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28 de diciembre de 2019

La muerte de un vigilante origina infracciones de carácter muy grave contra tres empresas de Castilla-la Mancha

La Inspección de Trabajo ha levantado acta de infracción muy grave contra tres empresas, con motivo de la muerte de un vigilante de seguridad, al que el pasado 8 de junio le cayó encima una puerta de más de 400 kilos en las instalaciones de una compañía situada en el polígono industrial de Toledo.

Así lo ha señalado el sindicato Alternativa Sindical de Trabajadores de Seguridad Privada en una nota de prensa en la que ha recordado que, a través de sus servicios jurídicos, procedió a denunciar a todas las empresas implicadas en el accidente ante la Inspección de Trabajo -Acciona, Puertas Molplasa y Pycseca Seguridad-, ya que, a su juicio, «concurrían circunstancias de negligencia en materia de prevención de riesgos laborales».

Según el acta de infracción, consultada por Efe, el vigilante, de 43 años, trabajaba en Pycseca Seguridad, empresa que gestionaba el servicio de vigilancia de Logisfashion, que se encontraba en ese momento en fase de construcción de un centro de distribución en el mencionado polígono. El documento explica que se han realizado numerosas actuaciones inspectoras, de las que se deduce que el accidente se produjo cuando el vigilante arrastró la puerta vertical de acceso al recinto para cerrarla, la cual carecía de señalización de prohibición de uso, así como de sistema de bloqueo que impidiese su movimiento sobre los carriles. Y agrega que esto provocó que se saliera del pórtico de seguridad que la mantenía en posición vertical por el lado izquierdo y que, debido a su peso y la inclinación del terreno, venciera sobre la parte en la que se encontraba el trabajador.

El acta también recalca que dicha puerta estaba siendo instalada por la empresa Molplasa, subcontratista de Acciona Construcción, contratista de Montepino Logística Toledo, que alquila las instalaciones a Logisfashion Distribución. Añade que no existía señal o indicación escrita de que el tope de llegada o fin de recorrido no estaba instalado y que la puerta «llevaba esta deficiencia desde la instalación», por lo que puede deducirse que era «un claro riesgo no sobrevenido ni coyuntural, sino claramente estable y estructural».

Igualmente, remarca que la hoja de la parte derecha «sí que se encontraba anclada» y que si la puerta hubiera dispuesto de elementos de seguridad, «no se hubiera materializado el accidente». El acta concluye que éste se produjo como consecuencia del contacto de una de las hojas de la puerta principal del centro de trabajo con el cuerpo del vigilante y apunta como principal causa a «la inexistencia de un sistema de seguridad que impidiera a la puerta corredera salirse de su carril y caer».

También incide en la falta de señalización de la prohibición de uso de la puerta y en la falta de bloqueo provisional para impedir que continuase su avance fuera del pórtico. El sindicato ha destacado, no obstante, que la investigación prosigue otra vía que está en manos de la Policía Nacional y ha hecho hincapié en la necesidad de determinar las responsabilidades penales y civiles para estas empresas como consecuencia de las negligencias detectadas por la Inspección de Trabajo.

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