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31 de enero de 2023

SEVILLA: La empresa Protec S.A. condenada por no aplicarle a un trabajador correctamente su jornada laboral


En un pleito llevado a cabo por la Asesoría Jurídica de SPV con la abogada Marta Cepas, la empresa Protec S.A. ha sido condenada en firme por el Juzgado de lo Social Nº1 de Sevilla, teniendo que abonar al compañero J. G. M. las cantidades reclamadas más los intereses de demora, al no haber aplicado esta mercantil correctamente su jornada laboral y generando así un déficit de jornada para el trabajador.

El trabajador denunciante, vigilante de seguridad de Protec S.A. destinado en el Centro de  Menores "El Limonar" presentó en su momento reclamación de cantidad por distintas cantidades descontadas por la empresa de seguridad al aplicarle incorrectamente su jornada laboral. En la sentencia, queda probado que la denunciada le descontó indebidamente a su trabajador de su salario un supuesto débito del computo anual, al entender que el permiso de paternidad disfrutado por el afectado no debía computar en su jornada laboral al 100%.

Nuestra enhorabuena por el pleito ganado, que entendemos debe suponer una declarativa de derecho para otras ocasiones similares, en el caso de que esta empresa se siga empeñando en aplicar incorrectamente la jornada laboral de aquellos trabajadores que estén disfrutando de los permisos retribuidos contemplados en el Convenio Colectivo. Entendemos que esta sentencia crea precedente para casos como el que se ha juzgado. Queda claro que no se le puede descontar cómputo en las nóminas cuando el trabajador disfruta de cualquiera de los permisos retribuidos establecidos por ley.



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