Consideran que no cabe esta medida excepcional ya que cumplen con los servicios mínimos y el Parlamento no ha declarado el estado de alarma
Un mero conflicto laboral corre el riesgo de acabar en Naciones Unidas, con una posible condena a España por violar derechos fundamentales. Ahí es donde apuntan los vigilantes del Grupo Eulen del aeropuerto de El Prat en el caso de que el Gobierno les imponga un arbitraje forzoso.
El laudo arbitral forzoso es una medida excepcional que prevé una ley de 1977 -previa a la aprobación de la Constitución- para cuando en una huelga se vulneren los servicios esenciales, y éstos no se pueden ejercer por la ciudadanía. Es tan excepcional que sólo se ha aplicado en casos tales como en la huelga de transporte de viajeros de Madrid del año 2002 -donde no se cumplieron los servicios mínimos- o con motivo de la huelga de pilotos de Iberia de 2012, recrudecida tras 40 jornadas de huelga.
En el caso de los vigilantes del aeropuerto de Barcelona, el 14 de agosto ha sido su primer día de huelga indefinida, en la que todo apunta a que han respetado los servicios mínimos decretados por el Gobierno con guardias civiles desplazados al aeropuerto y que han hecho las tareas de los vigilantes, como la inspección de equipajes, revisión de los billetes o control de los arcos de seguridad. La delegación del Gobierno fijó en un 90% estos servicios mínimos, “y, a pesar del abuso, los trabajadores lo están cumpliendo a rajatabla”, destaca Leopoldo García Quinteiro, abogado de los huelguistas.
Si el Gobierno optara por aprobar un laudo arbitral obligatorio, “sería una auténtica alcaldada. ¿Cómo puede imponerlo si los trabajadores ejercen una huelga legal, cumplen los servicios mínimos y los servicios esenciales no están en riesgo?”, se pregunta. Este letrado argumenta que en las tres semanas previas de conflicto, los trabajadores se han limitado a cumplir horario, lo que ha puesto en evidencia la carencia de empleados, y otros vigilantes han estado de baja sin que hayan sido recurridas. “Ha habido colas, ha habido malestar pero desórdenes públicos, ninguno”, concluye.
La huelga sólo se suspende en el estado de alarma En España sólo se pueden sustituir a trabajadores en huelga por medio de la declaración del estado de alarma en España, que realiza el Parlamento. Así se hizo en diciembre del año 2010, con la huelga ilegal de los controladores aéreos. Y si entonces fueron los controladores aéreos militares los que reemplazaron a los huelguistas, ahora el Gobierno ha optado por no solicitar la declaración del estado de alarma pero ha mandado a El Prat a la Guardia Civil, que es también un cuerpo militar, para hacer las tareas de los vigilantes en huelga legal. La estrategia de los vigilantes jurados pasa por acudir al procedimiento de urgencia previsto cuando la Administración viola derechos fundamentales. En este caso, el derecho de huelga reconocido en la Constitución.
Comité de Libertad Sindical de la ONU Sería un recurso contencioso que acabaría en el Tribunal Constitucional.Una vez agotados los tribunales españoles, los vigilantes planean denunciar a España ante el Comité de Libertad Sindical de la ONU. Otra de las alternativas que barajan es acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos. El Ejecutivo basará su medida en el artículo 10 de la Ley de huelga, aprobada por las Cortes franquistas en marzo de 1977. Este artículo prevé que el Gobierno “a propuesta del Ministerio de Trabajo, teniendo en cuenta la duración o las consecuencias de la huelga, las posiciones de las partes y el perjuicio grave de la economía nacional, podrá acordar la reanudación de la actividad laboral en el plazo que determine, por un período máximo de dos meses o, de modo definitivo, mediante el establecimiento de un arbitraje obligatorio".
Todos los expertos consideran que el arbitraje forzoso es una medida excepcional. Y discrepan si se puede aprobar con uno solo de los requisitos que exige la norma o si el conflicto debe cumplir todas las condiciones (la duración o las consecuencias de la huelga, las posiciones de las partes y el perjuicio grave de la economía nacional). El envío de la Guardia Civil a los arcos de seguridad de El Prat se basa en esa ley de 1977, que prevé adoptar medidas para garantizar el funcionamiento de los servicios públicos.
Ahora bien, existe una norma posterior que exige que toda prohibición del derecho de huelga debe ser aprobada por el Congreso. Es la ley 4/1981 sobre los estados de alarma, excepción y de sitio que establece que la autoridad gubernativa podrá prohibir las huelgas “cuando la autorización del Congreso” comprenda la suspensión de los artículos 28.2 y 37.2 de la Constitución. [Ambos reconocen el derecho de huelga y prevé que una ley regulará la garantía de los servicios esenciales].
Denuncian presiones En el primer día de huelga, la plantilla de Eulen ha llevado a Inspección de Trabajo supuestas "presiones" de la Guardia Civil hacia los trabajadores que están cubriendo los servicios mínimos en los filtros de seguridad del Aeropuerto de Barcelona-El Prat. Así lo han detallado fuentes del comité de huelga, que ha asegurado que un grupo de trabajadores han puesto en conocimiento de la Conselleria de Treball estas supuestas presiones en el primer día de huelga indefinida en el que la Guardia Civil está también en los filtros de seguridad, informa EP.
Subida de 250 euros La protesta de los trabajadores de Eulen tiene su origen en la falta de personal que perciben en el área de control de seguridad de El Prat en los nuevos contratos, que consideran precarios, ya que no alcanzan los 900 euros mensuales según los sindicatos. Sólo pueden aumentar sus ingresos a base de largas jornadas de horas extra (a razón de ocho euros la hora) y piden una subida de 250 euros en 15 pagas. En el año 2012 trabajaban en El Prat en las funciones de filtro de los pasajeros -los arcos de seguridad- un total de 500 vigilantes, En el 2017 son 350 trabajadores, cuando el volumen de viajeros ha crecido en un 30%.
La Guardia Civil dejó de realizar estas labores de seguridad en el año 2010. El Grupo Eulen arrebató el año pasado la subcontrata de estos vigilantes jurados al ofrecer a AENA una rebaja del 2% respecto a la empresa que ejercía estas funciones, Prosegur. AENA fue privatizada en el 49% de su capital en el año 2015. Esta empresa adjudicó el contrato a Eulen en 2016, a pesar de que el número de viajeros en Barcelona había crecido un 12% en sólo ese año. Ambas empresas han rechazado que fuera temeraria la oferta con la que Eulen ganó el concurso para el control de seguridad del aeropuerto.
FUENTE: www.publico.es AQUÍ
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