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9 de noviembre de 2022

La empresa no te paga el salario ¿Qué opciones tienes?

Una situación que puede darse es que llegado el día de cobro la empresa no realice el abono de las nóminas a sus empleados. Una situación que desagradable para el trabajador, ya que la empresa no está cumpliendo con sus obligaciones que adquiere en la firma del contrato.

La empresa se retrasa en el pago de la nómina o bien lleva varios meses sin abonar al trabajador. Es este artículo exploraremos las opciones que tiene el trabajador y sobre todo lo que nunca debes hacer si te encuentras en esta situación.

La empresa no me paga la nómina Lo primero que hay que saber es hasta qué día tiene la empresa para pagar la nómina al trabajador. El artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores establece que la liquidación y el pago del salario se harán puntual y documentalmente en la fecha y lugar convenidos o conforma a los usos y costumbres. Que quiere decir esto, que si la empresa suele abonar el día 3 de cada mes la nómina, esa será su fecha. De modo que si por ejemplo un mes te abona el salario el día 4, ya se consideraría que te ha pagado con retraso. A continuación te indicamos cómo reclamar los salarios impagados, pero debes saber que, aunque reclames, debes seguir acudiendo a trabajar. Es decir, el impago no te da libertad para abandonar el puesto de trabajo, si lo haces, tendrá consecuencias negativas.

Solicitar las nóminas o sueldos adeudados a la empresa Aunque siempre se dice que hablando se entiende la gente, si la empresa no te ha pagado, por mucho que se lo digas, salvo sorpresa no lo hará. Así que, la única posibilidad que tiene el trabajador para cobrar el salario no abonado por la empresa es reclamarla judicialmente. Aunque suele recomendarse que se denuncie la situación ante Inspección de Trabajo, pero esto solo provocará una sanción a la empresa, pero no conseguirá automáticamente que la empresa abone el salario adeudado. El plazo para reclamar los salarios es de un año, desde que se pudo reclamar, tal y como indica el artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores. No solo puedes reclamar la cantidad adeudada, también el 10% de interés de demora, tal y como indica el artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores.

¿Cómo reclamar mi salario/nómina si no me pagan? Al igual que se reclama un despido, lo primero es presentar una papeleta de conciliación laboral y ya en el caso de no alcanzar un acuerdo, demandar. El juez tramitará la demanda y citará a las partes implicadas a un juicio y resolverá conforme a las circunstancias del asunto y la valoración de las pruebas aportadas. Demostrado que la empresa adeuda las cantidades, obligará a la empresa a pagar en un determinado plazo.

¿Y si la empresa se declara insolvente? Es posible que el impago de las nóminas se deba a que la empresa ya no tenga recursos económicos, es decir, sea insolvente. En estas situaciones responderá el FOGASA con determinados límites. Pero para que sea el FOGASA quien abone el salario adeudado debe existir una insolvencia decretada por un juez.

Romper el contrato laboral Además de reclamar el dinero adeudado, también puedes solicitar romper el contrato laboral. Aunque es una petición del trabajador, es decir, una baja voluntaria, el artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores, indica que por la falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado, el trabajador tendrá derecho a romper la relación laboral y a una indemnización por despido improcedente. Existen otras causas por las que un trabajador puede solicitar la baja voluntaria y tener derecho a indemnización y a poder cobrar el paro.

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