte de quien dispone lo necesario para la fijación en un soporte de la conversación. Es suficiente que uno de los comunicantes o interlocutores preste su consentimiento para la intervención y grabación por un tercero para que resulte inoperante la cláusula de exclusión del art. 11 LOPJ. Es un elemento probatorio valorable. Sólo la escucha o grabación por un tercero sin autorización de ninguno de los comunicantes ni de la autoridad judicial convierte en inutilizable ese medio probatorio.”

Recuerda igualmente el tribunal, aludiendo a la STC 56/2003, de 24 de marzo, que no hay «secreto» para aquél a quien la comunicación se dirige, ni implica contravención de lo dispuesto en el artículo 18.3 de la Constitución la retención, por cualquier medio, del contenido del mensaje. “Quien entrega a otro la carta recibida o quien emplea durante su conversación telefónica un aparato amplificador de la voz que permite captar aquella conversación a otras personas presentes no está violando el secreto de las comunicaciones, sin perjuicio de que estas mismas conductas, en el caso de que lo así transmitido a otros entrase en la esfera «íntima» del interlocutor, pudiesen constituir atentados al derecho garantizado en el artículo 18.1 de la Constitución.”, apunta.

La sentencia recuerda además que la grabación en si, solo constituiría un ilícito en caso de que existiese un derecho a la voz, que no identifica en nuestro ordenamiento. “Tal protección de la propia voz existe sólo, en el Derecho español, como concreción del derecho a la intimidad y, por ello mismo, sólo en la medida en que la voz ajena sea utilizada ad extra y no meramente registrada, y aun en este caso cuando dicha utilización lo sea con determinada finalidad”

El Tribunal, que termina desestimando el motivo del recurso, hace dos apuntes que se deben subrayar. La grabación no se hubiese considerado prueba lícita en caso de que se hubiera realizado desde una posición de superioridad; esto es, un agente de la autoridad con una confesión arrancada mediante engaño. Por lo demás, subraya que, “en caso de incertidumbre no hay que optar por la ilicitud de la prueba necesariamente. Solo cuando eso aparezca como lo más probable.”

SEVILLA: Vigilantes de seguridad de un Centro Comercial alertan a la policía de la presencia de un exhibicionista

Pillan a un hombre de 36 años masturbándose delante de niños en un centro comercial de Sevilla

El exhibicionista fue visto por el familiar de un niño de 8 años mientras se realizaba tocamientos frente a él y otros menores en el baño.

La Policía Local de Sevilla detuvo, tras ser alertada por el personal de seguridad privada de un Centro Comercial en Nervión, a un hombre de 36 años que había sido visto masturbándose delante de varios menores. El hombre fue sorprendido por un familiar de un menor de edad de 8 años, mientras realizaba exhibicionismo, al tiempo que se masturbaba ante este y otros menores de edad en el interior de los aseos. Los hechos ocurrieron la tarde del pasado sábado 25 Marzo. El detenido tiene antecedentes por otros delitos y al parecer frecuenta la zona.

CEUTA: La Ciudad mantendrá las labores de apoyo con vigilantes en el Tarajal

Este servicio lo lleva prestando desde hace unos años y sirve como refuerzo en la frontera

La Ciudad Autónoma de Ceuta va a sacar a licitación las labores de apoyo de vigilancia que presta en el Tarajal.

Concretamente es un servicio de vigilancia, control de acceso de personas, vehículos, mercancías y asistencia al personal determinado por la Ciudad Autónoma, todo ello en la frontera y aledaños. Es un trabajo que la Ciudad lleva controlando desde el año 2018 y que tiene un coste para el Ejecutivo local de casi un millón de euros. Concretamente este servicio se gestiona por Servicios Tributarios (Oastce). El precio fijado para el presente contrato se obtiene de los importes adjudicados por servicios similares prestados en Tarajal II. El adjudicatario deberá contar con un seguro de responsabilidad civil mínimo de 75 millones de euros por siniestro.

