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27 de septiembre de 2019

Trabajo validó la 'trampa' de Prosegur y Securitas para esquivar el alza del SMI

La Dirección General de Trabajo emitió dos informes en los que descartó las peticiones de CSIF para que no se registrasen los convenios en el BOE.


La neutralización de la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) por parte de las dos empresas más potentes del sector de la seguridad en España, Prosegur y Securitas, no solo contó con la connivencia de los sindicatos CCOO, UGT y USO, como ha dictaminado recientemente la Audiencia Nacional, sino que fue avalada por la Autoridad Laboral. La Dirección General de Trabajo (DGT) desestimó la solicitud del sindicato CSIF para que no se publicara la modificación de los convenios que esquiva de facto el impacto del SMI de 900 euros mediante la supresión de determinados pluses salariales, y ejecutó la orden de inscribirlos en el Boletín Oficial del Estado (BOE). 

En sendos informes a los que ha tenido acceso La Información, la DGT descartó las peticiones del sindicato de funcionarios –cada vez más presente en el sector privado– para que no se registrasen, ni se depositasen, ni se publicasen en el BOE los acuerdos parciales de modificación de los convenios. Lo hizo tras estudiar las alegaciones de las empresas en cuestión y considerar legal la supresión de los pluses por transporte y vestuario para compensar la subida del salario base. 

Trabajo se posicionó así del lado de las empresas y de los sindicatos mayoritarios, que firmaron los acuerdos. La Autoridad Laboral sostiene que los pluses computan a la hora de alcanzar los 900 euros mensuales de salario mínimo. Es una de las tretas que están empleando las empresas para amortiguar el impacto de la fuerte subida del SMI de este año en sus cuentas de resultados. Y es también un quebradero de cabeza para los juzgados, que se han posicionado a favor y en contra. Sin embargo, estas nuevas sentencias contradicen a la Dirección de Trabajo e implican, en la práctica, que permitió el registro de un convenio que ha sido parcialmente anulado por la Audiencia Nacional por considerarlo ilegal.

El meollo es el siguiente: desde que entró en vigor el Real Decreto de subida del SMI a 900 euros el 1 de enero, estas dos empresas de seguridad sistemáticamente eliminaron los pluses que sus trabajadores percibían, de 42 euros mensuales, para pasar a integrarlos en el salario base (864 euros). Después, a finales de abril, CCOO, UGT y USO firmaron con Prosegur y Securitas el convenio colectivo en el que se recogía la eliminación de estos pluses con carácter retroactivo a 1 de enero.

CSIF denunció que en ambos convenios se suprimieron los pluses de transporte y vestimenta para compensar la subida del SMI. Ante el 'portazo' de la Dirección General de Trabajo, a CSIF no le quedó otra que acudir a la Audiencia Nacional que, en contra del criterio de la Autoridad Laboral, acabó por determinar que "no es posible legalmente compensar y absorber un concepto salarial y pluses extra salariales por cuanto el Estatuto de los Trabajadores contempla únicamente la compensación y absorción entre salarios". En suma, afirmó que lo que hicieron ambas empresas es "una técnica de neutralización" de los incrementos, de manera que el salario percibido realmente por la persona trabajadora no varía tras la aplicación del Real Decreto de subida del SMI.

Los informes de la DGT dejan claro que la impugnación de un convenio colectivo solo puede fundarse en dos causas: que sea ilegal o lesivo. Y, en estos casos, entiende que no se dan ninguno de los dos motivos. A juicio de la Autoridad Laboral, dependiente del Ministerio de Trabajo, y en base a lo establecido en el decreto del SMI y a lo dictaminado en sentencias anteriores, los complementos salariales son absorbibles por el salario mínimo, es decir, computan para alcanzar los 900 euros, sin que en ningún caso se tengan en cuenta los extrasalariales. Aquí está el punto de fricción. Precisamente, lo que dice la Audiencia en su sentencia es que el importe del nuevo salario mínimo no puede compensarse con los pluses de transporte y vestuario porque la naturaleza de estos es extrasalarial. Según el criterio de los letrados se trata de gastos que los trabajadores deben realizar como consecuencia del trabajo, no retribuyen trabajo por unidad de tiempo, que es lo que paga el salario. Por tanto, son conceptos heterogéneos que no pueden ser compensados ni absorbidos. 

Críticas a CCOO y UGT "Desconozco el motivo por el que la Autoridad Laboral no entró a valorar esta cuestión en su informe y acabó por desestimar nuestra solicitud", comenta el portavoz de CSIF Pedro Poves. Prefiere poner el foco en sus compañeros de CCOO y UGT. Lo que denuncia es que los dos grandes sindicatos de España, que precisamente están peleando para que el salario mínimo suba a 1.000 euros y denunciando públicamente las maniobras que utilizan las empresas para no aplicar los incrementos, pudo actuar "en connivencia" con estas compañías al aceptar la supresión de los pluses para compensar el alza del 22% que estableció por ley el Gobierno socialista para este año.

Hay que recordar que fueron los grandes sindicatos los que pusieron en conocimiento de la ministra de Trabajo Magdalena Valerio las prácticas de empresarios que han venido buscando desde principios de año los recovecos legales para esquivar el brusco aumento del SMI y evitar incurrir así en costes salariales excesivos. El Ministerio está vigilante y controla que se aplique el suelo de 900 euros en las nóminas mediante el cruce masivo de datos, a través de la Herramienta de Lucha contra el Fraude de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y rastreando el registro de convenios colectivos para vigilar que efectivamente se aplica la nueva cuantía en las actualizaciones de las tablas salariales.

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