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7 de noviembre de 2019

Circular de SPV a todos los trabajadores de Securitas con motivo de las Elecciones Generales del 10N


A todos los trabajadores de Securitas Seguridad España S.A.

Nos vemos en la obligación de emitir esta circular con carácter de urgencia para denunciar públicamente que ciertos jefes de servicios, a través de artimañas y trampas impropias de esta gran compañía, están intentando regatear los derechos que vienen contemplados por ley para favorecer la participación de las personas trabajadoras en las Elecciones Generales del próximo 10 de noviembre de 2019.

Como ampliamente se ha informado, aquellos trabajadores en los que su jornada laboral coincida total o parcialmente con el horario de votaciones pueden acogerse a los siguientes supuestos 

-En el caso de que la jornada laboral coincida con el horario de apertura de los colegios electorales (de 09.00 a 20.00 horas) se establece el derecho a permiso retribuido de cuatro horas si la coincidencia es superior a seis horas; de tres si la coincidencia es de cuatro a seis horas y de dos si es de dos a cuatro horas. Este derecho no se fija para los casos en los que las jornadas laboral y electoral coincidan en menos de dos horas. 


-Asimismo, las personas que acrediten su condición de Presidente o Presidenta, Vocal o Interventor o Interventora de Mesa Electoral, si el día de la votación fuera laboral para las mismas, tendrán derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si no disfrutan dicho día de descanso. En todo caso, tendrán derecho a una reducción de cinco horas en su jornada de trabajo del día 11 de noviembre de 2019, siempre que justifiquen su actuación como tales. Igualmente, si alguna de las personas hubiera de trabajar en turno de noche en la fecha inmediatamente anterior al día de la votación, tendrán que cambiarle el turno con el fin de que pueda descansar esa noche. 

Ponemos en preaviso a los trabajadores de Securitas Seguridad España S.A. porque en estos días ya se ha producido algún que otra incidencia que vulnera lo dispuesto en la legislación vigente para estas ocasiones, hechos graves que en el mejor de los casos supone un desconocimiento de la norma que regula la participación de los trabajadores en los procesos electorales, y en el peor de los casos incurre en un menoscabo de unos de los derechos más elementales de nuestro país. 

Desde SPV se recomendamos que, en el supuesto caso que os encontréis con trabas a la hora de hacer uso de los permisos retribuidos contemplados por ley para la jornada electoral del 10N, os pongáis en contacto con la representación sindical que consideréis más oportuna, para que vuestro caso pueda ser subsanado, o de ponerlo en conocimiento de las instancias oficiales pertinentes, si finalmente no se os han facilitado vuestros derechos.

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