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8 de abril de 2023

El Gobierno lo aclara: el permiso parental de 8 semanas sí será retribuido a partir de esta fecha

El Gobierno de España afirma que el permiso laboral para padres de hijos de hasta 8 años tendrá que ser finalmente retribuido. Los trabajadores seguirán cobrando su sueldo durante el tiempo que disfruten del mismo.

La Ley de Familias, aprobada en Consejo de Ministros la semana pasada, introduce cambios importantes en materia laboral. Uno de ellos es el permiso parental de 8 semanas que pueden pedir tanto los padres como las madres hasta que el menor cumpla 8 años, pensado para facilitar la vida familiar de los progenitores. A diferencia de los otros dos permisos laborales, este se anunció que no sería retribuido. Pero esto tendrá que cambiar.

Tal como ha contestado el secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, a 'Noticiastrabajo', en la rueda de prensa posterior a los datos del paro, este permiso laboral para los padres de hijos menores de 8 años será finalmente “remunerado”, es decir, sus beneficiarios tendrán que recibir el mismo salario durante el tiempo que estén disfrutando del permiso. Así lo obliga la legislación europea, como ya venían avisando los sindicatos de CCOO y UGT, por lo que el Gobierno de España tendrá hasta agosto de 2024 para que sea efectivo.

Es el plazo con el que cuentan los estados miembros de la Unión Europea para implantar esta directiva europea de conciliación, esperando que desde el Ministerio de Trabajo efectúen esta modificación mediante una enmienda en la tramitación parlamentaria. Al respecto, señalar que la Ley de Familias debe tramitarse por el Congreso de los Diputados por la vía urgente.

Cómo se aplicará el permiso parental de 8 semanas El permiso parental de 8 semanas, se podrá disfrutar de forma continuada o discontinua hasta que el menor cumpla 8 años de edad. Sin embargo, se implementará de forma gradual: en 2023 será solo de 6 semanas, ampliable hasta las mencionadas 8 semanas en 2024. A este permiso laboral se suman otros dos, también como medida de protección a la familias, apoyo a la crianza y medidas para garantizar su derecho de conciliación. El primero de ellos es de 5 días al año, retribuido, para atender a un familiar hasta segundo grado de consanguinidad o conviviente, a utilizar en caso de accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite reposo.

El segundo permiso es de 4 días, también pagado, que permitirá a los trabajadores ausentarse por fuerza mayor familiar. Se podrá solicitar para atender a un familiar que requiera atención inmediata y también se podrá disfrutar por horas y no por días completos. Por último, hay que señalar que la Ley de Familias también contempla la equiparación de derechos entre matrimonios y parejas de hecho: estas últimas ahora tendrán un permiso laboral de 15 días por el registro como pareja de hecho, de carácter retribuido, similar al que se puede solicitar actualmente por contraer matrimonio.

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