Durante un año, estuvo cobrando la nómina completa a pesar de haber obtenido una reducción de jornada
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha desestimado el recurso presentado por una trabajadora de la empresa Ferrovial Servicios contra la sentencia de un Juzgado que consideró procedente su despido por no haber advertido a aquella que durante un año le había venido pagando de más.
El Juzgado de lo Social de Murcia al que correspondió la demanda de esta empleada, declaró probado que esta solicitó en mayo de 2014 unareducción de jornada con el fin de poder atender a su hijo. Así, pidió pasar a media jornada durante un año, a lo que la empresa accedió, pero, por error, durante un año le siguió pagando las mismas retribuciones que percibía cuando trabajaba a jornada completa.
En mayo de 2015, la empresa demandada le comunicó que a lo largo de un año había percibido 7.382 euros de más, sin que hubiera puesto en conocimiento de la misma esa situación. Además, se le requirió para que en el plazo de 48 horas procediera a la devolución de esa suma indebidamente percibida, a lo que la trabajadora señaló que accedía a hacerlo a razón de 300 euros mensuales.
La sentencia señalaba que la empresa y el sindicato CCOO, al que pertenece la apelante, plantearon el abono en seis meses, a razón de 1.050 euros mensuales, lo que la afectada no aceptó. Así las cosas, la empresa le comunicó el despido disciplinario en junio de 2015 por transgresión de la buena fe y abuso de confianza. La despedida alegó que el pagarle de más era un problema de la empresa, pero el Juzgado de lo Social consideró procedente el despido disciplinario, por lo que absolvió a Ferrovial Servicios, resolución que ahora encuentra el respaldo del TSJ.
Dice este tribunal que "la demandante sabía el cobro indebido de salarios, pues ella misma había solicitado la reducción de jornada, y cuando la empresa descubrió el error, aquella reconoció que lo sabía desde el segundo mes, pero no devolvió el dinero indebidamente percibido".
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