Noticias Destacadas SPV Sevilla


29 de junio de 2021

Estos son los trabajadores que se quedan fuera de la reforma Escrivá de las prejubilaciones

Algunos aspectos de la reforma no se aplicarán de forma inmediata. Se prevén mecanismos para que no les afecte "de forma sobrevenida"

La primera parte de la reforma de las pensiones ideada por el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Eescrivá, está muy cerca de ser una realidad después del visto bueno de los sindicatos y previsible 'sí' de la CEOE en las próximas horas. Así, se cierra un primer paquete de medidas que, entre otros muchos objetivos, persigue retrasar la edad de jubilación efectiva de los trabajadores españoles mediante unos nuevos coeficientes reductores de la jubilación anticipada.

El Gobierno ha sacado adelante una tabla nueva de coeficientes reductores que pasan a ser mensuales (en lugar de trimestrales) y que afectarán a la cuantía de la futura pensión y no a la base reguladora según la cual se obtiene su importe. Estos nuevos coeficientes se aplican según los años trabajados y afectan principalmente a las prejubilaciones que tengan lugar entre 24 y 23 meses antes, es decir, las de mayor anticipación.

-Las personas con cotizaciones de menos de 38 años y 6 meses pasan de 2% a un 3,26% si se prejubilan un mes antes, de un 8% a un 5,5% el primer año y de un 16% a un 21% si son dos años antes.


-Las personas con cotizaciones de entre 38 años y 6 meses y 41 años y 6 meses pasan del 1,875% a un 3,11% para las prejubilaciones con un mes de anticipación, de un 7,5% a un 5,25 para un año de un 15% a un 19% con dos años.

-Las personas con cotizaciones de entre 41 años y 6 meses y 44 años y 6 meses, verán cambiado su coeficiente de un 1,75% a un 2,96% para un mes de anticipación, de un 7% al 5% para un año de anticipación y de un 14% a un 17% para dos años de anticipación.


-Las personas con cotizaciones de más de 44 años y 6 meses, pasan de un coeficiente del 1,625% a uno del 2,81% para prejubilaciones con un mes de adelanto, del 6,5% al 4,75% para un año y mantienen el 13% para prejubilaciones con dos años de anticipación.

Sin embargo, no todos los futuros pensionistas tendrán que estar pendientes de estos cambios, cuya entrada en vigor será a partir de finales de 2021 y con vistas a que ya estén listos en 2022. El propio Escrivá lo ha asegurado en varias ocasiones, haciendo referencia a los trabajadores que tengan previsto prejubilarse en los próximos meses. "Nadie debe de estar inquieto porque le vaya a afectar algo de forma sobrevenida cuando uno está a punto de tomar una decisión, o la vaya a tomar en un periodo de tiempo suficientemente próximo", aseguraba el ministro en una entrevista reciente a elEconomista, en la que apuntaba que el objetivo de la reforma va más al medio o largo plazo, con cambios que pretenden reflejarse en varias décadas.

Esta es la razón por la que otros grupos pueden no verse afectados en los primeros años de la reforma. Es el caso de los trabajadores que se quieran prejubilar y coticen por bases superiores a la pensión máxima (de 2.707,49 euros mensuales). Estos ciudadanos, que ostentan los salarios más altos, actualmente se rigen por un sistema de prejubilaciones que les resta un 0,5% de la base reguladora por trimestre adelantado si, una vez aplicados los coeficientes habituales, siguen estando por encima de la pensión máxima.

La idea de la reforma es que estos ciudadanos tengan unas prejubilaciones que se basen en los mismos coeficientes reductores que aplican al resto, aunque se hará en un periodo transitorio que comenzará en 2024. Así, los trabajadores que se encuentren en esta situación no se verán afectados por la reforma si se prejubilan antes de esa cita límite. Además, en los casos de prejubilaciones forzosas o involuntarias (las que tienen lugar por extinciones de contrato por razones objetivas), se prevén nuevos coeficientes que permiten a estos trabajadores jubilarse a partir de los 61 años, aunque con reducciones que pueden llegar hasta el 30% de la cuantía de la futura pensión. Para estos casos, los trabajadores víctimas de un Erte en 2021 o de las consecuencias de un expediente aprobado en ese año (aunque el despido sea después), no se verán afectados por esta medida.

No hay comentarios:

Publicar un comentario