Según el boletín número 43 de SEGURPRI, se ha contemplado el punto relativo a que los vigilantes de seguridad puedan o no solicitar títulos de viaje al público que se encuentra en las instalaciones objeto de su vigilancia. Incluso se contempla que esta medida aplique en el interior de los trenes.
Dentro de los antecedentes de esta normativa, se encuentra la solicitud realizada por una operadora de Ferrocarril. En esta solicitud se expone que los vigilantes de seguridad entre las diferentes funciones que tienen, puedan solicitar los billetes o títulos de viaje. Esto para todos los pasajeros que se encuentren en las instalaciones o trenes de esta operadora. Esto especialmente para los que han traspasado los controles de acceso y que se encuentren en actitudes antisociales o delincuenciales.
Resolución de la Unidad Central de Seguridad Privada En respuesta a la solicitud, se ha dado respuesta citando la ley 23/92 del 30 de julio de Seguridad Privada, donde se establece que:
“Los vigilantes de seguridad pueden efectuar controles de identidad en el acceso o interior de inmuebles determinado, sin que puedan retener la documentación personal. Además, pueden evitar la comisión de actos delictivos o infracciones en relación con el objeto de su protección”.
Con la normativa expuesta, los vigilantes de seguridad, deben evitar cualquier tipo de acto delictivo, incívico o vandálico en relación al objeto bajo su protección. En el caso de existir indicios racionales o que se tengan dudas sobre un viajero, se podrá solicitar el título de viaje e identificación al viajero en cuestión.
Esta actuación debe ser comunicada al correspondiente servicio de intervención, para colocar una eventual sanción, en el caso de que no se cuente con billete. De esta forma, los vigilantes están en la facultad para acreditar que una persona cuenta con los requisitos de acceso necesarios a cualquier establecimiento bajo su custodia.
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