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6 de abril de 2023

El SEPE lanza un aviso sobre cuántos meses hay que trabajar para cobrar el paro

El Servicio Público de Empleo Estatal recuerda que los trabajadores desempleados no tienen derecho a cobrar la prestación contributiva por desempleo durante más de dos años. Esta es la cuantía que pertenece.

Quedar en desempleo no es una situación agradable para ningún trabajador al derivar en una pérdida económica. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) intenta ayudar con una prestación contributiva cuando previamente la persona haya cotizado mediante su trabajo para tener derecho a ella. Es por eso que surja la duda de cuántos meses hay que trabajar para cobrar el paro, a la que ha dado respuesta la administración pública de empleo.

Anteriormente a recibir la prestación contributiva por desempleo (el paro), la persona tiene que cumplir una serie de requisitos previos, como cumplir con un periodo mínimo de cotización de 360 días durante los seis años anteriores a la solicitud. Al mismo tiempo, tiene que acreditar una situación legal de desempleo y figurar inscrito como demandante de empleo. También no haber cumplido la edad ordinaria para jubilarse ni cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo. Del mismo modo, se debe estar dado de alta o en una situación asimilada al alta en alguno de los regímenes que contemplen la contingencia por desempleo, como el Régimen general.

Cuántos meses hay que trabajar para cobrar el paro Como se menciona en la plataforma web del SEPE, la persona trabajadora que queda desempleada únicamente tiene derecho a cobrar la ayuda contributiva cuando ha trabajado un mínimo de 360 días en los últimos seis años. De ahí se deduce que los meses mínimos necesarios para cobrar el paro son 12 meses. Ahora bien, no hay que confundir este periodo con los meses necesarios para cobrar la duración máxima de paro. La administración se rige en estos casos por la regla del cuatro por uno, es decir, que por cada cuatro meses trabajados, corresponde uno de paro. Así, el mínimo de tiempo serán cuatro meses hasta un máximo de dos años, como puede comprobarse en la siguiente tabla:


-Entre 360 y 539 días cotizados: 120 días de prestación.
-Entre 540 y 719 días cotizados: 180 días de prestación.
-Entre 720 y 899 días cotizados: 240 días de prestación.
-Entre 900 y 1079 días cotizados: 300 días de prestación
-Entre 1080 y 1259 días cotizados: 360 días de prestación.
-Entre 1260 y 1439 días cotizados: 420 días de prestación.
-Entre 1440 y 1619 días cotizados: 480 días de prestación.
-Entre 1620 y 1799 días cotizados: 540 días de prestación.
-Entre 1800 y 1979 días cotizados: 600 días de prestación.
-Entre 1980 y 2159 días cotizados: 660 días de prestación.
-A partir del día 2.160: 720 días de prestación.

Si lo que se necesita es conocer cuántos días exactos se tiene derecho a cobrar el paro, el Servicio Público de Empleo Estatal cuenta con una calculadora. Basta con introducir los datos y la herramienta muestra cuántos días corresponden de paro y la cuantía a cobrar.

¿Cómo se calcula la cuantía del paro?
Otra de las grandes cuestiones que se plantean los desempleados es cómo se calcula la cu ntía del paro cuando se quedan sin empleo. Desde el SEPE explican que todo dependerá de la base reguladora que les pertenezca. Esta se calcula sumando las bases de cotización por contingencias profesionales de los seis meses anteriores a la situación de desempleo y dividiéndolo entre 180 días.

Durante los seis primeros meses, el trabajador desempleado solo puede percibir el 70% de la base reguladora. A partir del día 181, la cuantía mensual queda reducida al 60% de dicha base. Cabe destacar que las cuantías se pagan de forma mensual, en 12 pagas, sin tener derecho a pagas extra, como sí ocurre con otras prestaciones contributivas, como las pensiones.

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