¿Qué funciones pueden realizar los vigilantes se seguridad privada? ¿Son agentes de la autoridad? ¿Cuál es su situación actual? Lo analizamos en la sección Héroes sin capa del programa De cero al infinito.
La del vigilante de seguridad privada es una de las profesiones del ámbito de la seguridad que más relación tiene con el día a día de los ciudadanos. El desempeño de sus funciones en las actividades más cotidianas hace que no sea raro que nos crucemos habitualmente con estos profesionales, ya sea en el transporte público, en los accesos a espectáculos o establecimientos de la administración, en oficinas, superficies comerciales o incluso en lugares más restrictivos como empresas o infraestructuras críticas.
Pese a esta relación habitual entre vigilantes de seguridad y ciudadanos, existe un gran desconocimiento social sobre el trabajo que realizan los profesionales de la seguridad privada y sobre las funciones que pueden o no llevar a cabo. Además, algo común entre estos trabajadores es la percepción del escaso o prácticamente nulo reconocimiento que su profesión tiene por parte del resto de la sociedad pese a la importancia para garantizar derechos como la seguridad o la protección de la propiedad privada. Las actividades de seguridad privada está reguladas por la Ley 5/2014, que recoge también las atribuciones de los vigilantes de seguridad y sus especialidades. Así lo explica Fernando Rodríguez Segovia, portavoz nacional de la Asociación Área Seguridad Privada (ARSEPRI), que recalca la figura de los vigilantes como colaboradores auxiliares de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Para acreditar sus competencias, los aspirantes a vigilante de seguridad deben realizar un curso de 180 horas en un centro de formación homologado por el Ministerio del Interior y superar el examen teórico y las pruebas físicas establecidas por la Policía Nacional. Actualmente esta habilitación también puede obtenerse a través de un certificado de profesionalidad, regulado por el Ministerio de Educación, de 250 horas de duración y prácticas, que no precisa la superación de los exámenes a los que obliga Interior. Organizaciones profesionales como ARSEPRI no ven con buenos ojos esta segunda vía ante la "pérdida de control por parte de la policía".
Detenciones, cacheos e identificaciones, funciones que pueden hacer los vigilantes "Los vigilantes de seguridad privada pueden realizar registros (cacheos) e identificaciones, tanto de personas como de vehículos, dentro de recintos privados". Así de tajante se muestra Rodríguez Segovia, que explica también que los vigilantes pueden detener a una persona en caso de delito para ponerla a disposición de la policía, tal y como indica la ley. Es por ello que la dotación o equipamiento reglamentario de los vigilantes de seguridad, además de la uniformidad de la empresa a la que pertenezcan, incluye defensa y grilletes, coloquialmente conocidos como porra y esposas.
El desconocimiento de estas funciones por parte de los ciudadanos provoca en muchos casos que las intervenciones de los vigilantes de seguridad reciban críticas y prácticamente ningún respaldo social. Esto, unido a que es una profesión "bastante mal pagada" y los abusos de las "empresas pirata que pagan por debajo del convenio nacional" según el portavoz de ARSEPRI, y a la pérdida de carácter de autoridad, salvo cuando se actúa bajo indicación directa de la policía, genera un grave malestar entre los profesionales que contribuyen de forma fundamental a la seguridad.
Para mejorar estas condiciones, desde ARSEPRI reclaman una "solución múltiple que debe empezar con una voluntad por parte de la administración pública, que es además el principal cliente de la seguridad privada". También reivindican la necesidad de una mayor protección operativa y jurídica de los vigilantes de seguridad para evitar la escalada de agresiones que vienen sufriendo en los últimos años.
No hay comentarios:
Publicar un comentario