No todo iban a ser malas noticias para los trabajadores. La sentencia de 30/9/2010 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dispone que el padre podrá disfrutar el permiso de lactancia si la madre no trabaja. Hasta ahora el permiso de lactancia lo podía disfrutar el padre sólo si la madre también trabajaba y voluntariamente se lo cedía. Concretamente el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores dice: "Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen."
Que nadie dude de que esta sentencia ya es directamente aplicable tanto a empleados de empresas privadas como a empleados públicos, diga lo que diga la empresa, la asesoría, el convenio, el contrato o el testamento de Chanquete. Si tu empresa lo duda, ya se lo explicará el juez. Por supuesto, el padre será quien elija disfrutar el permiso "normal" (una hora al día) o acumulado en días libres si lo permite el convenio.
Extracto textual de esta sentencia "histórica":
"La evolución normativa nacional y su interpretación jurisprudencial ha desvinculado del hecho biológico la lactancia natural, configurándose actualmente como un mero tiempo de cuidado a favor del hijo que tanto el padre como la madre pueden asumir y como una medida conciliadora de la vida familiar y laboral tras el disfrute del permiso de maternidad. El permiso se concede por tanto a los trabajadores y trabajadoras por su condición de progenitores, por lo que considerar que solo la madre que tenga la condición de trabajadora por cuenta ajena es titular del derecho a disfrutar del permiso controvertido, en tanto que el padre que tenga la misma condición únicamente podría disfrutar de ese derecho, sin ser titular, puede contribuir a perpetuar un reparto tradicional de funciones entre el hombre y la mujer al mantener a los hombres en una función subsidiaria de las mujeres respecto al ejercicio de su función parental."
No queremos dejar pasar la ocasión de recordar que las dos únicas mejoras claras en los dos últimos años de los derechos palpables de los trabajadores en España han venido de la mano de sentencias del Tribunal Europeo, no del Gobierno ni del Parlamento. Una es ésta y la otra la de no perder nunca las vacaciones que coincidan con una baja.
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