A mitades de Enero se nos remitió desde la Unidad Central de Seguridad Privada un proyecto del Ministerio del Interior que propone modificar el Real Decreto 524/2002, de 14 de junio, por el que se garantiza la prestación de servicios esenciales en el ámbito de la seguridad privada en situaciones de huelga. Este borrador pretende ampliar los servicios catalogados como esenciales y de interés general para la comunidad realizados con personal de seguridad privada, incluyéndose en este apartado tribunales, juzgados, infraestructuras críticas, hospitales y otras dependencias de la administración.
Con estas nuevas medidas propuestas por el Gobierno, que reconoce que el personal de seguridad privada que realicen sus funciones en las instalaciones antes citadas está prestado un servicio público o de reconocida e inaplazable necesidad, serán muy pocos los vigilantes de seguridad que queden fuera de la imposición de servicios mínimos ante una convocatoria de huelga.
La nueva reforma legislativa, refuerza la opinión general de los trabajadores del sector que reivindican la necesidad de que se dote del carácter de agente de la autoridad a los vigilantes de seguridad en el ejercicio de su cargo y en el desempeño propio de sus funciones, con el objeto de otorgarles una mayor cobertura y protección en consonancia con el desempeño que se les pide realizar, ya que en muchas ocasiones realizan y comparten cometidos y responsabilidades similares y conjuntas con las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado.
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