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9 de agosto de 2012

Anulados más de 30 despidos de trabajadores de Segur Iberica por Fraude de Ley en su aplicación



La Audiencia Nacional los considera nulos por Fraude de Ley en la aplicación de despidos colectivos por centros de trabajo

Adjuntamos a la campaña "con las empresas incumplidoras, Tolerancia Cero" la sentencia  que la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha dictado contra Segur Iberica considerando fraude de ley la aplicación de los despidos colectivos por centros de trabajo y no de forma unitaria dentro de una misma empresa, anulando 12 despidos aplicados por la empresa Segur Ibérica en Navarra, seis en Alava y otros 14 en Vizcaya, al entender que se deben tramitar de manera global, sin que sea legal hacerlo de forma aislada en cada uno de ellos. Ver Nota de Prensa de la Audiencia Nacional AQUÍ

Segur Ibérica planteó un ERE el pasado mes de marzo para poner fin a la relación contractual con varios empleados ante la rescisión parcial del contrato con el Ministerio del Interior en los tres centros de trabajo de Navarra, Alava y Vizcaya. En las negociaciones, la empresa trató con los representantes de los trabajadores, si bien en el centro de Navarra lo hizo a la vez directamente con los empleados, algo que, según los magistrados, "vació de contenido el periodo de consultas, restando cualquier fuerza a la negociación colectiva", por lo que "se efectuó en fraude de ley".

Ahora bien, las negociaciones que habían concluido con acuerdo y se aprobaron en los centros de Alava y Vizcaya también se consideran ahora nulos, ya que ni la Directiva 98/59/CE, ni el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores "contemplan la posibilidad de parcelar el proceso de negociación por centros de trabajo". Así, los jueces entienden que la legislación "apuesta por un proceso único, con resultado homogéneo para la totalidad de los trabajadores afectados por la decisión extintiva empresarial y que, por tanto, no quede al albur del específico desarrollo de la negociación y contenido del eventual acuerdo que se consiga según el centro de trabajo de que se trate". Además, consideran que no hacerlo así llevaría a situaciones complejas en las que un mismo despido impugnado colectivamente podría dar lugar a una declaración de nulidad en un centro, ajuste a Derecho en otro y desajuste a Derecho en un tercero. Por estos motivos consideran, además, que no se puede aplicar el reglamento de los procedimientos de regulación de empleo y de actuación administrativa aprobado en 2011 y que daba la posibilidad de articular tantas comisiones negociadoras como centros de trabajo afectados existan

"Con las empresas incumplidoras,
Tolerancia Cero"

1 comentario:

  1. En el centro de Navarra lo hizo también con los representantes de los trabajadores y como no podían con nosotros lo intentaron empleado por empleado . Desde Navarra se tiro el ERE por la prepotencia del abogado de la empresa, mentiras y amenazas . Al denunciar el ERE en Navarra por estas agresiones en el mes de consulta fue cuando salio también lo de las negociaciones paralelas con los otros centros. Un saludo compañeros desde Navarra .

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