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12 de noviembre de 2016

BILBAO: Responsable de equipo despedido por no impedir el acoso laboral de otro vigilante a tres compañeras

Sentencia donde el TSJPV avala el dictamen del Juzgado de lo Social número 7 de Bilbao, que falló la procedencia del despido del que fue objeto un vigilante de seguridad que estaba haciendo funciones de responsable de equipo, en abril de 2014 por parte de la empresa de seguridad para la que trabajaba.

En la carta de despido recogida en sentencia, la empresa le recuerda que a pesar de que conocía el acoso al que estaban siendo sometidas tres vigilantes por parte de otro compañero, no tomó medidas, ni impidió que coincidieran en el servicio, lo que aumentó la tensión y generó un riesgo innecesario. La sentencia relata en lo hechos que el vigilante había incluso visionado fotografías y vídeos de contenido pornográfico en presencia de sus compañeras de trabajo, a quienes realizaba gestos de contenido sexual, y realizaba insinuaciones del tipo no sabes lo bien que te lo pasarías conmigo en la cama y, cuando llegaba tarde les comentaba que venía de putas.

Las compañeras pusieron en conocimiento del responsable de equipo los hechos y éste no adoptó ninguna medida. En la sentencia se describe que la empresa reaccionó de manera contundente contra el responsable por la dejadez mostrada procediendo a su despido de manera fulminante. Ésta basó el despido en la transgresión de la buena fe contractual así como en el abuso de confianza en el desempeño del trabajo, al haber mantenido el jefe de equipo una actitud pasiva desde hace tiempo pese a conocer que tres trabajadoras sufrían acoso laboral y sexual.

Este hecho, según el TSJPV, representa una evidente deslealtad y desatención de sus funciones como responsable de equipo, por lo que debe llegarse a la conclusión de que la falta imputada revestía la gravedad suficiente para generar la máxima sanción de despido disciplinario.

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