Noticias Destacadas SPV Sevilla

  • Una sede abierta al servicio de los profesionales de la seguridad privada

    Mientras que otros sindicatos profesionales del sector recortan gastos y cierran sedes, SPV mantiene su sede social de Nuevo Torneo abierta y con...
  • SPV denuncia una nueva agresión a vigilantes de seguridad en el establecimiento PRIMARK del centro comercial Lagoh

    EL SINDICATO PROFESIONAL DE VIGILANTES DENUNCIA LA CRECIENTE DESPROTECCIÓN E INDEFENSIÓN DE LOS PROFESIONALES DE LA SEGURIDAD PRIVADA.El sindicato...
  • SPV denuncia la indefensión de los profesionales de seguridad privada que operan en el Hospital de Jerez

    El Sindicato de Vigilantes denuncia la indefensión de sus agentes en el Hospital de JerezEl pasado martes un enfermo intentó agredir a un médico y...
  • SPV gana las elecciones sindicales en la empresa COFER Seguridad S.L. en la delegación de Sevilla

    La candidatura electoral de SPV que concurrió en el día de ayer en las elecciones de la empresa COFER Sevilla, ha resultado la ganadora de los...
  • En las elecciones de COFER SEVILLA vota al SPV

    Si eres vigilante de seguridad y trabajas en la empresa COFER SEGURIDAD Sevilla, tienes una cita ineludible en las elecciones sindicales del próximo...
  • El 10 de febrero elecciones sindicales en la empresa COFER Seguridad Sevilla

    El próximo lunes 10 de febrero se celebrarán elecciones sindicales en la empresa COFER Seguridad S. L. donde SPV presentará una candidatura de...
  • Requrimiento de la Inspección de Trabajo a la empresa XCLAYMAN Security S.L.

    A instancia del SPV y tras la pertinente denuncia, La inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social extiende requerimiento en material laboral...
  • Suspendida temporalmente hasta nuevo aviso la concentración programada par el día de hoy en el C.C. Lagoh

    Tras una reunión celebrada in extremis en el día de hoy con la dirección de Securitas Sevilla, y en vista de la voluntad expresada por la empresa de...
  • Circular Sección Sindical SPV Sevilla sobre el plan de formación para 2025

    A/A PLANTILLA DE SECURITAS SEVILLADesde la Sección Sindical de SPV os informamos que nuestra representación ha dado su voto negativo al plan de...
  • Concentración en el C.C. LAGOH por la precariedad laboral de los vigilantes de seguridad y personal auxiliar de Securitas

    Concentración por unas condiciones dignas y decentes para los trabajadores/as de Securitas y ServiSecuritasSPV se concentra el próximo 26 de...
  • El afiliado Salvador Rojo agraciado con la cesta navideña de las jornadas de puertas abiertas

    ¡ENHORABUENA COMPAÑERO!El afiliado de SPV Salvador Rojo Gil, perteneciente a la empresa LOOMIS, fue agraciado en las recientes jornadas de...
  • Reconocimiento a la trayectoria profesional y sindical del vigilante de seguridad Fermín Peña Lozano

    ¡Enhorabuena amigo Fermín!(Por Antonio Cid, miembro del Comité ejecutivo de SPV Sevilla)Conozco a Fermín desde hace mucho tiempo y he sido testigo de...
  • SPV: 25 años de servicio a los profesionales de la seguridad privada

    Desde su constitución allá por julio de 1998, nuestra organización lleva ya a las espaldas más de 25 años de servicio a los profesionales de la...
  • Tras una denuncia de SPV, la Inspección de Trabajo de Sevilla levanta acta de obstrucción a Grupo Torneo S.L.

