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22 de enero de 2023

La Seguridad Social anuncia cambios en las altas y bajas de los trabajadores

El organismo podrá entrar de oficio para reducir el fraude y evitar el colapso en los juzgados

El Consejo de Ministros ha aprobado esta semana el decreto ley de nuevos incentivos para la contratación laboral. Es una medida para contrarrestar la situación del empleo en España, que lidera el desempleo en la zona europea. El decreto incluye un cambio sustantivo en la Ley General de la Seguridad Social. En virtud de este cambio, la Seguridad Social podrá revisar de oficio las altas y bajas de los trabajadores. La administración podrá realizar los cambios que crea oportunos siempre que esté justificado para combatir el fraude laboral. La intención de esta medida es también evitar el colapso administrativo. Con base a la nueva ley, la Seguridad Social se arroga el derecho a rectificar en cualquier momento “errores materiales o de hecho y aritméticos”. La administración intervendrá cuando se detecten errores en la afiliación, altas, bajas y variaciones de datos. Esto es lo que establece el nuevo decreto.

Medida y dudas legales sobre esta medida La nueva normativa permite al organismo oficial declarar nulos los posibles actos que haya dictado relativo a los procedimientos. Y llevar a cabo las acciones oportunas para corregir los errores y adecuarlos a la legalidad. Esto evitará la impugnación de las decisiones que lleva al colapso administrativo. “Esta nueva regulación evitará colapsos y retrasos en la gestión administrativa y en las propuestas de la Inspección para la lucha contra el fraude”, afirma la Seguridad Social. Quiere reducir así la litigiosidad y la carga de trabajo en la justicia. La nueva medida plantea muchas dudas legales.

El año pasado, el Tribunal Supremo estableció que la Seguridad Social no puede revisar de oficio un alta precisamente aceptada. Esto, según el tribunal, va en contra de los derechos de la persona afectada. Como alternativa, propone dejarlo sin efecto presentando una demanda ante el juzgado. Según el Gobierno, el número de altas laborales anuladas por la Seguridad Social entre 2018 y 2021 superan las 24.000. El motivo de estas revisiones es que las altas no se corresponden con una actividad real. Esto supondría 24.000 procedimientos judiciales en solo cuatro años.

Con la nueva modificación se permite a la Seguridad Social actuar de oficio y evitar los procedimientos judiciales sin menoscabar los derechos de los trabajadores. Según el Gobierno, estos mantienen el derecho a la tutela judicial efectiva. Y pueden impugnar las resoluciones antes los tribunales. El Juzgado Contencioso-Administrativo es el órgano judicial que se encarga de los litigios relacionados con los actos administrativos. Esto incluye la inscripción y afiliación en la Seguridad Social. Y es el órgano competente al que pueden dirigirse empresas y trabajadores para impugnar una decisión.
Otros cambios importantes

La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, anunció esta semana los nuevos incentivos a las empresas para la contratación. Mediante esta reforma, el Gobierno prioriza la contratación de jóvenes, mujeres y parados de larga duración. Por ejemplo, trabajadores de más de 45 años que no encuentran trabajo. Para conseguirlo, el Gobierno introduce nuevos incentivos y elimina otros que ya existían. Intenta hacer frente así a las cifras del paro, que son especialmente preocupantes sobre todo en cuanto al desempleo juvenil. España sigue siendo el farolillo rojo y el Gobierno quiere reducir las sangrantes cifras.

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