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2 de noviembre de 2015

OVIEDO: Los vigilantes de seguridad llevan al alcalde de Laviana a los tribunales por la feria del stock

El colectivo profesional Avispa acusa a Adrián Barbón y a los organizadores de contratar personal sin titulación La Asociación de Vigilantes de Seguridad Privada de Asturias (Avispa) interpondrá una denuncia contra el alcalde de Laviana y contra la Asociación de Autónomos de Laviana y la empresa Chapó por la contratación de vigilantes no titulados para los eventos Food Truck y La carpa de los Chollos. Avispa les acusa de cometer una infracción muy grave de la Ley 5/2014, de Seguridad Privada, el reglamento que la desarrolla y la Ley 8/2002, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas del Principado de Asturias y el resto de normativa reguladora en vigor para la prestación de servicios de seguridad privada.

El colectivo profesional explica que la madrugada del sábado la Guardia Civil identificó, a raíz de una denuncia de Avispa, a varias personas que estaban ejerciendo funciones de vigilancia y seguridad ilegalmente, sin la habilitación administrativa exigible ni la capacitación y formación como Vigilante de Seguridad obligatoria para prestar dicha actividad. De la misma manera, asegura que los trabajadores tampoco contaban con la autorización administrativa de la Delegación del Gobierno.

Integrantes de la asociación de vigilantes observaron a una serie de personas que estaban vigilando el interior y exterior de la carpa instalada en la plaza de Ayuntamiento. Ante esta situación, solicitaron "la presencia de una patrulla de la Guardia Civil para que verificara los hechos descritos y procediese a la identificación de los individuos que desarrollaban sus funciones de manera ilegal, el paso previo a la interposición de la correspondiente denuncia por intrusismo profesional y usurpación de funciones".

Avispa recuerda que "el ejercicio de las mencionadas funciones, especialmente en horario nocturno y en el interior de los establecimientos, corresponde en exclusiva a las empresas y personal de seguridad privada para la prevención de hechos delictivos y compete únicamente a dicho personal". Apunta además que "el ejercicio de funciones de seguridad privada para terceros, sin la requerida habilitación o acreditación necesaria, supone una infracción muy grave, cuya comisión puede suponer multas de 6.001 a 30.000 euros, independientemente de las responsabilidades civiles o penales".

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