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30 de junio de 2020

Servicios mínimos para la huelga de la seguridad privada en Cataluña

LA HUELGA COMIENZA EL 1 DE JULIO Y ES DE CARÁCTER INDEFINIDO

ADN Sindical ha convocado una huelga en el sector de la seguridad privada en Cataluña. La huelga comienza el 1 de julio y es indefinida. Ante esta situación, se han decretado los servicios mínimos:

El 100% del personal que preste servicios de acompañamiento, defensa y protección de personas fí­sicas determinadas.

El 95% del personal que preste servicios de seguridad:

-En las actividades de depósito, custodia, recuento y clasificación de monedas, billetes, y otros objetos valiosos o peligrosos, así­ como en las de transporte y distribución.

-En los bancos, cajas de ahorros, entidades de crédito y en todos aquellos otros establecimientos, instalaciones o actividades en los que el servicio de seguridad se haya impuesto en general, con carácter obligatorio.

El 95% del personal que preste servicios de seguridad:

-En instalaciones petroquímicas, refinerías y depósitos de combustibles.

-En centrales e instalaciones nucleares. En todo caso debe comprender la dotación mí­nima determinada por el Consejo de Seguridad Nuclear para la protección fÃísica de las instalaciones, actividades y materiales nucleares y radiactivos.

-En las fábricas de armas de fuego, en las fábricas de explosivos y en sus almacenamientos.

-En las actividades de transformación, depósito, transporte y distribución de materias inflamables.

-En servicios de suministro y distribución de agua, gas y electricidad.

-El 75% del personal que preste servicios de seguridad en centrales de alarma, sin que el personal que realice funciones de recepción, verificación no personal y transmisión a las fuerzas y cuerpos de seguridad pueda ser inferior a dos.

-El 95% del personal que preste servicios de seguridad:

-En los transportes públicos (puertos, aeropuertos, ferrocarriles, etc.) y en los centros de telecomunicaciones.

-En centros y sedes de medios de comunicación social.

Los porcentajes establecidos en los apartados 2, 3 y 5 comprenderán en todo caso, como mí­nimo, un vigilante de seguridad.

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