Sin entrar en disquisiciones sobre si estamos ante una realidad posible o poniendo negro sobre blanco ese pertinaz deseo de que se presente la oportunidad de cambiar las cosas y mejorar la vida de millones de personas; sin entrar en debates léxicos sobre la equivalencia o no del calificativo «decente» o la cualidad de «digno» referidos al trabajo, o la conveniencia del uso de eufemismos cuando de explotación en el mercado de trabajo se trata, el Plan Director trienal que se presenta (y del que se dará cuenta detallada en los próximos números de la RTSS.CEF) dice perseguir la recuperación de derechos laborales y mejorar la calidad del empleo y de las condiciones de trabajo para la consecución, en paralelo, del reforzamiento de la sostenibilidad del sistema de Seguridad Social y el fortalecimiento de la competencia leal entre empresas.
En la persecución de esos fines, cumplir y hacer cumplir la normativa sociolaboral vigente se revela como pilar esencial. Y en este marco la Inspección de Trabajo y Seguridad Social es llamada a desempeñar un papel principal, pretendiéndose un giro cualitativo en su modo de actuar y ofreciéndose una herramienta con la que reorientar el Plan Estratégico 2018-2020 recientemente aprobado, sin olvidar –no conviene hacerlo– que la fortaleza del sistema de ITSS pasa por contar con medios humanos y materiales apropiados para el cumplimiento de los objetivos que se diseñan. La centralidad de la ITSS para el buen fin de los objetivos del Plan es innegable pero también se hace referencia a la necesidad de adoptar reformas normativas que atajen de raíz los problemas que como informe de diagnóstico del mercado de trabajo se describen en el propio documento, reformas que deben adoptarse por las Cortes Generales y enmarcarse a la vez en el diálogo social y que, se señala, deberán traducirse en una revisión del cuadro de infracciones y, sobre todo, de sanciones en el orden social.
El Plan global, integrado en 17 ámbitos de actuación por 75 medidas (55 operativas y 20 organizativas –extractadas en los cuadros que pueden consultarse pulsando el vínculo marcado en cada bloque de medidas–), está orientado a la obtención de resultados, combinándose actuaciones inmediatas y a medio plazo. Los dos planes de choque recogidos en el anexo, uno de lucha contra el fraude en la contratación temporal y otro contra los abusos en la contratación a tiempo parcial, se pondrán en marcha en agosto de este año. Una vez puestos en ejecución los dos planes de choque mencionados, las medidas operativas y organizativas incluidas en el Plan Director se priorizarán en un cronograma de actuaciones que se realizará en coordinación con las comunidades autónomas y las organizaciones empresariales y sindicales más representativas y el resto de actores que han participado en la definición del Plan. El seguimiento se hará semestralmente (enero 2019, julio 2019 y enero 2020).
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