El hombre esperaba en el aparcamiento de un centro comercial de Cartagena cuando su pareja lo abandonaba a la carrera, perseguida por el guardia, momento en el que el vehículo se puso en marcha atropellándolo
La Audiencia Provincial de Murcia rebajó de dos años de prisión a un año y medio la pena que deberá cumplir un hombre que arrolló con su coche al vigilante de un supermercado de Cartagena cuando éste trataba de evitar la consumación de un robo en el establecimiento.
La sentencia indica que el Juzgado de lo Penal de Cartagena declaró probado que el incidente se produjo el 31 de mayo de 2011, cuando el acusado se encontraba en el aparcamiento del centro comercial esperando a su pareja. Esta abandonó el local a la carrera, perseguida por el vigilante de seguridad, que sospechaba que acababa de cometer un hurto, encontrándose con que el acusado puso en marcha el vehículo, «acelerando de forma brusca y arrastrándolo varios metros, hasta que, finalmente, cayó al suelo y le pasó por encima con su rueda trasera derecha». El Juzgado lo condenó a dos años de cárcel al considerarlo autor de un delito de lesiones agravadas, así como al pago de una indemnización de 17.200 euros al lesionado.
La Audiencia Provincial de Murcia rebajó de dos años de prisión a un año y medio la pena que deberá cumplir un hombre que arrolló con su coche al vigilante de un supermercado de Cartagena cuando éste trataba de evitar la consumación de un robo en el establecimiento.
La sentencia indica que el Juzgado de lo Penal de Cartagena declaró probado que el incidente se produjo el 31 de mayo de 2011, cuando el acusado se encontraba en el aparcamiento del centro comercial esperando a su pareja. Esta abandonó el local a la carrera, perseguida por el vigilante de seguridad, que sospechaba que acababa de cometer un hurto, encontrándose con que el acusado puso en marcha el vehículo, «acelerando de forma brusca y arrastrándolo varios metros, hasta que, finalmente, cayó al suelo y le pasó por encima con su rueda trasera derecha». El Juzgado lo condenó a dos años de cárcel al considerarlo autor de un delito de lesiones agravadas, así como al pago de una indemnización de 17.200 euros al lesionado.
Asimismo, la Audiencia acordó rebajar la pena de cárcel a un año y medio al considerar que el coche no fue utilizado como instrumento para la comisión del delito, sino que el acusado lo empleó «para marcharse del lugar, para huir». La sentencia es firme, ya que, como se indica en la misma, contra ella no cabe recurso alguno.
FUENTE. laverdad.es AQUÍ
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