El contrato de relevo, es un tipo de contrato de trabajo que, por una parte, permite a un empleado poder «jubilarse» y seguir trabajando a tiempo parcial y por otra genera una vacante para un nuevo trabajador. Es decir, para poder realizar este tipo de acuerdo laboral, tiene que haber un empleo que se jubila parcialmente y un nuevo trabajador para suplir las horas vacantes.
¿Cómo se hace un contrato de relevo? Para que una empresa puede realizar un contrato laboral de relevo, como hemos dicho, debe haber un trabajador que cumpla los requisitos para jubilarse parcialmente y su vez un nuevo empleado que cubra las horas que este va a dejar vacantes.
Por una parte, la empresa y el trabajador que se jubila en esta modalidad deben firmar un nuevo contrato, en la que debe constar en la cláusula del contrato que pasa a reducir su jornada ordinaria de trabajo y por consiguiente su salario para acceder a una jubilación parcial. Lógicamente, este contrato que se firma es indefinido y el trabajador no pierde su antigüedad. Deberán figurar en el mismo los elementos propios del contrato a tiempo parcial, así como la jornada que el trabajador realizaba antes y la que resulte como consecuencia de la reducción de su jornada de trabajo.
El contrato de relevo para el nuevo trabajador El nuevo empleado que vendrá a sustituirlo por las horas que este deje de trabajar firmará también un contrato de relevo. Como puedes ver en las cláusulas, el trabajador que entra en la empresa, debe estar desempleado, es decir, inscrito en el paro. Por tanto, los requisitos son los siguientes:Primero, el trabajador de estar inscrito como demandante de empleo El contrato debe estar por escrito y tiene que seguir el modelo oficial que puede descarga desde la web del SEPE. La jornada del trabajador de relevo ha de ser equivalente a la del sustituido.
En este acuerdo laboral, al igual que sucede con los contratos de sustitución, debe figurar el nombre del trabajador a sustituir, así como la edad y las circunstancias profesionales del trabajador sustituido y las características del puesto de trabajo que vaya a desempeñar el relevista. El puesto de trabajo puede ser el mismo del trabajador sustituido o en todo caso deberá existir una correspondencia entre las bases de cotización relevista y del jubilado parcial. Ahora viene la gran duda, el nuevo trabajador firma un contrato indefinido o de duración determina. Pues puede realizarse en ambas modalidades, tal y como se especifica en el artículo 12 del Estatuto de los Trabajadores, donde se regula este tipo de contrato de trabajo.
¿Cuánto dura el contrato de relevo? La duración del contrato de relevo que se celebre como consecuencia de una jubilación parcial tendrá que ser indefinida o, como mínimo, igual al tiempo que falte al trabajador sustituido para alcanzar la edad legal de jubilación. La duración del contrato se extinguirá al producirse la jubilación total del trabajador relevado. Aquí la empresa tendrá dos opciones. La primera, contratar al trabajador mediante un contrato indefinido o bien despedirle con su correspondiente indemnización.
¿Cuánto se cobra en el contrato de relevo? Lógicamente, el trabajador jubilado verá reducido su salario en proporción a la hora que deja de trabajar. Esta bajada de ingreso la compensa al cobrar su pensión. Mientras que el nuevo trabajador, cobrará como mínimo el salario correspondiente a las horas vacantes. Ya que el nuevo trabajador puede debe ser contrato con una jornada igual en proporción a la reducción del trabajador relevado. Aunque también puede ser contratado a jornada completa. En el caso de que sea contrato a tiempo parcial, como el resto de trabajadores, por cuenta ajena, no podrá realizar horas extras, en todo caso, serían horas complementarias siempre que las hubiera pactado.
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