FUENTE: Sección Sindical CC.OO VINSA Madrid AQUÍ El Juzgado de lo Social Nº 6 de Sevilla en su sentencia de 13 de Febrero de 2014, ha condenado por Vulneración del Derecho Fundamental a la Libertad Sindical, al Comité de Seguridad y Salud de la Empresa Prosegur Sevilla.
La magistrada fundamenta su decisión en la negativa de los miembros del Comité de Seguridad y Salud a entregar la documentación sobre actividades preventivas al delegado sindical de CCOO en la mencionada empresa, información a la que tiene derecho en aplicación de el Art. 28.1 de la Constitución Española y Art. 10.3.1 de la Ley Orgánica de Libertad Sindical . Por otra parte la sentencia exime de responsabilidad a la empresa.
Conviene recordar que el Comité de Seguridad y Salud está formado a partes iguales por personas designadas por el empresario y representantes de los trabajadores, que es lo mismo que decir que los propios representantes han vulnerado la Libertad Sindical que les ampara.
Ver la Sentencia AQUÍ
Conviene recordar que el Comité de Seguridad y Salud está formado a partes iguales por personas designadas por el empresario y representantes de los trabajadores, que es lo mismo que decir que los propios representantes han vulnerado la Libertad Sindical que les ampara.
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