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18 de febrero de 2020

Las empresas ya no podrán despedir al trabajador por sus bajas médicas

El Gobierno aprueba de urgencia el cambio normativo: “Había alarma social”, justifica la ministra de Trabajo


El Consejo de Ministros ha aprobado este martes por decreto ley eliminar del Estatuto de los Trabajadores el artículo 52 d que permitía el despido procedente de trabajadores por bajas médicas reiteradas, pese a estar justificadas, una situación que ha levantado una especial polémica tras el aval dado por el Constitucional a dicha práctica el pasado octubre.

Según explicó la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, este era el primero de los apartados de la reforma laboral a tumbar, tal y como constaba en el acuerdo de Gobierno firmado entre PSOE y Unidas Podemos. De esta manera, con el cambio “no se permitirá que se despida a alguien cuando está de baja por enfermedad”.

La ministra afirma que se busca “dar seguridad jurídica a los trabajadores” Díaz afirma que “había y hay alarma social de que nos despidiesen cuando justamente estamos más vulnerables (enfermos)”, por lo que esta medida además de impedir que los trabajadores sean despedidos comportará que sean “especialmente protegidos”. “Para que cuando se esté enfermo podamos preocuparnos de una sola cosa, de curarnos”, señaló. De esta manera se busca “dar seguridad jurídica a los trabajadores”, porque desde el pasado octubre, tras el aval del Constitucional, “ha habido tribunales que mediante el juicio de convencionalidad han entendido que era ilegal o vulneraba las normativas internacionales”.

Pero esto no siempre era así y podían avalarlo, por lo que se generaba una desigualdad de derechos o disparidad si la justicia fallaba en uno u otro sentido en distintos puntos de la geografía española. Con el cambio se está “volviendo al estado natural de la protección social”.

El camino que debe recorrer ahora el decreto Tras ser aprobado en el Consejo de Ministros de este martes, el decreto ley deberá publicarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE), lo más probable este miércoles. Al día siguiente de su publicación entrará en vigor. A partir de entonces el Gobierno tendrá un mes de margen para convalidar la nueva ley en el Parlamento.La ministra ha afirmado que el trámite se ha realizado por la vía de la urgencia porque “es el canal jurídico es el necesario”, y que no tiene efecto retroactivo sobre los despidos que se hayan podido dar en los últimos meses sobre esta cuestión. En las semanas siguientes a la sentencia del Constitucional se dieron varios despidos amparándose en el artículo, como el de la presidenta del comité de Atento, teleoperadores de Adecco o cinco trabajadoras de centros de H&M. En su mayoría los afectados en los casos que han trascendido han sido mujeres.

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