Las empresas de seguridad suelen someterse a los caprichos de ciertos clientes que, ante cualquier incidente que ocurra en el servicio (sea o no sea achacable al vigilante de seguridad de turno) reclaman que se tomen medidas correctivas contra el trabajador. Esta presión acaba derivando en la apertura de un expediente de sanción al compañero, que en la mayoría de las ocasiones estaba en su sitio y no era responsable del hecho que se le imputa. Un alto porcentaje de las sanciones impuestas son de cara a la galería, para demostrar al cliente que han tomado medidas, son carentes de pruebas feacientes y, en algunas ocasiones hasta son ficticias.
El pasado 1 de octubre de 2012 acudimos a los juzgados acompañando, para la celebración de juicio, a un compañero de Segurisa destinado en Renfe, al que se le había sancionado con un día de empleo y sueldo por una incidencia en su servicio. Dicha sanción se le había impuesto por la empresa injustamente, y su finalidad era quedar bien con el cliente, como es costumbre desafortunadamente en muchos servicios. No importa que el que “pague el pato” sea el vigilante de seguridad y que se ponga en entredicho su profesionalidad. En esta ocasión, y asistidos por nuestra asesoría legal que tan buen trabajo realiza, la empresa se avino a dejar sin efecto la sanción y abonar las cantidades dejadas de percibir. Accede a la página SPV en Segurisa para ver el acuerdo alcanzado
Desde SPV seguimos insistiendo a que recurras e impugnes cualquier tipo de sanción que te intente poner tu empresa, pues como hemos comentado, muchas de ellas carecen de motivo o no están suficientemente probados los hechos. En cualquier caso, hay que recurrir la sanción siempre, porque la carga de la prueba la tiene que poner la empresa, y su acusación tiene que tener fundamento.
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