Se elimina la corrección por inflación de las pluvalías generadas por la venta de una casa.
El tipo nominal del impuesto sobre sociedades bajará del 30% al 28% a partir de enero.
El tipo nominal del impuesto sobre sociedades bajará del 30% al 28% a partir de enero.
Luz verde definitiva a la reforma fiscal. El Congreso aprobó ayer los proyectos de ley que modifican el IRPF, el impuesto sobre sociedades y el IVA. El Gobierno estima que la medida generará un ahorro fiscal de 9.000 millones de euros en los próximos dos años. La reducción fiscal se aprueba después de sucesivos incrementos impositivos durante la primera parte de la legislatura. Estos son los principales cambios:
El sueldo neto subirá a partir de enero El buque insignia de la reforma fiscal es la rebaja de tipos y tramos en el impuesto sobre la renta de las personas físicas. El gravamen máximo bajará del 52% al 47% el próximo año y el mínimo pasará del 24,75% al 20%. También se elevan los mínimos personales y las exenciones por hijos. En la práctica, todos los asalariados verán como su sueldo neto aumenta a partir de enero respecto a este año. Un contribuyente que gana 32.000 euros pagará 264 euros menos el próximo año. Sin embargo, su factura fiscal todavía será superior a la del ejercicio 2011, cuando Mariano Rajoy accedió a la Presidencia. Ello cambiará a partir de 2016, cuando entrará en vigor la segunda fase de la reforma y los tipos impositivos volverán a bajar
El gravamen máximo bajará del 52% al 47% el próximo año y el mínimo pasará del 24,75% al 20% El Gobierno defiende que los grandes beneficiarios de la reforma son, en términos relativos, los contribuyentes con menor renta. Por ejemplo, un asalariado con un sueldo de 15.000 euros pagará el próximo año 1.206,4 euros frente a los 1.485,1 euros actuales. Un descenso del 18,8%. Para otro asalariado que gane 60.000 euros el año, la rebaja fiscal en términos nominales será mayor al pasar de 16.421,6 euros a 15.886,5 euros. Aunque, porcentualmente, la reducción supone un 3,3% y, por lo tanto, es inferior a la registrada para rentas bajas. En este simulador elaborado por Cinco Días puede calcular el efecto de la reforma sobre su sueldo.
Rebaja de tipos sobre el ahorro El IRPF es un impuesto dual, donde el tratamiento que reciben los rendimientos del trabajo (salarios) es distinto de los rendimientos del ahorro. Los tipos impositivos que gravan los intereses de un depósito o las plusvalías por la venta de acciones o vivienda también se rebajan. Actualmente, los primeros 6.000 euros tributan al 21%, entre 6.000 euros y 24.000 euros aplican un 25% y, por encima de ese nivel, se grava al 27%. A partir del próximo año, los primeros 6.000 euros irán al 20%, entre 6.000 y 50.000 euros tributarán al 22% y, todo lo que quede por encima, sufrirá un porcentaje del 24%. Los tipos en 2016 volverán a reducirse hasta el 19%, 21% y 23%, respectivamente.
Malas noticias para el alquiler y la venta de vivienda El trato fiscal que reciben las ganancias derivadas de vender una casa variará, y a peor, a partir de enero. La redacción inicial de la reforma fiscal contemplaba la supresión de los coeficientes de abatimiento, que permiten rebajar la factura fiscal por la venta de casas adquiridas antes de 1994, y de los coeficientes de actualización, que corrigen la plusvalía por el efecto de la inflación. El trámite del Senado ha servido para que el Gobierno reformulara su propuesta y mantuviera los coeficientes de abatimiento, cuya aplicación tendrá un límite global de 400.000 euros por transmisiones realizadas a partir de 2015. En cambio, la rectificación no ha llegado a los coeficientes de actualización, lo que significa que ya no se tendrá en cuenta que un euro hoy no vale lo mismo que hace diez años.
Por ejemplo, para un contribuyente que compró una vivienda por 230.000 euros en el año 2001 y ahora pretende venderla por 300.000 euros, la desaparición de los coeficientes de actualización implica pagar 11.000 euros adicionales si la operación se cierra en 2015 en lugar de 2014. Sin embargo, la ley mantiene una exención por venta de vivienda de los mayores de 65 años, beneficio que rige para todos los contribuyentes siempre y cuando transfieran su casa habitual y la ganancia sea destinada a adquirir otra vivienda. Respecto al alquiler, uno de los cambios más relevantes es que en 2015 desaparece la deducción por arrendamiento de vivienda habitual que podían aplicarse los contribuyentes con rentas inferiores a 24.107 euros.
Por ejemplo, para un contribuyente que compró una vivienda por 230.000 euros en el año 2001 y ahora pretende venderla por 300.000 euros, la desaparición de los coeficientes de actualización implica pagar 11.000 euros adicionales si la operación se cierra en 2015 en lugar de 2014. Sin embargo, la ley mantiene una exención por venta de vivienda de los mayores de 65 años, beneficio que rige para todos los contribuyentes siempre y cuando transfieran su casa habitual y la ganancia sea destinada a adquirir otra vivienda. Respecto al alquiler, uno de los cambios más relevantes es que en 2015 desaparece la deducción por arrendamiento de vivienda habitual que podían aplicarse los contribuyentes con rentas inferiores a 24.107 euros.
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