Es necesario cumplir una serie de requisitos en función del tipo de licencia que se quiera obtener
Como condición indispensable para poseer un arma hay que certificar que no se tienen antecedentes penales. En el caso de las licencias tipo A (militares, cuerpos de seguridad del Estado …) no se necesita pasar ningún tipo de prueba ya que el permiso de armas va ligado al cargo. Las pruebas teóricas se superan durante la fase de oposición y en la academia se desarrollan ejercicios prácticos.
Las licencias tipo B, aquellas relativas a pistolas y revólveres, solamente podrán ser expedidas a los españoles y extranjeros con residencia en España que sean mayores de edad. Tal y como indica la Guardia Civil, «el interesado hará constar en la solicitud los motivos que, a su juicio, justifican la posesión de un arma corta, y acompañará los documentos que considere oportunos. La razón de defensa de personas o bienes, por sí sola, no justifica la concesión de la licencia B. Su expedición tendrá carácter restrictivo, en este sentido se limitará a los supuestos de especial riesgo». Las licencias de armas tipo B tienen una vigencia de tres años y no admiten renovación.
La licencia tipo C está reservada a los vigilantes de seguridad y escoltas privados de las empresas de seguridad, a los vigilantes de explosivos y a los guardas rurales. Nadie podrá poseer más de una licencia tipo C. Además, la Guardia Civil indica que «podrán autorizar un arma de las categorías citadas anteriormente, según el servicio a prestar. En los casos en que las respectivas regulaciones permitan la posesión o utilización de un arma corta y un arma larga para vigilancia y guardería, ambas serán amparadas por la misma licencia».
Los aspirantes para esta licencia deberán acreditar su condición de vigilante de seguridad o asimilado. Las empresas, entidades y organismos en que presten sus servicios serán los encargados de facilitarles las armas y municiones necesarias para su formación y examen de obtención de la licencia. Los exámenes constarán de tres pruebas eliminatorias: conocimiento y manejo del arma; ejercicio práctico de tiro y ejercicio escrito.
Por su parte, para conseguir una licencia de armas D (armas largas rayadas para caza mayor) o E (armas para tiro deportivo y escopetas de caza), según se recoge en la web de la Guardia Civil, el artículo 102.2 del Reglamento de Armas establece la exigencia de superar las pruebas de capacitación que determina el Ministerio del Interior sobre el conocimiento de las armas, su cuidado y conservación (prueba teórica); conocimiento del reglamento de armas (prueba teórica) y habilidad para el manejo de armas y su utilización (prueba práctica). El derecho a examen tiene un coste de 95,98 euros con derecho a tres convocatorias. El temario del examen está disponible en la web de la Guardia Civil, consta de siete temas, con una batería de 400 preguntas tipo test con la respuesta correcta sombreada. Solo si se supera la parte teórica, se podrá hacer la práctica.
En Sevilla, los exámenes se realizan, salvo excepciones, durante la mañana del último martes de cada mes en la galería de tiro de la localidad sevillana de Camas y durante los meses de julio y agosto no se llevan a cabo las pruebas. Para la parte práctica, la persona interesada en sacarse la licencia deberá acudir al examen acompañado de una persona titular de Licencia de Armas en vigor que portará un arma y dos cartuchos. Asimismo, para la licencia de armas tipo E, además del derecho a examen, hay que pagar una tasa que tiene un coste de 11,68 euros. En el caso de la licencia de armas D esta tasa es de 15,57 euros.
También existe una licencia de armas denominada AEM, es decir, autorización especial para menores. En este caso, además de pasar el examen teórico y práctico y pagar las tasas correspondientes se necesita una autorización paterna más la licencia de armas del padre, madre o tutor del menor. Una vez que se superan las pruebas, la Guardia Civil expide una notificación que certifica la aptitud para el manejo del arma solicitada, pero antes es necesario presentar el DNI en vigor, un certificado médico que acredite las aptitudes psicofísicas para la obtención de la licencia de armas y la licencia de caza o federativa en vigor. Por su parte, para la Licencia F, las federaciones deportivas organizan cursos para los interesados en los que se les instruye de forma teórica y práctica en torno a la disciplina del tiro. Los interesados tienen que hacer un examen teórico y uno de tiro.
Custodia de armas
Asimismo, las obligaciones ligadas a la tenencia de armas se extienden no solo al uso sino también a su custodia. Desde el Ministerio de Interior explican que las armas deben encerrarse en cajas fuertes o armeros autorizados, con las medidas de seguridad necesarias aprobadas por la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil, que podrá comprobarlas en todo momento. También habrá que tomar todas las medidas necesarias para evitar su pérdida, robo o sustracción. En el caso de que esto ocurriese, hay que declararlo de forma inmediata en la Intervención de Armas correspondiente.
Las licencias de armas de caza tienen una vigencia de cinco años. Una vez pasado ese plazo, hay que renovarla, para lo que es obligatorio pasar de nuevo todas las pruebas. Al vencimiento del plazo de validez de la licencia o autorización el interesado deberá depositar las armas en la Intervención de Armas de la Guardia Civil correspondiente a su domicilio. En caso contrario, esta conducta podría constituir un delito de tenencia ilícita de armas o depósito de armas.
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