Noticias Destacadas SPV Sevilla

  • Una sede abierta al servicio de los profesionales de la seguridad privada

    Mientras que otros sindicatos profesionales del sector recortan gastos y cierran sedes, SPV mantiene su sede social de Nuevo Torneo abierta y con...
  • SPV denuncia una nueva agresión a vigilantes de seguridad en el establecimiento PRIMARK del centro comercial Lagoh

    EL SINDICATO PROFESIONAL DE VIGILANTES DENUNCIA LA CRECIENTE DESPROTECCIÓN E INDEFENSIÓN DE LOS PROFESIONALES DE LA SEGURIDAD PRIVADA.El sindicato...
  • SPV denuncia la indefensión de los profesionales de seguridad privada que operan en el Hospital de Jerez

    El Sindicato de Vigilantes denuncia la indefensión de sus agentes en el Hospital de JerezEl pasado martes un enfermo intentó agredir a un médico y...
  • SPV gana las elecciones sindicales en la empresa COFER Seguridad S.L. en la delegación de Sevilla

    La candidatura electoral de SPV que concurrió en el día de ayer en las elecciones de la empresa COFER Sevilla, ha resultado la ganadora de los...
  • En las elecciones de COFER SEVILLA vota al SPV

    Si eres vigilante de seguridad y trabajas en la empresa COFER SEGURIDAD Sevilla, tienes una cita ineludible en las elecciones sindicales del próximo...
  • El 10 de febrero elecciones sindicales en la empresa COFER Seguridad Sevilla

    El próximo lunes 10 de febrero se celebrarán elecciones sindicales en la empresa COFER Seguridad S. L. donde SPV presentará una candidatura de...
  • Requrimiento de la Inspección de Trabajo a la empresa XCLAYMAN Security S.L.

    A instancia del SPV y tras la pertinente denuncia, La inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social extiende requerimiento en material laboral...
  • Suspendida temporalmente hasta nuevo aviso la concentración programada par el día de hoy en el C.C. Lagoh

    Tras una reunión celebrada in extremis en el día de hoy con la dirección de Securitas Sevilla, y en vista de la voluntad expresada por la empresa de...
  • Circular Sección Sindical SPV Sevilla sobre el plan de formación para 2025

    A/A PLANTILLA DE SECURITAS SEVILLADesde la Sección Sindical de SPV os informamos que nuestra representación ha dado su voto negativo al plan de...
  • Concentración en el C.C. LAGOH por la precariedad laboral de los vigilantes de seguridad y personal auxiliar de Securitas

    Concentración por unas condiciones dignas y decentes para los trabajadores/as de Securitas y ServiSecuritasSPV se concentra el próximo 26 de...
  • El afiliado Salvador Rojo agraciado con la cesta navideña de las jornadas de puertas abiertas

    ¡ENHORABUENA COMPAÑERO!El afiliado de SPV Salvador Rojo Gil, perteneciente a la empresa LOOMIS, fue agraciado en las recientes jornadas de...
  • Reconocimiento a la trayectoria profesional y sindical del vigilante de seguridad Fermín Peña Lozano

    ¡Enhorabuena amigo Fermín!(Por Antonio Cid, miembro del Comité ejecutivo de SPV Sevilla)Conozco a Fermín desde hace mucho tiempo y he sido testigo de...
  • SPV: 25 años de servicio a los profesionales de la seguridad privada

    Desde su constitución allá por julio de 1998, nuestra organización lleva ya a las espaldas más de 25 años de servicio a los profesionales de la...
  • Tras una denuncia de SPV, la Inspección de Trabajo de Sevilla levanta acta de obstrucción a Grupo Torneo S.L.

