Esta empresa represora, en pleno siglo XXI, aún no sabe que vilipendiar y acosar a la representación legal de los trabajadores supone coartar el derecho a la libre representación y, que por tanto, los representantes de los trabajadores tienen unos DERECHOS recogidos en la LEY Orgánica de Libertad Sindical y Estatuto de los Trabajadores. Por todo ello, el dictamen de este Auto judicial, merece toda nuestra atención. Nuevamente, queda demostrado que si luchas, puedes ganar. Si te arrodillas lo pierdes todo.
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9 de julio de 2015
eL Juzgado de lo Social Nº 7 de Madrid ordena el embargo de cuentas a Segur Ibérica
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