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25 de abril de 2022

Esta es la duración máxima de una baja médica por incapacidad temporal

La situación de baja médica por incapacidad temporal tiene una duración determinada, según recuerdan desde la Seguridad Social.

La baja médica por incapacidad temporal es una situación en la que el trabajador no puede desarrollar su actividad laboral de forma habitual debido a una serie de lesiones o enfermedad. En cualquier caso, tal y como su propio nombre indica, se trata de una situación temporal, por lo que generalmente cuando el trabajador recibe el alta médica puede volver con normalidad a su puesto de trabajo. Hay que tener en cuenta que los hechos causantes que dan lugar a una incapacidad temporal son los mismos que pueden generar una situación de incapacidad permanente. Es decir, enfermedad profesional, enfermedad común, accidente de trabajo o accidente no laboral.

Duración máxima de la incapacidad temporal La baja médica por incapacidad temporal tiene una duración máxima de un año, tal y como establece la normativa al respecto. Sin embargo, existen una serie de excepciones que es necesario conocer y por la cual se podría prorrogar esta situación por un tiempo superior. Cuando una persona cumple un año en situación de baja médica es citada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), con el objetivo de analizar su situación de salud. Una vez realizados los exámenes y análisis específicos, pueden darse diferentes escenarios:

-Recibir el alta médica por curación de las dolencias.
-Ser propuesto para recibir una pensión de incapacidad permanente.
-Establecer una prórroga de 180 días como máximo en situación de baja médica.

En este sentido, si se diera el caso de que el trabajador cumple 545 días (18 mese) de baja médica, nuevamente el INSS citará al afectado para realizar una valoración de su estado de salud. En esta ocasión también pueden darse tres posibilidades al respecto:

-Dar de alta al trabajador.
-Que se reconozca al trabajador una pensión de incapacidad permanente.
-Como opción excepcional y extraordinaria, prolonga seis meses más la situación de baja médica hasta llegar a una situación máxima de dos años por incapacidad temporal.

Finalmente, se debe tener en cuenta que esta última opción es especialmente extraordinaria. Esta situación solo se concede por parte del INSS en caso de entender que el trabajador presenta unas condiciones concretas para recuperarse en un periodo de tiempo estimado de seis meses. De lo contrario, lo más habitual es que el propio Instituto Nacional de la Seguridad Social proponga al trabajador como beneficiario de una pensión de incapacidad permanente.

Recaída de baja médica En ocasiones puede darse una recaída de la incapacidad temporal. Esto ocurre cuando el trabajador vuelve a coger la baja médica por el mismo motivo que provocó la primera baja, sin que hayan pasado seis meses desde el alta anterior. Así, desde el INSS aclaran que el trabajador volverá a contar con los mismos derechos de los que dispuso en la primera baja médica por incapacidad temporal.

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