    Tras una denuncia de SPV, La Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Sevilla ha levantado acta de obstrucción a la mercantil Grupo...
  • El 14 de diciembre todos a las Jornadas de Puertas Abiertas

    Estamos ya a las puertas de las Jornadas de Puertas Abiertas, donde hemos preparando un buen día de convivencia para todos los que forman parte de...
  • Circular de la Sección Sindical de SPV en Securitas Sevilla sobre Cuadro Vacacional 2025

    Con la presente comunicación, desde la sección sindical de SPV os informamos que ya se encuentra publicado oficialmente el cuadro vacacional para el...
  • Una sede abierta al servicio de los profesionales de la seguridad privada

    Mientras que otros sindicatos profesionales del sector recortan gastos y cierran sedes, SPV mantiene su sede social de Nuevo Torneo abierta y con...
  • SPV denuncia una nueva agresión a vigilantes de seguridad en el establecimiento PRIMARK del centro comercial Lagoh

    EL SINDICATO PROFESIONAL DE VIGILANTES DENUNCIA LA CRECIENTE DESPROTECCIÓN E INDEFENSIÓN DE LOS PROFESIONALES DE LA SEGURIDAD PRIVADA.El sindicato...
  1. 1
  2. 2
  3. 3
  4. 4
  5. 5
  6. 6
  7. 7
  8. 8
  9. 9
  10. 10
  11. 11
  12. 12
  13. 13
  14. 14
  15. 15
  16. 16

24 de julio de 2022

La indemnización que te corresponde si te han despedido

Las indemnizaciones más habituales corresponden a 20 días de salario por año trabajado, 33 días por año o 45 días por año.

Cuando una empresa decide terminar la relación laboral con un trabajador, si es por causas ajenas a este, tiene derecho a recibir una indemnización. La cuantía a recibir depende del tipo de despido y las causas que lo han originado, pero también de otros factores como el salario o la antigüedad del empleado en la empresa. En este artículo te explicamos cómo calcular la indemnización que te corresponde si has sido despedido y todo lo que tienes que saber en estos casos.

Factores clave para calcular la indemnización por despido La indemnización por despido depende fundamentalmente de tres factores:

-El salario bruto anual que percibe el trabajador en el momento de ser despedido por la empresa. Este incluye tanto las pagas extras, las comisiones u otros complementos, el promedio del año de horas extras, la paga de productividad y los bonus en función del objetivo. También algunos salarios en especie como puede ser el automóvil o una vivienda propiedad de la empresa pero quedan exentas las dietas, propinas o las aportaciones a la Seguridad Social.

-La antigüedad del empleado en la empresa que para calcular la indemnización correspondiente es recomendable contarla por meses.

-El tipo de despido o causa de la finalización del contrato. Puede ser despido objetivo o despido disciplinario declarado improcedente. Sin embargo, si el despido es procedente el empleado no tiene derecho a la indemnización pero sí que se cobra el finiquito.

Indemnización según el tipo de despido En España existen diferentes tipos de despido en función del motivo por el que lleva a la empresa a acabar con el contrato de forma unilateral. Asimismo, dependiendo del tipo de despido que nos encontremos tendremos derecho a cobrar una indemnización u otra. Además, si el contrato empezó antes de la reforma laboral del 2012 esto afectará también a la cuantía de la indemnización. Veámoslo a continuación:

Despido objetivo: Indemnización de 20 días por año trabajado Cuando un trabajador recibe una carta por despido objetivo, la empresa está obligada a pagarle en el mismo momento una indemnización de 20 días por año trabajado. El máximo a cobrar es de 12 mensualidades, por tanto, esto quiere decir que la cuantía de la indemnización no podrá superar el salario mensual multiplicado por 12

Despido improcedente tras el 12/02/12: Indemnización de 33 días por año trabajado Si el despido es improcedente y el contrato empezó con fecha posterior al 12 de febrero del año 2012, la empresa tiene que indemnizar al empleado por 33 días por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades. Es decir que la compensación indemnizatoria no puede superar el salario mensual por 24 meses.

Indemnización 33 / 45 – Anterior al 12 de febrero del año 2012. Cuando el contrato es anterior al 12 de febrero del 2012 y estamos frente a un caso de despido improcedente el cálculo de la indemnización se debe calcular de dos maneras distintas. Primero hay que contar los días de antigüedad previos a la fecha 12/02/12 y la indemnización será de 45 días por año trabajado con un tope máximo de 42 mensualidades. Esta diferencia según las fechas se debe a la reforma laboral de 2012

En segundo lugar, se computa lo que corresponde a los días trabajados después de la fecha mencionada y en este caso la indemnización será de 33 días por año trabajado con un máximo de 42 mensualidades. Por último, hay que sumar los dos tramos para obtener la cifra total de la indemnización por el despido.

No hay comentarios:

Publicar un comentario