Podemos quiere revisar las penas para el delito de “atentado” contra los vigilantes de seguridad, previsto en el Código Penal. La formación de Pablo Iglesias argumenta que éstos, al no ser “agentes de la autoridad o miembro de las fuerzas armadas” no merecen ser tratados por igual. El partido añade que la “equiparación” de la seguridad privada es “injustificada”.
La petición figura en las enmiendas presentadas por Podemos para reformar laLey de Seguridad Ciudadana. En concreto, el partido pide una nueva redacción del artículo 554 del Código Penal, que establece que los atentados —entendidos éstos como agresiones o resistencia con intimidación grave o violencia— contra el personal de la seguridad privada “debidamente identificado” y que desarrolle sus actividades “en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad” deben ser tratados por igual “a la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos”. En este sentido, el Código Penal establece las mismas penas: “Los atentados serán castigados con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de tres a seis meses si el atentado fuera contra autoridad y de prisión de seis meses a tres años en los demás casos”.
Podemos quiere que en el caso de los vigilantes de seguridad se imponga “la pena inferior en grado” al delito. La formación sí defiende que en el caso de los bomberos —el otro caso previsto en el Código Penal— se mantenga la pena en su totalidad. El partido morado quiere además rebajar las penas que se prevén para este delito, sea cual sea la víctima. La formación propone que los atentados contra la autoridad sean castigados, como máximo, con dos años de cárcel, frente a los cuatro actuales. También las reduce a la mitad en el caso de que la autoridad sea el presidente del Gobierno, del Congreso, del Senado, alcaldes, presidentes autonómicos, jueces y otras similares: el máximo previsto pasaría de los seis años a los tres.
La formación de izquierda radical abre además la puerta a que “el Juez o Tribunal, razonándolo en sentencia, en atención a las circunstancias personales del autor y las concurrentes en la realización del hecho, podrá imponer la pena inferior en grado”. En el intento de Podemos por diluir este delito, se propone una nueva redacción del artículo 551 del Código Penal, que indica que se impondrán las penas superiores en el caso de que el atentado se cometa “haciendo uso de armas u otros objetos peligrosos”. En la redacción que propone Podemos se exige que el arma y el objeto en cuestión sea “concretamente peligroso” para la vida de las personas. También se limita cuando el delito se cometa “haciendo uso de un vehículo de motor”. De nuevo, Podemos exige que tenga un “peligro concreto para la vida de las personas o que pueda causar lesiones graves”.
Podemos propone además una nueva redacción del mismo delito de resistencia a la autoridad, de modo que se exija que éste implique “resistencia activa grave” a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos. Actualmente no se contempla que la resistencia tenga que ser “activa”.
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