Ratifica dos sanciones que le impuso la Paeria al no disponer de suficiente personal en una fiesta en julio de 2019 || Tanto de seguridad como de control del acceso.
El juzgado de lo contencioso administrativo de Lleida ha ratificado dos multas que el ayuntamiento impuso a la empresa titular de la discoteca Biloba por no tener personal de seguridad ni los suficientes trabajadores para controlar el acceso al recinto en una fiesta el 28 de julio de 2019. Ese día la Guardia Urbana se personó allí e impuso dos multas de 6.601 euros cada una. La primera fue porque el local “no disponía de ningún vigilante de seguridad, cuando en función de su aforo, tendría que haber dispuesto de tres”. a segunda sanción fue porque la discoteca solo disponía de dos controladores de acceso cuando por ley debería haber un mínimo de cinco. A raíz de estos dos hechos la Paeria le impuso sendas multas, que podían reducirse en un 20% si hacían un reconocimiento de responsabilidad. No obstante, los dueños presentaron un recurso que ha sido desestimado.
Según consta en la sentencia a la cual ha tenido acceso este diario, el juez detalla que tanto la normativa catalana como la estatal recogen que debe haber un vigilante si el aforo es de 501 personas, dos si son un millar y uno más por cada mil personas más, por lo que concluye que Biloba incumplió la ley, por lo que ratifica la primera multa. La misma argumentación ha utilizado para la multa de los controladores de acceso. Por todo, el juez falla que “las sanciones impuestas son proporcionales y están bien graduadas y sí que hay correlación entre las infracciones cometidas y el importe”, por lo que ha desestimado el recurso y obliga a Biloba a pagar 500 euros en costas.
Rechazado otro recurso por la iglesia dels Dolors El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha desestimado íntegramente el recurso que la Congregació Nostra Senyora dels Dolors de Lleida presentó después de que el juzgado de lo contencioso de Lleida ratificara que tenía que pagar 250.000 euros a la Paeria por la reparación de la iglesia de la calle Cavallers que el consistorio ejecutó de forma subsidiaria. La entidad llevó este caso a la justicia al considerar que la cantidad que pedía el ayuntamiento era excesiva. No obstante, el TSJC ha vuelto a rechazar todos los argumentos por considerarlos improcedentes, o bien sin ningún tipo de justificación, a la vez que no halló ninguna incoherencia en la forma de proceder del ayuntamiento.
Por todo ello, ha desestimado íntegramente el recurso y ha condenado a la Congregación dels Dolors a pagar las costas del juicio, cuantificadas en 2.000 euros. Cabe recordar que el pasado febrero la Paeria se adjudicó el solar anexo al oratorio dels Dolors por, precisamente, esta misma deuda. El solar salió a subasta, no hubo licitadores y la Paeria se lo quedó por adjudicación directa por un importe de 151.446 euros. Está previsto que este nuevo solar municipal se utilice para crear un nuevo acceso a la zona del antiguo barrio judío, así como para actuar en los edificios contiguos, que están tapiados.
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