El servicio deberá estar cubierto como mínimo por un director de operaciones y un jefe de seguridad en exclusiva, ambos Grupo Profesional 1, así como tantos vigilantes requeridos por la administración. La empresa deberá disponer de un contenedor estanco de 33 metros cúbicos de capacidad a disposición de la Administración para el acopio de mercancía. Dicho contenedor se situará en un lugar habilitado al efecto según disponga la Administración en cada momento.

Es un trabajo que la Ciudad lleva controlando desde 2018, tiene un coste de casi un millón El plazo de ejecución del contrato es de un año prorrogable anualmente hasta un máximo de cuatro desde el día siguiente a la firma del contrato, anticipándose su finalización al momento en que se haya consumido la bolsa de horas de vigilancia contratadas. El presente contrato contempla la posibilidad de hasta tres prórrogas por igual periodo, previa resolución de la Administración contratante siendo obligatoria para el contratista. El número de horas de vigilancia será de un mínimo de 50.330 horas anuales, que deberá prestarse mediante el destino de tantos vigilantes de seguridad como sea requerido por Servicios Tributarios hasta su culminación.

Además, la empresa adjudicataria quedará obligada a cubrir las bajas del personal de seguridad, sea cual sea la causa de la ausencia del personal habitual, ya sea por enfermedad, días por asuntos propios o vacaciones, disciplina o necesidad empresarial, comunicándolo a la mayor brevedad posible y siempre con antelación.

La conciliación, una asignatura pendiente en España:

"Las madres estamos sobreviviendo con un alto coste personal y económico"

Laura Baena, fundadora del Club Malasmadres, pide a las instituciones un Plan Nacional de Conciliación.

La mitad de mujeres cree que tendría que renunciar a parte de su trabajo si tienen un hijo, frente al 11% de hombres.

Más de la mitad de las españolas sufre pérdidas de salario tras tener un hijo: "Me dijeron que no estaba al 100%".

Cobrar menos, renunciar al tiempo libre, y aceptar que el agotamiento va a pasar a formar parte de su día a día. Es lo que tendrá que asumir una mujer que quiera ser madre en España actualmente. El miedo a ser "penalizadas" por ello es, de hecho, lo que para muchas enfría la posibilidad de adentrarse en la maternidad; o, si ya tienen hijos, de tener más. La conciliación es una de las asignaturas pendientes para alcanzar la igualdad real entre hombres y mujeres. Se ha avanzado en algunos aspectos recientemente, pero los datos demuestran que cada vez hay menos mujeres dispuestas a pagar los costes de ser madre en un sistema que lastra sus futuros laborales y personales.

España tiene la tasa de natalidad más baja de la historia y se sitúa a la cola de la Unión Europea (UE). Según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) de 2021, la edad a la que se tiene el primer hijo se sigue retrasando y se sitúa ya en 32,6 años, y la media de hijos por mujer en 1,19 frente a los 1,23 de 2019. Este descenso en la natalidad tiene varias lecturas, pero una de ellas es la falta de conciliación y corresponsabilidad respecto a los hombres.

Más de la mitad de las mujeres españolas sin hijos (el 51%) cree que si los tuvieran, renunciarían (cogiendo reducción de jornada, excedencia o abandonando el mercado laboral), frente al 11% de sus parejas, tal y como revela el Estudio Somos Equipo del Club de Malasmadres. Casi siete de cada diez mujeres con hijos (el 68%), además, asegura que habría tenido más si hubiese contado con medidas de conciliación que no penalizaran su salario, según otro estudio de la Asociación Yo No Renuncio.

