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11 de enero de 2023

SPV advierte al Ayuntamiento sobre la necesidad de extremar el control en los concursos para la prestación de seguridad privada


En una carta remitida con fecha 10 de enero a los responsables de los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Sevilla, la representación legal de SPV ha advertido al consistorio hispalense sobre la necesidad de extremar el control que garantice que las empresas que opten al nuevo contrato para la prestación de los servicios de seguridad en instalaciones municipales de Servicios Sociales y cumplan en todos sus extremos con las condiciones legales, económicas y laborales exigidas por ley para estos casos.

En concreto, la comunicación de SPV solicitó que "que ante la inminente resolución del proceso de licitación del contrato público para prestar los servicios de seguridad en distintas dependencias municipales de los Servicios Sociales —y teniendo en cuenta los antecedentes de lo acaecido con la anterior empresa de seguridad --Mersant Vigilancia-- que obligaron a este consistorio, como consecuencia de los impagos y las deudas que habían generado, a tener que rescindir el contrato con dicha mercantil dejándoles a deber hasta 6 meses de salarios a los trabajadores—, insistimos en recordar la necesidad de extremar las medidas de control para garantizar que las empresas candidatas cuenten con la necesaria solvencia y cumplan estrictamente con las condiciones legales, económicas y laborales exigidas como lo ha estado haciendo la actual adjudicaría FVS Group Seguridad.

Por todo ello, SPV insiste en reclamarle al ayuntamiento que fiscalice todo el proceso de adjudicación con la prevención y el celo necesarios y evite que el criterio definitivo, únicamente, se sustente sobre la base de la oferta económica inferior. De esa manera se garantizaría que la empresa en cuestión no generara rémoras, deudas e impagos en sus trabajadores y en las arcas municipales. La comunicación finaliza haciendo constar que desde SPV permaneceremos vigilantes para que se cumplan escrupulosamente las pertinentes condiciones de liquidez de la empresa adjudicataria y la legislación vigente reguladora de las contrataciones públicas.

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