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20 de noviembre de 2018

Condenado a un año de prisión un detective privado por vulnerar el derecho a la intimidad

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También deberá pagar seis euros al día durante doce meses


El juzgado de lo penal número 3 de Jaén ha condenado a un año de prisión y una multa de seis euros al día durante doce meses a un detective privado por vulnerar el derecho a la intimidad de una persona a la que estaba investigando.

El condenado A. M. S había sido contratado por una empresa aseguradora que instaló un dispositivo de seguimiento GPS bajo el coche de una persona de Baeza, tratando de verificar que se encontraba incapacitado para acudir a trabajar, porque estaba de baja por accidente laboral. El Ministerio Público consideró que esta práctica vulnera el derecho a la intimidad y llegó a pedir hasta un año y seis meses de prisión. La defensa considera que el método era proporcional, razonable, idóneo, necesario y entendía que la acción está amparada por la ley que regula la seguridad privada; y que la colocación de un dispositivo de seguimiento del coche en la vía pública no constituye un acto violento ni limita la libertad de movimiento del individuo y por tanto, no atenta contra los derechos fundamentales al honor, intimidad y propia imagen.

La acusación particular, por su parte, apuntó que no existía necesidad de controlar la actividad del denunciante y que se produjo una intromisión ilegítima en su vida privada. Además, el movimiento de un vehículo de su propiedad no implica, que sea él quien conducía. La sentencia se puede recurrir aún y con esta pena el hombre, sin antecedentes penales, no entrará en prisión. Por este delito el código penal, sin circunstancias agravantes, establece penas que van de uno a cuatro años.

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