El Tribunal Supremo expulsa del ordenamiento jurídico los preceptos del convenio colectivo de Grupo Control
El Tribunal Supremo expulsa del ordenamiento jurídico los preceptos del convenio colectivo de Grupo Control de ámbito inferior al de la empresa por resultar incompatibles con la regulación del convenio de ámbito superior
Con desestimación del recurso interpuesto por una empresa de seguridad, el Tribunal Supremo mantiene la sentencia impugnada que declaró inaplicables determinados preceptos del convenio colectivo litigioso de ámbito inferior al de empresa; asimismo, consideró que carecía de preferencia aplicativa el art. 84.2 del ET, y, por ello, analiza el eventual conflicto de concurrencia con el convenio colectivo sectorial de ámbito estatal, concluyendo con la necesidad de expulsar del ordenamiento jurídico los preceptos del convenio impugnado que resultan incompatibles con la regulación del convenio de ámbito superior en cuanto a la creación de una nueva categoría profesional.
Iustel Discutiéndose por la recurrente la calificación del convenio litigioso como de ámbito inferior al de empresa, la Sala considera acertada dicha calificación, pues su ámbito de circunscribe exclusivamente a los trabajadores de la empresa de la Comunidad de Madrid; su publicación se llevó a cabo en el BOCM; se negoció entre la empresa y la representación de los trabajadores de Madrid; y la empresa extiende su actividad y sus relaciones laborales a otras zonas del territorio nacional.
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