Este 23 de marzo, Día Nacional de la Conciliación, la fundadora del Club de Malasmadres y presidenta de la Asociación Yo No Renuncio, Laura Baena, denuncia la situación actual. "La tasa de natalidad está en mínimos históricos y, si nos preocupa, deberíamos plantear medidas efectivas que eviten la renuncia masiva de las mujeres al trabajo cuando llega la maternidad y la penalización laboral que seguimos sufriendo", reivindica en una entrevista para 20minutos. Para Baena es urgente impulsar un Plan Nacional de conciliación que implique a instituciones, empresas y familias, y que priorice la flexibilidad laboral, la "protección social de las madres" y la existencia de "redes formales de cuidado". "Las madres no estamos conciliando, estamos sobreviviendo con un alto coste personal y económico", denuncia. Y es que los datos revelan que el precio a pagar por ser madre es caro. Según la Asociación, las mujeres asumen un triple coste por la ausencia de medidas de conciliación: salarial, personal y emocional.

Los cuidados, un trabajo sin reconocer En el ámbito laboral, el 57% asegura que ha visto perjudicado su salario al convertirse en madre. La falta de conciliación, es, además, uno de los motores principales de la brecha de género, que en España se sitúa por encima del 20%. "Si existe una brecha salarial es porque las mujeres se ocupan de cuidar y de sostener la vida y lo hacen sobreviviendo, sin medidas que permitan equilibrar los usos de los tiempos, mientras que los compañeros hombres priorizan su estabilidad laboral a asumir el rol de cuidador principal", detalla Baena. Los cuidados, añade, "tienen rostro de mujer", lo que lastra en sus expectativas laborales al tratarse de un trabajo "invisibilizado" y no remunerado.
"Las jornadas reducidas y las excedencias son trampas a la conciliación"

"Si contáramos con medidas reales que reconocieran el trabajo de los cuidados y permitieran compaginarlo con un empleo sin ser penalizada laboralmente, no solamente evitaríamos la discriminación de las mujeres por ser cuidadoras principales, sino que también más hombres se verían llamados a comprometerse con las responsabilidades domésticas", subraya.

"Las madres están agotadas" El otro coste es el personal. "Las madres están agotadas al extremo", incide. Según datos de la Asociación Yo No Renuncio, el 65% de las madres españolas tiene menos de una hora libre al día y el 20% declara no tener tiempo para ella. Además, más de siete de cada diez mujeres declara sentirse agotada prácticamente a diario por la carga mental de las tareas doméstico-familiares.

"Las madres no tienen tiempo propio. El autocuidado es inexistente y la salud mental de las madres está por los suelos. Y en esto afecta la gran presión social que sufrimos por ser superwoman, la madre perfecta y llegar a todo, cuando con estas jornadas maratonianas, sin flexibilidad es un imposible.", indica la presidenta de la asociación.

A la conciliación le falta voluntad política Para poner fin a esta problemática hace falta más conciencia, tanto a nivel social como a nivel político. Baena asegura que la sociedad al completo todavía no está sensibilizada sobre la falta de conciliación en España. Tampoco en las instituciones, donde echa en falta inversión y voluntad política. "No hay presupuestos suficientes. El Plan Corresponsables es insuficiente, y las leyes autonómicas no tienen competencias para frenar la renuncia de las mujeres. Hay que seguir y seguir para romper el techo de cristal que supone la maternidad", asevera.

La fundadora de Malasmadres reconoce que sí que se han algunas iniciativas que han supuesto una "palanca de cambio", como la equiparación de los permisos de paternidad y maternidad; pero, a su juicio, estas políticas quedan cojas sin planes de conciliación y corresponsabilidad transversales en el mercado laboral. "Las jornadas reducidas y las excedencias son trampas a la conciliación. Y ahora estamos esperando a la aprobación de la ley de familias, como iniciativa que ponga los cuidados y la diversidad familiar en el centro", afirma. En ese sentido, no se trata solo de asegurar que las mujeres lleguen a puestos de poder, sino de, llegados a ese punto, que exista la posibilidad de trabajar y cuidar "con dignidad" de forma simultánea. "Hay que revisar el modelo laboral y mejorar la relación entre la vida y el trabajo, para que la renuncia por desgaste personal y emocional no sea la única solución".

