La Sala interpreta el acuerdo como un
pacto mixto de descuelgue y modificación
de las condiciones laborales.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha anulado el acuerdo laboral que Seguridad Integral Canaria suscribió con el comité de empresa Centros Varios, en la provincia de Las Palmas, el 14 de marzo de 2012 y que se pretendía aplicar en las delegaciones de la entidad en el resto del Archipiélago y de la Península. El fallo del Alto Tribunal canario defiende que el acuerdo negociado presenta "vicios e irregularidades", lo que obliga a su suspensión. La empresa propiedad de Miguel Ángel Ramírez ya ha anunciado que recurrirá la decisión al Tribunal Supremo.
La sentencia, que fue notificada ayer a las partes, tiene su origen en la demanda que interpusieron la Federación de Trabajadores de Seguridad Privada (USO) y FES - UGT Canarias contra Seguridad Integral Canaria, Comisiones Obreras y la Plataforma Independiente de Trabajadores por la firma de un nuevo marco laboral hace un año. Las condiciones del pacto consistían en un descuelgue del convenio colectivo del sector por causas económicas. Según recoge el fallo, Seguridad Integral Canaria, inició la negociación porque de no variar las condiciones podría entrar en pérdidas al final del ejercicio económico de 2013.
Por ello, la empresa mantuvo varias reuniones con siete miembros del comité de empresa de Centros Varios y se llegó a un acuerdo para establecer la jornada de trabajo en 184 horas mensuales, mantener las tablas salariales de 2011, introducir una modificación de la estructura del salario base -que se convertiría en un 15% denominado complemento de productividad y que solo se cobraría si se trabajasen esas 184 horas- y eliminar los pluses de nocturnidad, festivos, Nochebuena y Fin de Año, entre otras. La firma del acuerdo, sin embargo, llevó a una disputa entre los sindicatos que tienen representación en la empresa de seguridad, lo que en última instancia desembocó en una demanda de conflicto colectivo en contra del acuerdo.
A este se le otorgó "valor de convenio de empresa" y se destinó a aplicarse "a todo el personal de la empresa [...] que presté servicios en el ámbito territorial de la provincia de Las Palmas, así como a todos los trabajadores del resto del territorio nacional que no dispongan de representantes de los trabajadores". Los magistrados, tras desestimar los argumentos de Seguridad Integral Canaria, entienden que no se puede tratar el acuerdo como un convenio de empresa porque los siete miembros del comité de Centros Varios no tienen legitimidad para negociarlo, ni para la provincia de Las Palmas ni para el resto de centro de trabajo.
Por otro lado, visto desde la óptica de un pacto mixto de descuelgue y modificación sustancial de las condiciones de trabajo para los empleados de Las Palmas, los jueces argumentan que "se han dado vicios e irregularidades de tal calado que debe concluirse que no ha existido una negociación en los términos legalmente exigidos". En la actualidad, se negocia nuevo un marco laboral mientras que desde Seguridad Integral aseguran que los técnicos tratan de "corregir las deficiencias" señaladas.
FUENTE: laprovincia.es AQUÍ
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