El nuevo proyecto de ley de Seguridad Privada ya está camino del Congreso de los Diputados para su tramitación parlamentaria, después de que el Consejo de Ministros le diera el visto bueno este viernes. Se trata de una ley que pone al día la norma de 1992, y que afecta a un sector en pleno auge en España, del que forman parte 1.490 empresas, con 85.000 trabajadores y una facturación de 3.215 millones de euros en 2012.
España es uno de los Estados miembros de la Unión Europea con más policías por habitante (516 agentes por cada 100.000 habitantes, frente a los 385 de media de la Unión Europea). Sin embargo, el número de vigilantes privados se sitúa en 195 por cada 100.000 habitantes, 76 menos que la media de la Unión Europea. El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, ha justificado la nueva ley porque la anterior, 21 años después de su aprobación, ha quedado ampliamente superada por la realidad y ha puesto de manifiesto sus insuficiencias y lagunas. Estas son las claves del proyecto de ley de Seguridad Privada:
1. El nuevo texto define la seguridad privada como complementaria, subordinada, colaboradora y controlada por la seguridad pública.
2. A partir de ahora, la ley recoge el deber de comunicar los contratos al Registro Nacional de Seguridad Privada, sin que dicha comunicación incluya datos de carácter personal.
3. Se refuerza el deber de reserva profesional de los detectives, que solo podrán informar de sus investigaciones a sus clientes o a los órganos judiciales y policiales en el ejercicio de sus funciones.
4.Los detectives tendrás nuevas obligaciones que consisten en documentar los encargos en un contrato escrito, y además de libro-registro que ya llevan, tendrán que elaborar un informe permanentemente actualizado, en el que conste el cliente, el encargo, los medios utilizados y los resultados obtenidos.
5.Liberalización de la consultoría de seguridad. Si antes era necesaria la elaboración de análisis de riesgos, informes, planes y auditorías de sistemas de seguridad, todas ellas, actividades de seguridad privada que requerían autorización, a partir de ahora se sustituyen determinadas autorizaciones previas para el ejercicio de ciertas actividades por declaraciones responsables, sin perjuicio de la facultad de comprobación administrativa.
6. Los servicios que no podrán realizar las empresas de seguridad privada son los de investigación privada, reservados a las agencias de detectives.
7. La nueva ley incluye la prohibición de usar servicios materiales o técnicos «que atenten contra el derecho a la intimidad, la imagen o el secreto de las comunicaciones».
8. Los informes deberán conservarse archivados cinco años y las imágenes se destruirán un año después de su finalización salvo que estén inmersas en una investigación judicial.
9. El sector podrá llevar a cabo labores de vigilancia exterior de las cárceles, de los Centros de Internamiento de Extranjeros y de otros edificios e instalaciones de organismos públicos bajo supervisión de las fuerzas de seguridad.
10. Una vez aprobada la ley, los investigadores privados tendrán que contar con la titulación de grado en esa especialidad y tendrán que acceder a la profesión mediante una formación reglada propuesta por el Ministerio de Educación, frente al actual sistema que regula ese acceso a través de unas normas que fija el Ministerio del Interior.
FUENTE: abc.es AQUÍ
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