La Inspección de Trabajo dice textualmente: "SEGUR IBÉRICA no es desconocedora de esta mala praxis en no abonar las horas extraordinarias realizadas por sus vigilantes, amparándose para ello en una supuesta Bolsa de Horas Deudoras de sus trabajadores, cuando lo cierto es que estas horas de pretendida deuda, no son imputables a los vigilantes sino más bien a SEGUR IBÉRICA, quien dentro de su poder de organización y dirección, no ha dado la correspondiente ocupación efectiva a sus trabajadores en la totalidad de jornada, pretendiendo con ello, compensar esta negligencia a costa del empleado, a quien se le atribuyen supuestas horas de deuda.
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