Previsiblemente a principios de 2018 se publicará el nuevo reglamento de Seguridad Privada, cuya estructura se ha dado ya a conocer, tal y como especificó hace unos días el Comisario Principal de la Policía Nacional, Jefe de la Unidad Central de Seguridad Privada, Esteban Gándara, en una conferencia que ofreció en Córdoba con motivo de la celebración del Día de la Seguridad Privada.
Desde el año 2014, se ha producido una paulatina simplificación de este reglamento, que ha pasado de 537 artículos durante dicho año 2014 a 390 en julio de 2015, 261 artículos en julio de 2016, y finalmente, 251 artículos, con los que quedaría la nueva configuración anunciada este abril de 2017. De esta forma, la estructura se aprobaría de la siguiente forma:
Disposiciones Generales (Artículo 1 al 10)
Coordinación y Colaboración (Artículo 11 al 17)
Empresas de Seguridad (Artículo 18 al 66)
Despachos de Detectives (Artículo 67 al 79)
Personal de Seguridad (Artículo 80 al 118)
Servicios de Seguridad (Artículo 119 al 189)
Medidas de Seguridad (Artículo 190 al 205)
Disposiciones Complementarias (Artículo 206 al 227)
Control e Inspección (Artículo 228 al 239)
Régimen Sancionador (Artículo 240 al 251)
Anexos
Más en detalle, el nuevo Reglamento de Seguridad Privada se dispondría de la siguiente manera:
DISPOSICIONES GENERALES
Capítulo I Disposiciones Comunes
Capítulo II Registro Nacional Seguridad Privada
COORDINACIÓN, COLABORACIÓN Y PARTICIPACIÓN
Capítulo I Sistemas de coordinación
Capítulo II Participación Institucional y Reconocimiento Social
EMPRESAS DE SEGURIDAD
Capítulo I Otorgamiento de la autoridad
Sección 1ª Requisitos Generales
Sección 2ª Expedición e Inscripción
Sección 3ª Procedimiento de Obtención
Capítulo II Modificaciones y Extinción de la Autorización ó de la Declaración
Sección 1ª Deberes Generales
Sección 2ª Infraestructuras y Logística
Sección 3ª Contratación
Sección 4ª Disposiciones Específicas
DESPACHOS DE DETECTIVES
Capítulo I Apertura y Cierre de Despachos
Capítulo II Funcionamiento
Sección 1ª Deberes Generales
Secciòn 2ª Contratación
PERSONAL DE SEGURIDAD
Capítulo I Habilitación Profesional
Capítulo II Ejercicio de Funciones Profesionales
Sección 1ª Disposiciones comunes
Sección 2ª Vigilantes de Seguridad, sus especialidades y escoltas
Sección 3ª Vigilantes rurales y sus especialidades
Sección 4ª Jefes de Seguridad y Directores de Seguridad
Sección 5ª Detectives privados
Capítulo III Uniformidad
Capítulo IV Armas
Capítulo V Ejercicio del derecho de huelga
SERVICIOS DE SEGURIDAD
Capítulo I Disposiciones comunes
Capítulo II Servicios de seguridad armados
Capítulo III Servicios de vigilancia y protección
Sección 1ª Disposiciones comunes
Sección 2ª Servicios en régimen de comunicación
Sección 3ª Servicios en régimen de autorización
Sección 4ª Servicios en régimen de decisión
Capítulo IV Servicios de protección de personas
Capítulo V Servicios de depósitos de seguridad
Capítulo VI Servicios de transporte de seguridad
Sección 1 Disposiciones comunes
Sección 2 Disposiciones específicas para cada tipo de transporte de seguridad
Capítulo VII Servicios de instalación y mantenimiento
Capítulo VIII Servicios de alarma de seguridad
Sección 1ª Disposiciones comunes
Sección 2ª Centrales receptoras de alarmas
Sección 3ª Verificación y comunicación de alarmas de seguridad
Sección 4ª Tipos de servicios de alarmas de seguridad
Capítulo IX Servicios de investigación privada
MEDIDAS DE SEGURIDAD
Capítulo I Disposiciones comunes
Capítulo II Sujetos obligados
Capítulo III Disposiciones específicas
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Capítulo I Aspectos documentales
Capítulo II Formación de seguridad
Sección 1ª Formación previa
Sección 2ª Formación de actualización y especialización
Sección 3ª Centros de Formación
Capítulo III Reconocimiento de cualificaciones profesionales
Capítulo IV Personal acreditado
Capítulo V Seguridad informática
CONTROL E INSPECCIÓN
Capítulo I Disposiciones comunes
Capítulo II Inspección policías
Capítulo III Auditoría externa
RÉGIMEN SANCIONADOR
Sección 1ª de las empresas, sus representantes legales, de los despachos de detectives y de las CRAs de uno propio.
Sección 2ª Del personal que desempeñe funciones de seguridad privada y del personal acreditado.
Sección 3ª De los usuarios contratantes de servicios de seguridad privada y los cuerpos y fuerzas de personal de seguridad privada.
1- Grupo de Trabajo
2- Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior
3- Audiencia Pública
4- Comisión Nacional de Seguridad Privada
5- Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación
Ministerio de Educación Cultura y Deporte
Ministerio de Economía, Industria y Competitividad
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Ministerio de Fomento
Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Ministerio de Energía, Industria y Agenda Digital
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales
ANEXOS
I Empresas
II Personal
III Servicios
IV Medidas
V Formación
VI Documentación
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