Permiso retribuido para los trabajadores que participen como electores
1) Trabajadores cuyo horario de trabajo no coincida con el de apertura de las mesas electorales o lo haga por un periodo inferior a dos horas.No tendrán derecho a permiso retribuido.
2) Trabajadores cuyo horario de trabajo coincida en dos o más horas y menos de cuatro con el horario de apertura de las mesas electorales disfrutaran de permiso retribuido de dos horas.
3) Trabajadores cuyo horario de trabajo coincida en cuatro o más horas y menos de seis con el horario de apertura de las mesas electorales disfrutarán de permiso retribuido de tres horas.
4) Trabajadores cuyo horario de trabajo coincida en seis o más horas con el horario de apertura de las mesas electorales disfrutaran de permiso retribuido de cuatro horas.
Permiso retribuido para trabajadores que tengan la condición de Presidente o Vocales de las mesas electorales, Interventores y Apoderados.
** Los trabajadores por cuenta ajena nombrados Presidente ó Vocal de las Mesas electorales y los que acrediten su condición de Interventores tienen derecho durante el día de la votación a un permiso retribuido de jornada completa, si no disfrutaran en tal fecha del descanso semanal, y a una reducción de su jornada de trabajo de cinco horas el día inmediatamente posterior.
** Los trabajadores por cuenta ajena que acrediten su condición de Apoderados tiene derecho a un permiso retribuido durante el día de la votación, si no disfrutaran en tal fecha del descanso semanal.
** Si alguno de los trabajadores comprendidos en los apartados anteriores de este artículo hubiera de trabajar en el turno de noche en la fecha inmediatamente anterior a la jornada electoral, la empresa, a petición del interesado, deberá cambiarle el turno a efectos de poder descansar la noche anterior al día de la votación.
HORARIO DE LAS MESAS ELECTORALES: 09:00 A 20:00 HORAS
** Los permisos mencionados, NO SUPONDRÁN MERMA DE SU RETRIBUCIÓN, sirviendo como JUSTIFICACIÓN ADECUADA, la presentación de certificación de voto ó en su caso la acreditación de la mesa electoral correspondiente
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