El Juzgado de lo Penal número 3 de Murcia ha absuelto a tres grafiteros para los que Renfe, en el ejercicio de la acusación particular, reclamó una condena individual para cada uno de ellos de dos años de prisión. Les acusaba de ser autores de un delito de daños por las pintadas que los mismos, presuntamente, habían realizado en un vagón de uno de los trenes estacionados en la estación de El Carmen.
La sentencia indica que los hechos «no han quedado terminantemente probados», ya que el único testigo directo de la realización de las pintadas, un vigilante de seguridad de la estación, murió durante la tramitación de la causa y no pudo prestar su testimonio en la vista oral. La acusación particular, a la que se adhirió el fiscal, sostuvo que los hechos ocurrieron en la Nochevieja de 2012. En el momento de las pintadas, los jóvenes fueron sorprendidos por el vigilante de seguridad e identificados, posteriormente, por la Policía Nacional.
Descartan las pruebas A pesar de eso, el juzgado considera, al dictar la absolución, que la acusación no ha podido demostrar de manera determinante que los hechos fueran cometidos por los tres acusados o por alguno de ellos. En cuanto a la mochila con botes de pintura en aerosol recogida por la Policía, afirma la sentencia que tampoco puede considerarse prueba de cargo, ya que ninguno de los denunciados la reclamó como propia.
El juzgado comenta también que los policías actuantes, al declarar como testigos, comentaron que debido al tiempo transcurrido entre los hechos y la declaración solo recordaban «vagamente» algunos detalles de la detención. Renfe pidió para cada encausado dos años de prisión, quince meses de multa con una cuota diaria de doce euros y el pago de una indemnización de 2.060 euros.
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