"Hay que revisar el modelo laboral y mejorar la relación entre la vida y el trabajo" Y en ello también juegan un papel fundamental los hombres, los padres. Para Baena es crucial que se comprometan a cuidar "por derecho y no por obligación". Pide que den "un paso al frente", que se corresponsabilicen tanto de los cuidados como de las tareas domésticas y que, en definitiva, compartan esa carga mental con las mujeres. "Siempre lo decimos: somos equipo y necesitamos que los hombres sean parte de esta lucha social para conseguir una igualdad real", concluye.

27 de marzo de 2023

El futuro de la seguridad se vislumbra en Security Forum 2023


La gran cita de los profesionales de la seguridad con los productos y servicios más innovadores de la industria se acerca. Los días 31 de mayo y 1 de junio son las fechas elegidas para la décima edición de Security Forum, la feria de seguridad que tiene lugar anualmente en Barcelona. Este año, cambiando de sede y ubicándose en un espacio expositivo de referencia como el Palau de Congressos de Barcelona (Fira Montjuïc).

Este evento, organizado por Cuadernos de Seguridad e impulsado por Peldaño Media Group, vuelve a celebrarse en coincidencia con Tecnohotel Forum, Foodservice Forum y Hotel Design Xperience, aunque en esta ocasión, contará con un área de exposición y congreso exclusiva para las empresas y los profesionales de la seguridad.

Una ventana al futuro tech de la seguridad Como cada año, Security Forum reúne a las principales empresas de seguridad para dar a conocer aquellos productos y servicios que están a la vanguardia del sector. Entre las soluciones que se podrán conocer en el área de exposición del evento, destacan las distintas aplicaciones de la inteligencia artificial, especialmente en análisis de vídeo y videovigilancia; también la tecnología aplicada a redes para garantizar las comunicaciones durante la gestión de una crisis o las novedades en detección rápida de incendios.

Pero no son las únicas, la ciberseguridad; lo último en control de accesos, de presencia y de videovigilancia; y lo último en soluciones de conectividad para crear sistemas más resilientes también estarán a disposición de los visitantes. Si deseas conocer más de cerca la tecnología que te ayudará a cuidar y proteger mejor tu empresa, puedes inscribirte de manera gratuita en Security Forum 2023.

Publicación en BOE de las tabla salariales 2023 para empresas de servicios auxiliares


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Las indemnizaciones por despido que vienen: 33 días más una compensación adicional resarcitoria

Los laboralistas se apoyan en la norma europea para encarecer las extinciones

El pasado 30 de enero el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) firmó una sentencia que podría marcar un antes y un después en materia de indemnizaciones por despido en España. Este tribunal elevó la indemnización legal que le correspondía a una trabajadora despedida de forma improcedente –de 33 a 48 días por año trabajado–al considerar que la cuantía que le correspondía era “insignificante” y no reparaba los daños causados por la pérdida del puesto de trabajo ni resultaba disuasoria.

Se trataba de la primera sentencia en España en la que el juez elevó la cuantía legal de la indemnización en un despido improcedente. Pero existen otras muchas sentencias de primera instancia de los juzgados de lo Social que reconocen el derecho a cobrar mayores compensaciones, pero los Tribunales Superiores de Justicia, como ha ocurrido en el caso del de Madrid, han tumbado estas reparaciones adicionales en los despidos improcendentes. Sin embargo, según distintas fuentes jurídicas consultadas, es cuestión de tiempo que haya más jueces de instancias superiores que reconozcan estas indemnizaciones mayores a las legales. De esta forma, dichas fuentes aseguran que las demandas por despido que reclaman una “compensación adicional resarcitoria” junto a la indemnización legal están incrementándose sustancialmente y empiezan a generalizarse en muchos despachos de abogados.