    Tras una denuncia de SPV, La Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Sevilla ha levantado acta de obstrucción a la mercantil Grupo...
  • El 14 de diciembre todos a las Jornadas de Puertas Abiertas

    Estamos ya a las puertas de las Jornadas de Puertas Abiertas, donde hemos preparando un buen día de convivencia para todos los que forman parte de...
  • Circular de la Sección Sindical de SPV en Securitas Sevilla sobre Cuadro Vacacional 2025

    Con la presente comunicación, desde la sección sindical de SPV os informamos que ya se encuentra publicado oficialmente el cuadro vacacional para el...
  • Una sede abierta al servicio de los profesionales de la seguridad privada

    Mientras que otros sindicatos profesionales del sector recortan gastos y cierran sedes, SPV mantiene su sede social de Nuevo Torneo abierta y con...
  • SPV denuncia una nueva agresión a vigilantes de seguridad en el establecimiento PRIMARK del centro comercial Lagoh

    EL SINDICATO PROFESIONAL DE VIGILANTES DENUNCIA LA CRECIENTE DESPROTECCIÓN E INDEFENSIÓN DE LOS PROFESIONALES DE LA SEGURIDAD PRIVADA.El sindicato...
  1. 1
  2. 2
  3. 3
  4. 4
  5. 5
  6. 6
  7. 7
  8. 8
  9. 9
  10. 10
  11. 11
  12. 12
  13. 13
  14. 14
  15. 15
  16. 16

14 de marzo de 2023

El Supremo condena a una empresa a indemnizar con 48.232 euros por retrasar 10 días el pago de las nóminas

La demora tiene entidad suficiente para que el empleado tenga derecho a extinguir el contrato y ser compensado por despido improcedente

Más de un año cobrando la nómina con algo más de diez días de retraso. El Tribunal Supremo lo considera de gravedad suficiente para declarar extinguido el contrato de trabajo y condena a una empresa a indemnizar con 48.232,73 euros al trabajador que sufrió estos retrasos, a la vez que consolida jurisprudencia sobre este asunto.

La resolución, que tiene fecha del pasado 10 de enero y a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, resuelve de modo contrario al criterio establecido inicialmente por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que entendió que el promedio de retraso en el cobro de las nóminas no era excesivo y se podría considerar perfectamente previsible teniendo en cuenta las dificultades económicas de la empresa. El caso concreto resuelto en esta sentencia, cuya ponente ha sido la magistrada Concepción Rosario Ureste, corresponde a un trabajador que prestaba servicios en una empresa de instalación de maquinaria industrial desde 2007, con un sueldo bruto de 2.624,47 euros al mes.

El empleado experimentó retrasos en el pago de la nónima abril de 2019 a marzo de 2020, que es cuando interpuso la demanda. La sentencia del alto tribunal dio por probado que el promedio de retraso era de 10 días y medio y que en un momento concreto, el abono del salario de abril de 2019 se efectuó en dos pagos, el 20 de mayo y 31 de mayo de 2019. Después de perder el litigio tanto en el Juzgado de lo Social número 15 de Madrid como en el Tribunal Superior, la defensa del trabajador planteó un recurso para unificación de doctrina ante el Supremo acerca de si el retraso en el pago del salario tiene la gravedad suficiente para justificar la resolución indemnizada de su contrato de trabajo, algo contemplado en el artículo 50.1.b) del Estatuto de los Trabajadores. Alegó para ello la aplicación por el alto tribunal de la doctrina establecida en una sentencia del año 2008 que había analizado un caso similar.

En esta ocasión, el Supremo estudió el retraso en el pago del salario de una empresa concursada y estableció el criterio objetivo en la interpretación de la causa extintiva del artículo 50.1.b del Estatuto al margen de la culpabilidad del empresario, para concluir que si los retrasos tiene gravedad suficiente pueden ser considerados la causa de extinción del contrato de trabajo, dando lugar entonces a la indemnización reclamada.

DEBER "ESENCIAL" DEL EMPRESARIO Estos argumentos son atendidos por la Sala Cuarta del Supremo, que establece que en este caso concreto, y durante un año, el empleador "no ha cumplido el deber esencial establecido en el Estatuto de los Trabajadores", un lapso "que se evidencia de suficiente gravedad en sí mismo –no es esporádico sino reiterado en el tiempo-, y que finalmente ha abocado a un abono fraccionado con un mayor retraso en el caso del salario correspondiente al mes de abril de 2019, abundando en dicha gravedad". Para la Sala de lo Social del alto tribunal, el empleador "no tiene la facultad unilateral de modular o condicionar el cumplimiento de la obligación de abono puntual del salario" y por ello estima el recurso, coincidiendo con el criterio del Ministerio Fiscal.

No hay comentarios:

Publicar un comentario