La Audiencia Nacional rechaza medidas de protección a la Policía, mientras que el TSJC sí las da a los Mossos.
La justicia está actuando de forma dispar y contradictoria a la hora de afrontar las peticiones de múltiples colectivos para exigir a los organismos públicos medidas de seguridad para hacer frente al coronavirus.
Por un lado, se están viendo jueces que apoyan las reclamaciones y dan 24 horas a las instituciones para que proporcionen todo el material necesario para que sanitarios, agentes de policía y otros funcionarios puedan seguir trabajando sin poner en riesgo su salud y, por tanto, su vida. Sin embargo, hay otros magistrados y tribunales que consideran que es un hecho constatado que no existe suficiente material para todos los trabajadores que están combatiendo de alguna u otra manera la pandemia y, por tanto, es el Gobierno el que debe decidir cómo se prioriza los destinatorios de las mascarillas, test de detección, equipos de protección individual (EPI) y demás.
Por un lado, se están viendo jueces que apoyan las reclamaciones y dan 24 horas a las instituciones para que proporcionen todo el material necesario para que sanitarios, agentes de policía y otros funcionarios puedan seguir trabajando sin poner en riesgo su salud y, por tanto, su vida. Sin embargo, hay otros magistrados y tribunales que consideran que es un hecho constatado que no existe suficiente material para todos los trabajadores que están combatiendo de alguna u otra manera la pandemia y, por tanto, es el Gobierno el que debe decidir cómo se prioriza los destinatorios de las mascarillas, test de detección, equipos de protección individual (EPI) y demás.
Sin ir más lejos, ayer se dictaron resoluciones dispares. Por un lado, la Audiencia Nacional constató que el Cuerpo Nacional de Policía es un colectivo de bajo riesgo y, por tanto, rechazó acordar las medidas cautelares que reclamaba para que el Ministerio del Interior proporcionara material a los agentes. La Sala de lo Social advirtió a los tres sindicatos demandantes de la realidad sobre la escasez de equipos de protección individual para todos los colectivos sujetos a riesgo de contagio. Por tanto, aceptar las medidas cautelares de todos los colectivos dejaría las medidas sin efecto porque no habría material para cubrirlo. “Carecería de ejecutividad al convertirse en una obligación de hacer imposible de cumplir en estos momentos”.
En este sentido, la Audiencia considera que la falta de equipos “es un problema muy serio que en este momento desborda con mucho a la Administración demandada e incluso al país”. Este criterio ya fue mantenido por el juzgado de lo Social 34 de Madrid, que también rechazó estas medidas solicitadas por el sindicato policial SUP. De hecho, aquel juez, Antonio Seoane, aprovechó para criticar a los sindicatos que acuden en estos momentos a la vía judicial y los acusó de “propagandistas” por utilizar la pandemia para sus intereses particulares con la única intención de “desgastar al Gobierno”. En una línea similar respondió, en otra resolución dictada también ayer, la Audiencia Nacional, que sancionó con 1.000 euros al sindicato Alternativa Sindical de Trabajadores de Seguridad Privada por solicitar la suspensión de la actividad de la empresa Securitas por el coronavirus, con más de 3.000 trabajadores. El tribunal los acusa de “temeridad y mala fe” al plantear una medida cautelarísima careciendo de legitimación.
Sin embargo, no todos los jueces lo ven así. El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya sí considera que se pone en riesgo a los agentes de los Mossos d’Esquadra si no se les entrega el material necesario. El lunes ordenó a la Conselleria d’Interior que, de forma “urgente e inmediata”, procediera a realizar el test del coronavirus a todos los miembros del cuerpo policial de la Generalitat, así como que se proveyera a todas las unidades del cuerpo de mascarillas, gafas y guantes de protección, entre otras medidas. El tribunal catalán estima que los agentes están en “riesgo grave, en ocasiones mortal y siempre inminente” y recuerda que estos realizan una trabajo de servicio público y hay que protegerles para ello. Tampoco los jueces se ponen de acuerdo en las medidas que se refieren a los sanitarios. Un juzgado de lo Social de Zamora insistió ayer a la Consejería de Sanidad del plazo de 24 horas para proveer al personal sanitario de las medidas de protección adecuados “por el evidente riesgo de contagio” al que están sometidos. Asimismo, el TSJ de Catalunya también ordenó al Departament de Salut de la Generalitat que, con carácter “urgente e inmediato”, entregue todo el material de protección necesario a los servicios de ambulancia de Catalunya.
No obstante, este criterio no es compartido con el Tribunal Supremo, que ya rechazó la semana pasada obligar al Ministerio de Sanidad a suministrar en un plazo de 24 horas a todos los centros sanitarios de España públicos y privados material de protección frente al coronavirus, tal y como reclamaba la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos. Advirtió que desde el Gobierno “se están desplegando toda suerte de iniciativas para satisfacer” la protección de los sanitarios para que puedan atender a los pacientes.
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