Para hacer estas reclamaciones, los laboralistas se apoyan mayoritariamente en la normativa incluida en la Carta Social Europea, que en su artículo 24 recoge “el derecho de los trabajadores despedidos sin razón válida a una indemnización adecuada o a otra reparación apropiada”. Esta normativa fue ratificada por el Gobierno y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 11 de junio de 2021. Con ello se convirtió entonces en una normativa directamente aplicable por los jueces si así lo estiman. Asimismo, estas sentencias también suelen apoyarse en el convenio 158 de la OIT, que recoge un precepto similar.

Con esta estrategia de reclamar compensaciones adicionales resarcitorias, los laboralistas estarían también reproduciendo el actual esquema de los despidos nulos en las demandas de improcedencia. Para dichos despidos, que son declarados nulos hoy en día, el Tribunal Supremo ha dicho que la compensación adicional por daños y perjuicios es automática. Si bien, queda a discreción del juez el importe de su cuantía, que suele estar determinada por lo que acredite el trabajador. Aunque si los daños no quedan acreditados, los jueces suelen recurrir a la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social (LISOS) y lo consideran como una infracción muy grave, fijando la compensación adicional por daños entre los 7.000 y los 10.000 euros, precisan estas fuentes. No obstante, esta creciente tendencia a pedir compensaciones adicionales compensatorias puede tener también otros efectos como el aumento de la judicialización en detrimento de la conciliación; y se abre la puerta a una mayor inseguridad jurídica con indemnizaciones globales más arbitrarias en su parte adicional, explican los laboralistas consultados.

Los jueces, a la espera del Consejo de Europa En octubre pasado el Comité Europeo de Derechos Sociales del Consejo de Europa admitió a trámite una demanda del sindicato UGT contra la normativa española de indemnización por despido improcedente. Para UGT, la regulación española no es adecuada, como exige la Carta Social Europea, porque no es lo suficientemente resarcitoria ni disuasoria, sobre todo en los casos de trabajadores con poca antigüedad en las empresas. Las partes (el Gobierno y la patronal) ya han presentado sus alegaciones a esta demanda para rechazarla. Ahora los jueces esperan la resolución del Consejo de Europa, porque si insta a un cambio legal podrán usar este argumento directamente y elevar las indemnizaciones.

Jubilación parcial: Escrivá echa cuentas para ampliarla a más sectores

Los sindicatos pedirán que el contrato de relevo sea indefinido, que se mantenga en el tiempo y sea subvencionado

El Ministerio de Inclusión y Seguridad Social, que dirige José Luis Escrivá, está echando cuentas de cuánto supondrá ampliar el actual modelo de jubilación parcial a otros sectores además del automóvil. Y tiene un plazo limitado, pues se ha comprometido en la reforma de las pensiones a negociar el nuevo modelo con los agentes sociales y presentarlo al Pacto de Toledo antes del 30 de junio. Los sindicatos piden ampliar el actual modelo al resto de sectores y la Seguridad Social tiene que buscar fórmulas para “equilibrar” el coste que supondría. Además, la jubilación parcial es una manera de adelantar la jubilación, unos cuatro años en la actualidad, algo contrario al objetivo de Escrivá de incentivar el retaso en la salida de la actividad.

La jubilación parcial, a la que están acogidos unas 20.000 personas según el catedrático de derecho Jesús Cruz, permite que trabajadores llegados a cierta edad puedan compaginar una pensión (parcial) con un trabajo, también parcial. Actualmente, explica Cruz, la ley permite dos modalidades: con contrato y sin contrato de relevo. La primera implica que la empresa debe contratar a una nueva persona, mediante un contrato de relevo, a tiempo parcial o, incluso, a tiempo competo. O sin que la empresa contrate a nadie, bastante más marginal, que exige que el trabajador haya cumplido la edad legal de jubilación (66 años y 4 meses), pero podrá seguir trabajando con jornada reducida. Es una entrada suave a la jubilación que no genera costes a la Seguridad Social, todo lo contrario.

