Una mujer sale corriendo del hipermercado Eroski perseguida por un vigilante, quien sospecha que se ha llevado productos sin pagar. El conductor que la esperaba pone en marcha el vehículo y ella salta a la parte de atrás, logrando llegar el perseguidor, quien trata de abrir la puerta, pero acelera el turismo y esta persona es arrastrada, pasándole una rueda por encima de una pierna.
La acción le costará año y medio de prisión más 17.200 euros por la indemnización, más los intereses.
Los hechos probados son los siguientes:
“El 31 de mayo de 2011, sobre las 19:45 horas, el acusado, con antecedentes penales susceptibles de cancelación, se encontraba en el parking del Centro Comercial Eroski de Cartagena, a los mandos del asiento del copiloto y esperando a la pareja de éste. Esta mujer abandonó las instalaciones comerciales a la carrera, siendo perseguida por el vigilante de seguridad del centro y una auxiliar de servicio, al sospechar de un posible hurto. Cuando la mujer estaba próxima al vehículo del acusado, éste lo puso en marcha y comenzó a abandonar el aparcamiento,lanzándose ella dentro de la parte trasera. El vigilante, en su afán por comprobar la existencia de un posible ilícito penal, intentó abrir la puerta del vehículo llegando a introducir su brazo por la ventanilla del copiloto, lo que fue percibido por el conductor. Para evitar ser interceptados y descubiertos, el acusado, asumiendo el riesgo existente para la integridad física del vigilante de ser atropellado, emprendió la marcha velozmente acelerando de forma brusca y arrastrando a aquel varios metros, hasta que finalmente cayó al suelo y le pasó por encima con su rueda trasera derecha. Como consecuencia de los hechos, el vigilante sufrió graves lesiones, consistentes en aplastamiento de brazo y pierna derecha, hematoma y erosiones varias, precisando tratamiento médico y rehabilitador, con 204 días de curación, 102 impeditivos, presentando secuelas”.
El juzgado de Lo Penal número 3 de Cartagena condenó por un delito de lesiones fisicas al conductor a dos años de cárcel más 17.200 euros e intereses como indemnización. El fallo judicial fue recurrido ante la sección quinta de la Audiencia Provincial, cuyo magistrado ponente, José Manuel Nicolás Manzanares, considera que la pena de cárcel debe reducirse medio año porque el turismo fue utilizado para huir y no para cometer las lesiones.
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