El pago de una multa de 120 euros y 350 de indemnización. Es la pena que le ha caído a un joven que el año pasado hirió a un vigilante de seguridad de Adif en la estación de Reus. La sentencia dictada inicialmente por el Juzgado de Instrucción número 4 de Reus ha sido ratificada ahora por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Tarragona, que ha rechazado el recurso de apelación presentado por el abogado defensor.
Los hechos se remontan a las 9.20 horas del 26 de julio de 2016. Un vigilante de seguridad se encontraba realizando sus funciones en la estación junto con un compañero. Ambos se encontraron con el ahora condenado, quien se hallaba en un banco de la estación produciendo alboroto. Ante tal situación, y conociendo –por referencia– al individuo de actuaciones anteriores, uno de los vigilantes le solicitó que le mostrara el billete de tren. El joven no llevaba ninguno, por lo que el vigilante le requirió para que abandonase la estación de tren. El individuo se negaba a marcharse de la estación de tren, insultando al mencionado vigilante de seguridad. Entre éste y su compañero consiguieron expulsar al joven de la estación, produciéndose un leve forcejeo. Una vez en el exterior, el procesado, dirigiéndose al vigilante, le dijo: «Te voy a matar, tú no sabes quién soy yo, te vas a enterar». El acusado sufrió una erosión muy superficial en el lateral del cuello.
El mismo 26 de julio pero a las once menos cuarto de la noche, otro vigilante se encontrada en solitario realizando una ronda de vigilancia antigraffiti en las inmediaciones de la estación. El ahora condenado, –junto con otra persona no identificada– estaba escondido en las referidas instalaciones, con la cara oculta con un pañuelo negro con una calavera. Al verse sorprendidos por el vigilante, el acusado y su acompañante lanzaron piedras contra el vigilante, impactando una de ellas en la cabeza. En ese momento, el procesado gritó a su compañero: «Corre, corre». El vigilante reconoció la voz del ahora procesado. El vigilante sufrió una contusión parietal y una cervicalgia leve, lesiones que tardaron siete días en curarse. El agresor ha sido condenado por un delito leve de lesiones. En cambio, lo han absuelto de otro de amenazas.
La apelación El recurso de apelación ponía en duda de que el vigilante hubiese reconocido al acusado como la persona que le lanzó piedras dada la distancia que había entre ambos. La Audiencia Provincial recuerda que el perjudicado manifestó que se encontraba de ronda cuando vio a los dos individuos a unos 10 ó 12 metros de distancia. El vigilante declaró que reconoció al ahora procesado por su voz, por el pañuelo que portaba y por la complexión, por cuando lo conocía de anteriores intervenciones. Para la Sala, «dichas manifestaciones fueron convincentes y persistentes y de esta forma fueron avaladas por el juez».
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