Sin embargo, el interés de los agentes sociales es potenciar la modalidad con contrato de relevo que, además de permitir una transición suave a la jubilación, fomenta la contratación y facilita el rejuvenecimiento de las plantillas, algo que interesa a las patronales. Pero es caro para el sistema público de pensiones. El sector manufacturero, especialmente el del automóvil, es el único que se puede acoger a esta fórmula que permite a un trabajador de 62 años y 4 meses (con 33 años cotizados) jubilarse parcialmente y continuar con una reducción de jornada entre el 25% y el 75%. La Seguridad Social deberá, pues, abonar esta pensión que será proporcional al tiempo que deje de trabajar y además dejará de recibir parte de las cotizaciones (sumando la del nuevo trabajador relevista y la parte proporcional del relevado, no compensan la cotización completa del relevado). Y, cuando al jubilado parcial le llegue la edad ordinaria de jubilación, cobrará la pensión sin ninguna merma. Mucho dinero para Escrivá.

Jesús Cruz, que señala que otros sectores como transporte o construcción lo están pidiendo, explica que el modelo actual del automóvil es muy generoso con las empresas, pues no les obliga a contratar al relevista, pues el contrato de relevo decae una vez se jubile totalmente el relevado. Además, no le exige un contrato indefinido, salvo que el relevado reduzca su jornada un 80%. Los sindicatos quieren acabar con esta fórmula y plantean varias medidas para compensar el sobrecoste que tendría extender la jubilación parcial a todos los sectores.

La primera medida que pondrán encima de la mesa tanto CCOO como UGT es volver al modelo pactado en 2011 cuando gobernaba José Luis Rodríguez Zapatero. El contrato de relevo deberá cotizar como si fuese a tiempo completo, lo que permitiría reducir la brecha a tan solo el 30%, explica Carlos Bravo, responsable de pensiones de CCOO. Además, pedirá que el contratado sea indefinido y a tiempo completo y que se garantice su permanencia en la empresa una vez se jubile totalmente el relevado. Las empresas incumplidores podrían ser obligadas a devolver las ayudas recibidas, señala Bravo.

Una tercera medida es considerar la contratación de relevo como un instrumento de creación de empleo de calidad y, por tanto, financiado con dinero procedente de las políticas activas de Empleo de los presupuestos generales. Lo que se han venido llamando “gastos impropios” de la Seguridad Social. Pero eso, apunta Bravo, ya no depende de la voluntad de Escrivá, sino del Ministerio de Hacienda que deberá liberar los fondos.

Fernando Luján, vicesecretario general de Política Sindical de UGT, considera que lo ideal es la extensión a todos los sectores, aunque podría limitarse a aquellos de mayor penosidad, como sucede con el automóvil. E insiste, igualmente, en que el sobrecoste ha de compensarse en parte con el contrato de relevo del nuevo trabajador, que deberá ser indefinido. Además, Luján plantea la necesidad de ver el ahorro desde varios ángulos, no exclusivamente el de las arcas de la Seguridad Social. Por ejemplo, si el nuevo trabajador sale del desempleo, se produce un ahorro. En cualquier caso, Luján recuerda que existe un problema añadido: el modelo del automóvil caduca el 31 de diciembre, lo que exige que se dé respuesta a este sector que demanda la continuidad del contrato de relevo para rejuvenecer las plantillas.

De su misma opinión es Diego Carril, asesor jurídico de Anfac, la patronal del automóvil. Su objetivo es que con la negociación se dé carácter estructural al modelo que utiliza el automóvil y que, de momento, tiene una duración de un año. O, por lo menos, que prorrogue por cuatro años como se hizo en 2018. Carril explica que en estos momentos hay un millar de trabajadores con contratos de relevo en las fábricas españolas. No obstante, el asesor de Anfac es consciente de que abrir el modelo a otros sectores, supondrá un coste añadido para la Seguridad Social aunque recuerda que al automóvil se le exige que el 70% de la plantilla sea indefinida lo que garantiza unos mayores ingresos a la Seguridad Social.