La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta ha condenado a un interno del CETI por amenazas a un vigilante de seguridad a una pena de 1 año de prisión así como la imposición de dos años de prohibición de aproximarse a menos de 100 metros del profesional. Tal y como se recoge en la sentencia a cuyo contenido ha tenido acceso El Faro de Ceuta, a estas medidas se añade la prohibición de comunicación con el vigilante durante dos años.
Queda probado que el pasado 11 de enero, el llamado M.A.H.K. se personó en el CETI y se dirigió en tono amenazante al vigilante, quien previamente le había prohibido la entrada al carecer de su tarjeta de identificación. Con ánimo de atentar contra la integridad del vigilante le dijo que era un “racista” y que cuando l viera en la calle le “iba a matar”, a la vez que le dio una patada que le hizo perder el equilibrio.
Posteriormente arremetió contra el vigilante haciendo uso de unas tijeras y gritándole que saliera porque le iba a “matar”. La magistrada ha tenido en cuenta la declaración de la víctima que considera “convincente” así como el parte médico de urgencias y la declaración de la Policía Nacional, todo ello frente a la versión “parcial y subjetiva” que ofreció el acusado. Este reconoció el altercado con el vigilante, también que portaba unas tijeras, sin llegar a explicar de manera convincente el motivo que habría llevado al incidente.
Se considera que se dan todos los fundamentos para una sentencia condenatoria por delito de amenazas prescindiéndose del límite mínimo “atendiendo a la gravedad de las expresiones proferidas, la utilización de unas tijeras y el golpe” asestado al vigilante, que fueron acompañados con las expresiones intimidatorias. Se ha prescindido de imponer el límite máximo por no tener el acusado antecedentes.
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