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13 de diciembre de 2013

Aproser dice que la ley respeta escrupulosamente los derechos de los ciudadanos

La Asociación Profesional de Compañías Privadas de Servicios de Seguridad (Aproser) considera que el proyecto de Ley de Seguridad Privada "respeta escrupulosamente los derechos y libertades de los ciudadanos", y supone "actualizaciones lógicas" que "en algunos casos ya eran prácticas habituales". En un comunicado, la asociación que agrupa a las grandes empresas de la seguridad privada se refiere así al proyecto de ley aprobado ayer por la Comisión de Interior del Congreso, que prevé la posibilidad de que los vigilantes privados puedan, con la autorización pertinente, identificar y detener en la vía pública.

El Ministerio del Interior detalló que los vigilantes sólo podrán detener en la vía pública a quien cometa un delito en su ámbito de protección y deberán ponerlo a disposición de las fuerzas de seguridad del Estado. Aproser considera que estas funciones que se atribuyen a los vigilantes de seguridad "no hacen sino reproducir las atribuciones de los profesionales del sector recogidas en la normativa vigente, sin que ello signifique en modo alguno una posible afectación a los derechos y libertades de los ciudadanos".

"En ningún caso esta nueva ley permite la detención arbitraria de de ciudadanos por parte de los vigilantes de seguridad", añade. En su opinión, el proyecto de ley contiene "simples actualizaciones lógicas del ámbito de actuación de la seguridad privada, que en algunos casos ya eran prácticas habituales, que ahondan en lo que en los últimos años ha significado la paulatina participación de la seguridad privada" en determinados servicios. Entre estos servicios cita "el acceso a instalaciones militares, la protección personal de miembros de fuerzas políticas sujetas a amenazas o la prestación de servicios contra la piratería marítima".

Detalla que el artículo 32 del proyecto de ley "no a alude sino a la posibilidad de detención a los delincuentes y su puesta a disposición inmediata a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, siempre en directa vinculación con el objeto de su protección o de su actuación". En cuanto al artículo 41.1, que alude a la posibilidad excepcional de que los vigilantes puedan perseguir a delincuentes sorprendidos en flagrante delito "aun cuando no guarden relación con las personas o bienes objeto de su vigilancia o protección", Aproser cree que es "una garantía adicional e importante para la seguridad de todos los ciudadanos". "Algo que, por otra parte, es una facultad lógica que la ley ya atribuía desde hacer años a cualquier ciudadano", matiza.

También considera que desde el inicio de la tramitación de la ley no ha habido "variaciones sustanciales" en cuanto a la posibilidad de que haya vigilantes en zonas comerciales peatonales o en otros espacios públicos "en los que exista una autorización expresa para la prestación". En su opinión, esto "no es sino incorporar al marco normativo español las prácticas exitosas y en beneficio de la seguridad de los ciudadanos que se vienen desempeñando con plena normalidad en otros países de nuestro entorno".

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