Si hablamos de transporte de dinero en efectivo y su historia nos vienen imágenes vinculadas a Hollywood. Hay muchos ejemplos, y los más memorables se sitúan en las películas del salvaje Oeste, desde “La diligencia” de John Ford, aquella en la que viajaba el director de un banco que había cometido un desfalco, hasta “Asalto a un carro blindado” (The War Wagon), un memorable western protagonizada por John Wayne y Kirk Douglas cuyo título lo dice todo.
La seguridad privada, tal y como hoy la entendemos, nació en aquel momento. Había que proteger a las personas que cruzaban el continente de los apaches y los pistoleros “y también había que proteger los caudales”, recuerda Eduardo Cobas, secretario general de la Aproser, la Asociación Profesional de Compañías Privadas de Servicios de Seguridad, que engloba entre otras muchas, a las cuatro compañías que transportan dinero en efectivo en la actualidad en España: Prosegur, Loomis, Trablisa y Eulen. Precisamente Loomis, una multinacional, adquirió algunas empresas cuyo origen se sitúa en el siglo XIX en Estados Unidos. Aunque las más famosas fueron Pinkerton (actualmente dedicada a la investigación por parte de detectives) y Wells Fargo, convertida hoy en día en un banco de los más importantes de Estados Unidos.
Han pasado muchos años desde que la fiebre del oro convirtió en imprescindible la protección de los lingotes y los bancos donde los buscadores del preciado metal guardaban su capital. El patrón oro ha dado paso al dinero FIAT, y ahora, con el auge de las transacciones digitales, ha pasado a convertirse en un apunte contable. En España, concretamente, el sector de la seguridad factura más de 300 millones de euros, y de ellos solo un 8% proceden del transporte y custodia del dinero en efectivo. “Hay cinco mil profesionales en el ámbito que trabajan en este ámbito de la seguridad privada”, señala Cobas, y su importancia es más cualitativa que cuantitativa, ya que en el área del transporte y gestión del efectivo, “se produce una colaboración muy importante entre el sector público y privado”.
Históricamente la primera ley sobre la seguridad privada en España llega de manos de Carlos I de España, en los años 20 del siglo XVI, cuando se crean los Guardas de Caza como tales y se desarrollan las normas que regulan su actividad de la seguridad privada en el entorno rural. Faltaba mucho aún para que se desarrollara uno de los elementos que han estado en el origen y en la evolución o en la profesionalización del sector de la seguridad privada: la regulación y el control sobre la actividad del transporte de fondos. En 1849, por un decreto firmado por Isabel II, cinco años después de la creación de la Guardia Civil, se crea la figura del Guarda Jurado, pero no fue hasta el siglo XX cuando se regula de forma específica la legislación en torno a los mismos, con especial atención a la vigilancia bancaria y al transporte del dinero. Así, la primera reglamentación de nuestros días del Vigilante Jurado la podemos encontrar dentro de las entidades bancarias mediante el Decreto del Ministerio de la Gobernación de 4 de Mayo de 1946 publicado en el BOE 130.
Debido a la importancia que toman los Vigilantes Jurados, otras instituciones como Cajas de Ahorro y Montes de Piedad se acogen a esta normativa mediante la Orden Ministerial de 30 de abril de 1969, BOE 122, surgiendo poco después los Vigilantes de la Industria y del Comercio. Mediante el Decreto de 1 de marzo de 1974 se unifican la figura del Vigilante Jurado de Entidades Bancarias y de Ahorro, así como toda la normativa dispersa hasta entonces es derogada por el Real Decreto 2113/74 de 23 de julio, que refunde el servicio de Vigilantes Jurados de Entidades Bancarias, de Ahorro y de la Industria y del Comercio, en lo que pasa a denominarse Servicio de Vigilantes Jurados de Seguridad. Y es que, en aquellos tiempos, como recuerda Eduardo Cobas, “había un importante nivel delincuencial, y no solo existía la ETA, sino también los GRAPO, lo cual influyó en la necesidad de que el desempeño de esta actividad se hiciera con las máximas garantías de seguridad y de protección”. Por ello las grandes entidades bancarias crean la figura del vigilante experto en la custodia de fondos, vinculada al transporte del dinero en efectivo en España “que se regula definitivamente con una normativa de 1974”. Tres años más tarde, nacía APROSER, y surge el Convenio Colectivo Sectorial que regula, entre otras muchas cosas, la actividad del transporte de fondos.
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